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Algete abre el plazo para solicitar las 1.500 viviendas del Plan Joven

miércoles 08 de octubre de 2008, 18:37h
El Ayuntamiento de Algete abrió este miércoles el plazo para solicitar una de las 1.500 viviendas del Plan de Vivienda Joven de la Comunidad de Madrid que se construirán en el municipio. Son viviendas en régimen de alquiler con opción a compra con una superficie de unos 70 metros cuadrados, más garaje y trastero, por la que se pagará una renta mensual de unos 450 euros.
La adjudicación de las viviendas se realizará mediante un sorteo público, ante notario, y mediante un sistema informático debidamente homologado que garantiza en todo momento la transparencia del proceso. Dicho sorteo lo llevará a cabo la Dirección General de la Vivienda de la Comunidad de Madrid en colaboración con la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Algete (EMSVA).

La alcaldesa de Algete, Inmaculada Juárez, destacó la importancia de la construcción de estas viviendas en el municipio, con las que se dará respuesta a uno de los principales problemas que afecta especialmente a los jóvenes, quienes podrán comprar una de estas viviendas a un precio realmente asequible.

Los requisitos para solicitar una de estas viviendas son estar inscritos en la Lista Única de Solicitantes de Vivienda de la Comunidad de Madrid, tener menos de 35 años y estar empadronado en el municipio con una antigüedad mínima de dos años de manera continua e ininterrumpida el último día del mes anterior a la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCAM) de la convocatoria del sorteo.

Otros de los requisitos son que los ingresos familiares no excedan 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y que el beneficiario del sorteo no sea titular de pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional o sobre una vivienda libre en la Comunidad de Madrid.

Las personas interesadas deberán presentar su solicitud en el plazo establecido en la EMSVA. Para ello, junto con el impreso, deberán aportar el Documento Nacional de Identidad más el certificado o volante de empadronamiento con la fecha actual.

Las personas procedentes de otros países de la Unión Europea deberán presentar además la fotocopia del pasaporte o tarjeta de residencia y el certificado de inscripción en el registro central de extranjeros. Asimismo, los extranjeros no comunitarios deberán acreditar la fotocopia de la tarjeta de residencia y/o trabajo en vigor más el certificado de empadronamiento.
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