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El Constitucional admite a trámite los recursos de PP y Vox contra la nueva ley del aborto y la ley trans

Tribunal Constitucional
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Tribunal Constitucional (Foto: Tribunal Constitucional)
Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
martes 20 de junio de 2023, 13:39h

El pasado mes de febrero el Congreso dio la luz verde definitiva a la reforma de la ley del aborto y a la ley trans después de muchos meses de negociaciones.

Entre las novedades más destacables, la reforma del aborto recoge que las menores de 16 y 17 años pueden abortar sin el consentimiento de los progenitores.

Y sobre la ley trans, la libre autodeterminación de género fue de las cuestiones que más controversia generó.

Precisamente este mismo año el Tribunal Constitucional resolvió, después de una década, la constitucionalidad de la ley de 2010 tras el recurso que presentó en su momento el PP.

Pero ahora el Pleno del TC ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Vox en el Congreso de los Diputados contra diversos preceptos de la Ley 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

Los recurrentes sostienen que la norma impugnada podría vulnerar diversos preceptos constitucionales, entre otros, el principio de libertad y pluralidad (1.1 CE), el de legalidad (9.3 CE), el derecho a la igualdad (14 CE), el derecho a la vida (15 CE) o el derecho a la libertad ideológica (16.1 CE).

Admitido el recurso del PP contra la 'ley trans'

Por otro lado, el Pleno también ha acordado la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso contra los artículos 19.2; 43, apartados 1 y 2; 44, apartados 3 y 9; 47, primer párrafo y 79, apartados 3 b), 4 e) y 4 f) de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Los demandantes alegan que los artículos citados podrían lesionar, entre otros, el art. 9.3 CE (principio de seguridad jurídica), el art. 10.1 CE (libre desarrollo de la personalidad) en relación con el 15 CE (derecho a la integridad física), el art. 14 (derecho a la igualdad) o el
art. 39.4 CE (protección de la infancia prevista en los acuerdos internacionales sobre la materia).

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