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En Madrid, Málaga, Granada y otras provincias no seguirán las indicaciones de la Fiscalía en la revisión de penas de delitos sexuales

En Madrid, Málaga, Granada y otras provincias no seguirán las indicaciones de la Fiscalía en la revisión de penas de delitos sexuales
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(Foto: Unsplash)
viernes 25 de noviembre de 2022, 17:08h

Los magistrados de las secciones de lo Penal de las audiencias provinciales de Madrid, Málaga, Granada y Vizcaya han decidido desmarcarse del criterio jurídico de la Fiscalía General del Estado sobre la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como la ley del 'solo sí es sí', y abogan por aplicar las penas mínimas, las que son más favorables al condenado.

Desde los diferentes tribunales han anunciado que revisarán las condenas de agresores sexuales en base a la aplicación de la ley, a excepción de los casos en el que los penados hayan obtenido la suspensión de la condena y no se encuentren en prisión.

En total 50 jueces han asistido a la reunión de la Junta de Unificación de Criterio que se celebra cuando hay un cambio legislativo relevante, como es este caso.

Aplicar la norma más favorable al reo

Según estas mismas fuentes, la mayoría de los magistrados han votado a favor de aplicar la norma más favorable al reo, desmarcándose así del criterio que fijó la Fiscalía General del Estado a principios de semana y de los jueces que interpretan que es aplicable la disposición transitoria quinta del Código Penal.

Esa disposición transitoria establece que cuando la pena impuesta "sea también imponible" con arreglo a la nueva norma, es decir, entre dentro de la horquilla de penas contemplada, no tiene por qué revisarse.

Una decisión que ha sido adoptada por 32 votos a favor, 8 en contra y 9 abstenciones, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia (TSJM).

No obstante, estas fuentes resaltan que "los acuerdos adoptados en Junta de Unificación de criterios no tienen naturaleza gubernativa ni jurisdiccional", pues son solo acuerdos "de orden interno, no vinculantes".

Casi 450 casos susceptibles de revisión

Según fuentes del TSJM, desde la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí', actualmente, en las 15 secciones penales de la Audiencia Provincial de Madrid hay 447 causas por abusos o agresiones sexuales condenatorias firmes, con condenado ingresado en prisión, susceptibles de revisión tras la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí'.

De estas causas, se ha iniciado el trámite para la revisión de 176 sentencias condenatorias, de las que 121 están siendo revisadas de oficio por los magistrados de la Audiencia de Madrid.

Como consecuencia de la revisión de sentencias condenatorias firmes con condenado en prisión, se ha rebajado la pena en 20 casos, y en 7 procedimientos se ha decretado la puesta en libertad, con la salvedad de que en un caso el preso continúa cumpliendo condena al tener sentencia condenatoria firme por otros delitos.
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