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La Junta Electoral le quita el escaño a Borrás en el Parlament catalán

La Junta Electoral le quita el escaño a Borrás en el Parlament catalán
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(Foto: JuntsxCat)
jueves 04 de mayo de 2023, 10:51h

La Junta Electoral Central ha dejado a Laura Borràs, presidenta suspendida del Parlament, sin escaño debido a su condena a 4 años y medio de cárcel y 13 años de inhabilitación por prevaricación y falsedad documental.

La condena de Borràs supone un duro golpe para su partido, Junts per Catalunya, liderado por Carles Puigdemont, ya que la presidenta suspendida del Parlament era una de sus principales figuras.

La formación independentista ha anunciado que recurrirá la decisión de la Junta Electoral Central y que seguirá apoyando a Borràs como presidenta.

Condena a Borràs

Borràs fue condenada por adjudicar contratos a dedo y fraccionados a un amigo suyo cuando era presidenta de la Institución de las Letras Catalanas. En la sentencia, el alto tribunal catalán la atribuye los delitos de prevaricación y falsedad documental y le impone una multa de 36.000 euros.

La sentencia señala que Borràs se puso de acuerdo con su amigo Íñigo Herrero para fraccionar ilegalmente la contratación de la ILC para adjudicarle 18 contratos menores correspondientes a trabajos informáticos, por un valor total de 335.700 euros, mediante "presupuestos comparsa" elaborados "falazmente" por personas interpuestas para encubrir que su amigo era el adjudicatario.

Borràs, "con abuso de sus funciones" como directora de la ILC, aprobó el gasto y acordó la adjudicación de estos 18 contratos menores "sin justificar que se tratara de la propuesta más ventajosa", ya que "era plenamente conocedora" de que detrás de ellos "se escondía" su amigo Isaías Herrero. Según la Fiscalía, Borràs y Herrero "pactaron" que en cada uno de los expedientes aportarían tres presupuestos a nombre de diferentes proveedores, dos de los cuales no eran "ofertas reales" sino "presupuestos comparsa" elaborados "falazmente".

Indulto parcial

La sentencia también propone al Gobierno que le conceda a Borràs un indulto parcial referido únicamente a la pena de prisión impuesta y en el tiempo que exceda de los 2 años como duración máxima.

La actuación ilícita de Borràs e Herrero tuvo como objetivo "vulnerar los principios de transparencia y concurrencia pública" y "infringir abiertamente el cumplimiento de la normativa en materia de contratación administrativa", lo que impedía que la gestión del servicio "pudiera ser adjudicada a otra persona".

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