La Sala de Apelación del Tribunal Supremo ha rechazado nuevamente varios recursos presentados por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, contra las diligencias encargadas por el instructor del caso, el magistrado Ángel Hurtado, avalando en concreto las referidas a los teléfonos móviles del jefe del Ministerio Público "ante la falta absoluta de mensajes" en el incautado durante el registro de su despacho el pasado octubre.
Concretamente, amparan las diligencias acordadas el 17 de febrero, a petición de la acusación particular que ejerce Alberto González Amador, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y contra quien se habría cometido el presunto delito de revelación de secretos por el que se investiga a García Ortiz y a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.
Hurtado quería saber cuántas veces había cambiado García Ortiz de teléfono oficial desde el 31 de junio de 2023 y los datos relativos a los mismos.
El fiscal general recurrió alegando que no veía motivos para ello, tachando de "innecesarias" tales diligencias.
Quieren saber si se usaron otros móviles
La Sala de Apelación le responde que, "ante la falta absoluta de mensajes en el móvil intervenido, lo que se pretende averiguar es si ese móvil fue el mismo que se entregó al investigado porque cabe la posibilidad de que la administración le entregara un terminal diferente". "Esa es la razón de la diligencia y la justificación de su necesidad", indican.
También responden a la queja de que las pesquisas se remonten a fechas anteriores al periodo temporal investigado -del 8 al 14 de marzo de 2024-, indicando que "es procedente saber si el investigado ha utilizado otros terminales telefónicos en los últimos meses para poder investigar, en su caso, si desde las mismas se produjeron conversaciones de relevancia" para las pesquisas.
"Entra dentro de lo razonable suponer que, si se utilizaban otros móviles, el investigado pudo haberse comunicado con otras personas en el periodo objeto de investigación, en cuyo caso habría que tratar de identificar a los interlocutores y el contenido de las conversaciones", exponen.
En todo caso, le subrayan que, "si no se hubieran borrado los mensajes en el terminal intervenido es muy factible que muchas de las medidas que después se han acordado para tratar de determinar el origen de las filtraciones no habrían sido necesarias".
Asimismo, rechazan el argumento de la defensa que achacaba falta de motivación a las decisiones de Hurtado.
"El requerimiento de información para conocer si había otros posibles móviles que pudieran haber sido utilizados para remitir la información reservada a terceros por su carácter marcadamente informativo no es sino un desarrollo de las diligencias ya practicadas", resuelven.
Cabe recordar que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil ya emitió su informe sobre dichas diligencias, en el que reflejó que García Ortiz recibió 2 teléfonos móviles desde dicha fecha, uno de los cuales reseteó una semana después de que el Supremo le encausara, sin que haya devuelto ningún terminal.