El instructor del caso Koldo en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha anunciado que ya cuenta con un informe pericial que descarta cualquier manipulación en las conversaciones grabadas por el ex asesor ministerial Koldo García que incriminan a los dos, tanto al propio Koldo como al ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán en una presunta trama de cobro de comisiones a cambio de obra pública.
Así lo ha aclarado el magistrado en la resolución donde ha acordado mantener en prisión provisional a Cerdán. En su resolución, Puente rebate cada uno de los argumentos sacados por la defensa de Cerdán para salir de Soto del Real, cárcel madrileña en la que lleva desde el pasado 30 de junio por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.
El instructor ha recordado que en dichos audios, que cuentan con "sucesivas conversaciones con otros investigados en esta causa, el propio Cerdán vendría a reconocer de forma ciertamente explícita no solo el cobro de comisiones vinculadas a la adjudicación de determinadas obras públicas". Y que, a pesar de lo que la defensa mantiene, asegurando "que los archivos de audio no se corresponderían con ninguna conversación real", este particular "también parece quedar desvirtuado por el contenido del informe pericial efectuado y aportado a la causa recientemente".
Más adelante indica que, en efecto, en las conclusiones del informe puede verse que "no se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos" en relación con los audios que han sido objeto de estudio. De todas formas, subraya que "no son los referidos archivos de audio los únicos indicios" contra Cerdán, haciendo referencia a los chats de WhatsApp y al contrato privado por el que el ex 'número tres' del PSOE se quedó con el 45% de una empresa, Servinabar, que se benefició de la adjudicación de obra pública.
Mantiene la prisión provisional por riesgo de destrucción de pruebas
Para Puente, ahora no es el momento más adecuado para acordar la excarcelación porque el riesgo que apreció al principio de que destruya pruebas o manipule testigos no se ha ido. "Las investigaciones acerca de la precisa situación patrimonial de Cerdán no han concluido" y resulta necesario "profundizar en los eventuales vínculos económicos que pudieran existir entre Servinabar 2000", el ex secretario de Organización del PSOE o "su círculo personal próximo, lo que comporta llevar a cabo complejos análisis documentales que, en cierta medida, podrían ocultarse o alterarse todavía", mantiene.
"En el esclarecimiento de estos hechos se trabaja arduamente y avanza la investigación en las indicadas direcciones. Pero aún no ha concluido, siquiera en sus aspectos esenciales", especifica. Por eso, y de acuerdo con la Fiscalía y la acusación popular, el juez instructor subraya que no ha lugar ahora modificar esa situación, por lo que decide desestimar el escrito de Cerdán, del pasado 8 de septiembre, en el que solicitaba su puesta en libertad inmediata.
Puente señala además que la prisión provisional de Santos Cerdán se decretó en esta causa el pasado día 30 de junio, por lo que el plazo que opera como límite legal máximo de duración de la medida cautelar (6 meses) no ha finalizado, ni siquiera ha alcanzado su mitad.
Cerdán ha pedido en dos ocasiones su salida de prisión. Primero, mediante un recurso contra la decisión de juez y, después, con sendos escritos que los abogados pasaron al Supremo cuando llevaba 70 días en la cárcel. La Fiscalía Anticorrupción negó su puesta en libertad al creer que la segunda petición se realizó "sin que se haya producido ningún hecho relevante en la instrucción" y sin aportar ningún argumento nuevo que "incidan en el fundamento de la medida acordada".