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Se comprobará telemáticamente

Adiós a las multas por no llevar el seguro del coche

Adiós a las multas por no llevar el seguro del coche

viernes 17 de octubre de 2008, 17:12h
Los Agentes de Tráfico comprobarán telemáticamente si los conductores a los que se les para tienen vigente el seguro obligatorio de responsabilidad civil, siguiendo los principios recogidos en el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común en relación con la tendencia a no presentar documentos que ya se encuentran en poder de la Administración. Hasta la entrada en vigor del nuevo Reglamento del Seguro (13 de octubre de 2008), los conductores estaban obligados a llevar entre la documentación del vehículo, el justificante de haber pagado la póliza.
Los agentes constatarán la vigencia de dicho documento mediante la consulta al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). En caso de que se verifique la tenencia y vigencia del seguro, la acreditación queda cumplida, no exigiéndole al conductor, justificante alguno.

En los casos en que no conste la existencia del seguro o no sea posible realizar la consulta en el Registro de Vehículos Asegurados, el agente sí solicitará (solamente en estos casos) al conductor el recibo o justificante del mismo para constatar que dicho seguro está en vigor. Si no se acredita, se le formula la correspondiente denuncia y se le indica al denunciado que en el plazo de cinco días debe presentar el justificante del pago del seguro obligatorio en la Jefatura de Tráfico, ya que en caso contrario se procedería al precinto y depósito del vehículo en caso de incumplimiento de dicha obligación.

Con esta nueva medida se suprime la infracción por no llevar el justificante, aunque desde la DGT se recomienda adjuntarlo al resto de documentación obligatoria del vehículo.

 En 2007 se tramitaron 160.000 denuncias por no llevar, en el momento que lo requería el agente, el justificante del pago del seguro, cuyo importe era de 60 euros.

Sanciones

Según la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, los titulares de vehículos deben tener contratado un Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil para hacer frente a los posibles daños que pudiera causar su vehículo, en caso de no tenerlo, el agente puede inmovilizar, precintar y enviar el vehículo a un depósito.
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