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Base Aérea de Torrejón
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Base Aérea de Torrejón (Foto: Pool Moncloa)

¿Está obligado el Estado a repatriar a un enfermo grave del extranjero?

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
jueves 09 de mayo de 2024, 13:28h

En las últimas horas se ha hecho viral la petición de ayuda de Sofía Parada, la mujer de Adrián, que se encuentra en coma inducido en Cancún tras sufrir un shock durante sus vacaciones en el país.

Pese a contar con un seguro, en menos de una semana la cobertura de 20.000 euros ya se ha agotado y la aseguradora no sufraga más gastos, que llegan a 8.000 euros al día.

La española ha criticado que la embajada española está informada pero que no le pueden repatriar ni asumir los costes.

De hecho Sofía ha recordado el caso de Álex García, que hace unas semanas fue repatriado por el Gobierno desde Tailandia, donde estaba ingresado desde hace meses por una pancreatitis y su vida corría peligro.

¿El Gobierno está obligado a repatriar a un español que caiga enfermo en el extranjero? Lo cierto es que no, aunque hay casos en los que, como el de Álex, el Ejecutivo ha ayudado.

Hasta el caso del joven vasco, España no fletaba un avión medicalizado desde 2014, momento en el que Defensa repatrió a 3 españoles desde África debido a la crisis del ébola.

Legalmente el Gobierno no tiene ninguna obligación al respecto, por ello siempre se recomienda cuando se viaja fuera de la Unión Europea a contratar un seguro con las máximas coberturas para imprevistos como el de Sofía o el de Álex.

De hecho, en la web del Ministerio de Exteriores se puede consultar lo que una embajada o consulado no puede hacer:

  • Renovar o expedir el Documento Nacional de Identidad
  • Realizar funciones de agencia de viajes.
  • Buscarte un trabajo en el extranjero.
  • En caso de detención u hospitalización, garantizarte un tratamiento mejor que el otorgado a los nacionales del país.
  • Avalarte, prestarte dinero o pagar tus multas.
  • Poner a tu disposición personal para que actúe como intérprete, guía o asistente social.
  • Abonar los gastos de traslado de restos mortales a España o realizar actuaciones relacionadas que en el ámbito de este traslado, corresponden a los familiares.
  • Garantizarte la entrada en el país.
  • Personarse en tu nombre en un litigio o proporcionarte dictámenes jurídicos.

Como se indica, no pueden avalar ni dar dinero, aunque en "circunstancias excepcionales" sí pueden adelantarte la cantidad necesaria para una repatriación, pero en todo caso deberá reintegrarse al Tesoro Público dentro de los plazos establecidos por la Ley.

En casos de catástrofes o escenarios similares, al ser algo tan excepcional e imprevisto, sí se suele prestar ayuda a los nacionales desplazados.

Casos excepcionales

¿Qué diferencias hay en los 2 casos mencionados? El joven vasco sufrió una pancreatitis grave y la familia intentó hasta en 2 ocasiones meterle en un avión para regresar mediante sus propios medios económicos.

Incluso llegaron a gastar algo más de 200.000 euros en un avión medicalizado, pero finalmente no les permitieron su traslado.

Como último recurso enviaron una petición al Gobierno y finalmente el Ministerio de Defensa fletó un avión medicalizado que le trajo de vuelta a finales de abril para poder ser operado en España. Ahora sigue ingresado pero su pronóstico es que va mejorando.

El joven llevaba varios meses en el país asiático hospitalizado y su familia lleva batallando desde entonces. Además, hubo mucha presión mediática, lo que probablemente habrá ayudado a la decisión del Ejecutivo.

El caso de Sofía y su marido es mucho más reciente y de momento el Gobierno no se ha implicado. La familia, al igual que la de Álex, sigue intentando recaudar el dinero necesario para la atención médica y su posterior traslado a España.

Según declaraciones del Ministerio de Exteriores a 'El periódico de España', los principales parámetros que se tienen en cuenta son la "la gravedad de la situación y el peligro que corra la vida del ciudadano a evacuar". Aunque han remarcado que toda repatriación de este tipo a costa del Ministerio se da en "casos muy excepcionales".

Han detallado también que hay que confirmar que "hayan agotado las vías de asistencia médica o evacuación por otros medios, que existan medios disponibles para asegurar un apoyo eficaz, y que no se vea afectada la operatividad de las Fuerzas Armadas".

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