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La Audiencia Nacional rechaza el recurso de Abogados Cristianos para parar las exhumaciones en Cuelgamuros

Helicóptero saliendo del Valle de los Caídos
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Helicóptero saliendo del Valle de los Caídos (Foto: EFE/J.J. Guillén POOL)
lunes 29 de enero de 2024, 20:03h

El Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo 11 de la Audiencia Nacional no ha admitido el recurso presentado por la nieta de una mujer enterrada en el Valle de Cuelgamuros, antes Valle de los Caídos, contra las labores de exhumación que se están llevando a cabo en este enclave por Patrimonio Nacional.

El recurso había sido presentado por la familia de una de las 200 mujeres enterradas en la basílica y estaba representada por la asociación Abogados Cristianos, que aseguraba que los trabajos de exhumación que se llevan a cabo vulneran el derecho fundamental a la libertad religiosa, ya que están removiendo cadáveres sin autorización de sus familiares.

Este lunes, el magistrado ha llegado a esta decisión al considerar que está acreditado que los trabajos de exhumación se están efectuando en un lugar diferente al que se encuentra enterrada la abuela de la recurrente y que, en contra de lo que han alegado, esos trabajos no se están realizando en vía de hecho, puesto que hubo actuaciones previas por esos trabajos.

Además, el juez ha explicado que de la documentación aportada se advierte que hay un conjunto de actuaciones judiciales, normativas y administrativas previas que dan su soporte y que eran conocidas por la recurrente y de las cuales, incide, omitió informar al órgano judicial.

"En este caso, basta una lectura del escrito presentado por la recurrente previamente en vía administrativa para comprobar que, si bien ahora califica de vía de hecho la actuación impugnada, lo que entonces interesó fue la 'nulidad y subsidiaria anulabilidad' de las exhumaciones", comenta.

La Audiencia Nacional levantó la suspensión cautelar

El juez ha recordado que ese escrito ha dado lugar a "respuesta expresa a su solicitud mediante la comunicación de 8 de noviembre de 2023 de la Gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional". Para la Audiencia Nacional, de esto se llega a la conclusión de que la nieta al defender su caso en sede judicial no actuó de buena fe porque la recurrente "ni siquiera consideró en su primera actuación ante la Administración (...) que existiera vía de hecho". Por ello, ha declarado inadmisible este recurso que se había tramitado como procedimiento para la protección de derechos fundamentales.

Hay que recordar que el pasado diciembre la Audiencia Nacional había levantado la suspensión cautelar de las exhumaciones que se estaban llevando a cabo por parte de Patrimonio Nacional en el Valle de Cuelgamuros después de que la Abogacía del Estado presentara alegaciones asegurando que la abuela de la persona que solicitó parar los trabajos por protección del derecho fundamental a la libertad religiosa no fue inhumada en la capilla donde están ahora trabajando los forenses.

En sus alegaciones, la Abogacía del Estado señalaba concretamente que los restos de la mujer enterrada en el mausoleo, y cuya nieta impulsó el recurso que había parado los trabajos cautelarmente, no se encuentran en la Capilla del Sepulcro, que es donde se están haciendo las exhumaciones, sino en la Capilla del Pilar y, por tanto, "no puede verse afectada".

Remarcaba así que la recurrente no tenía legitimación para recurrir porque "el interés que se invoca es meramente hipotético" y expresaba que "los perjuicios que de manera absolutamente genérica invoca la recurrente son inexistentes pues (...) los restos de la abuela de la recurrente están plenamente identificados y localizados y no son objeto de las actuaciones".

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