Asimismo, según la sentencia, el Supremo señaló que queda anulada la estipulación tercera del Convenio suscrito con fecha 30 de abril de 2007 entre la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía en cuanto dicha estipulación incluye en su ámbito territorial, junto a otros terrenos, las 287 hectáreas de suelos de dominio público marítimo terrestre afectos a la reserva acordada por el citado acuerdo del Consejo de Ministros.
Esta sentencia dictada por el Tribunal Supremo es consecuencia del recurso contencioso-administrativo interpuesto por WWF-Adena que argumentó en su denuncia que la Administración del Estado no es completamente libre para declarar una reserva del dominio público marítimo terrestre.
Además, WWF-AdenaDENA argumentó en su recurso que la ubicación de las actividades e instalaciones de la reserva vulnera lo dispuesto en el artículo 47 en relación con el artículo 32 de la Ley de Costas, ya que según dichos preceptos únicamente se podrá permitir la ocupación del dominio público marítimo terrestre para aquellas actividades e instalaciones que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación.
Igualmente, señaló en su recurso la ausencia de la evaluación ambiental estratégica, con infracción de lo dispuesto en los artículos 3.2.b y 7.3 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.
REACCIONES
Esta resolución judicial deja así sin efecto el acuerdo del Consejo de Ministros del 2007, que reservaba parte del suelo formada por marismas, por considerar que tiene un valor medioambiental muy alto y que el proyecto previsto supondría un daño "irreversible".
Por su parte, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, asegura que estudiará "detenidamente" las resolución que aún no ha podido estudiar para conocer su contenido y ha evitado pronunciarse al respecto.
Y el consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía, Luis Pizarro considera sobre esta sentencia que "hay que acatarla y cumplirla", aunque dice que se está ante un "defecto de forma" que ha de ser subsanado por el Consejo de Ministros.
Pizarro añade en este sentido que la sentencia "no declara nulo el acuerdo, sino que lo anula, lo cual es una diferencia importante". Y señala que la Junta de Andalucía "sigue defendiendo el proyecto, que sigue adelante y es irreversible", ya que la Junta, desde el acatamiento de la sentencia, "entiende que es un proyecto fundamental y estratégico para el desarrollo económico de Andalucía y la creación de empleo en la Bahía de Cádiz".