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El Supremo ordena repetir el juicio del 1-O por falta de imparcialidad

El Supremo ordena repetir el juicio del 1-O por falta de imparcialidad
(Foto: EP)
martes 15 de noviembre de 2022, 19:15h

El Tribunal Supremo (TS) ha ordenado repetir el juicio del 1-O y anuló la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que condenó a los 4 ex miembros de la Mesa del Parlament de Junts pel Sí Anna Simó, Lluis María Corominas, Ramona Barrufet y Lluis Guinó por un delito de desobediencia al permitir la tramitación de las leyes del 'procés', ante la falta de imparcialidad de los 2 magistrados que les condenaron.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que anula la resolución anterior que condenó a los parlamentarios catalanes a 20 meses de inhabilitación y a pagar una multa de 30.000 euros por un delito de desobediencia, al desoír los requerimientos del Tribunal Constitucional para que impidiesen la tramitación de las llamadas "leyes de desconexión".

Para el Supremo se vulneró el derecho a un tribunal imparcial de los acusados, debido a que 2 de los magistrados que integraron el tribunal habían exteriorizado ya en autos previos una toma de postura explícita acerca de cuestiones que constituyeron después objeto esencial del juicio por un delito de desobediencia por el 1-O.

Además, eran 2 de 3 magistrados quienes habían exteriorizado sus posturas antes de dictar sentencia, quedando vulnerado el principio de imparcialidad, por lo que ordenó repetir el juicio.

"Desprovistos de cualquier clase de prejuicio valorativo"

La sentencia dictada por el Supremo sostiene que aunque los magistrados estuvieran dispuestos a modificar su posición inicial desfavorable para los intereses de los acusados, esto ya no es válido y se vulnera el derecho a un tribunal imparcial, ya que "lo que dicho derecho fundamental exige es que los integrantes del Tribunal comparezcan al acto del plenario ajenos a cualquier toma previa de posición sobre las cuestiones esenciales que allí han de ventilarse, desprovistos de cualquier clase de prejuicio valorativo".

Por eso, la recurrente Anna Simó i Castelló (JxSí) denunciaba la falta de imparcialidad de 2 de los magistrados que formaron parte del tribunal de enjuiciamiento.

Concretamente, sostenía que el presidente José Luis Barrientos Pacho, y el magistrado Ramos Rubio, ponente de la sentencia, cuyas recusaciones fueron rechazadas, formaron parte de la Sala que admitió las 3 querellas que, sucesivamente, dieron lugar a la formación de la presente causa; y también de la que desestimó los recursos de súplica interpuestos contra aquellas decisiones.

En dichas resoluciones, y muy particularmente en el auto de fecha 16 de marzo de 2017, que desestimaba uno de los recursos de súplica, dichos Magistrados habrían adoptado de forma explícita, según la recurrente, una toma de posición acerca de varias cuestiones de la causa, lo que supondría en su opinión un inequívoco "prejuicio" con relación a todos o la mayor parte de los argumentos defensivos, apartándoles de la exigible imparcialidad objetiva.

Por todo ello, el Alto Tribunal ha declarado el juicio nulo y obligó a repetir el juicio que deberá ser celebrado con magistrados distintos a los que dictaron la sentencia anterior.

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