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Entra en vigor la nueva ley de Tráfico: todo lo que ya no se puede hacer y conlleva sanción
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(Foto: Junta Castilla-La Mancha)

Entra en vigor la nueva ley de Tráfico: todo lo que ya no se puede hacer y conlleva sanción

lunes 21 de marzo de 2022, 08:00h

Una vez aprobada el pasado mes de diciembre en el Congreso, ya ha entrado este lunes en vigor la nueva Ley de tráfico, que tiene por nombre oficial 'Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en materia del permiso y licencia de conducción por puntos'.

Esta normativa que reforma la ley de tráfico busca reducir la siniestralidad en carretera. Para ello, revisa las infracciones que implican pérdida de puntos en el carnet de conducir, reconoce el impacto positivo de los cursos de conducción segura y actualiza la conducción profesional.

De igual forma, unifica el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos a 2 años, que en la redacción anterior era de 2 años para sanciones graves y de 3 años para sanciones muy graves.

Qué cambia con la nueva ley de tráfico:

  • Ya no se puede adelantar a 120 km/h o más en vías convencionales. La velocidad máxima para adelantar será de 110 km/h, tanto para turismos como motocicletas. La sanción será de 100 euros
  • La velocidad máxima en carreteras convencionales es de 90 km/h
  • Se prohíbe no sólo ya el uso de inhibidores de radares, ahora también de detectores de radares (multa de 200 euros y pérdida de 3 puntos en el carné)
  • Ahora, conducir con el móvil en la mano (aunque no se esté usando) será sancionado con 6 puntos
  • Ya no se puede esperar dentro del coche con el motor encendido bajo ninguna circunstancia (multa de hasta 100 euros)
  • No usar bien los sistema de seguridad (cinturón de seguridad, sistema de retención infantil, cascos...) se sancionará con 4 puntos y 200 euros
  • Ahora habrá que adelantar a bicicletas y motocicletas cambiando de carril siempre que sea posible, no sólo guardar 1,5 metros de seguridad
  • Tirar colillas por la ventanilla será sancionado con 6 puntos y 500 euros
  • Los menores de edad no podrán conducir ciclomotores, cuadriciclos o vehículos de movilidad personal con cualquier tasa de alcohol, aunque sea mínima: debe ser 0.0
  • Los conductores de vehículos de transporte de pasajeros con más de 8 asientos deberan usar, desde julio de 2022, alcoholímetros antiarranque
  • No se podrá conducir un patinete eléctrico o vehículos similares por aceras o áreas peatonales y es obligatorio llevar casco. No podrán circular por vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías ni en túneles urbanos
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