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Referencia del Consejo de Ministros

viernes 30 de octubre de 2009, 17:01h

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y del Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.
  • REAL DECRETO que modifica el Real Decreto 451/1995, de 24 de marzo, por el que se reorganiza el organismo autónomo Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Estatuto del Centro Nacional de Información Geográfica, aprobado por Real Decreto 663/2007, de 25 de mayo.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de la prórroga del Concierto entre MUFACE y el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España, por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia, para el año 2010.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para reformar el régimen general de comercio de derechos de emisión e incluir la aviación en el mismo.

Economía y Hacienda

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de captación de financiación en los mercados por los concesionarios de obras públicas.
  • ACUERDO por el que, en cumplimiento de los artículos 14 y 17 del texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, se aprueba el Plan Económico Financiero de Reequilibrio de la Administración del Estado.
  • ACUERDO por el que se establecen los objetivos de estabilidad presupuestaria para cada una de las Comunidades Autónomas para el período 2010-2012.
  • ACUERDO por el que se solicita la tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia, en el Senado, del Proyecto de Ley de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de la Presidencia a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para atender la financiación de los expedientes de contratación correspondientes a gastos extraordinarios derivados de la Presidencia Española de Consejo de la Unión Europea.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía la realización de operaciones de endeudamiento hasta un importe máximo de 275.819.359,41 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Galicia la realización de una o varias emisiones de bonos u obligaciones, por un importe máximo de 300.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se remite al Tribunal de Cuentas la Cuenta General del Estado relativa al ejercicio 2008.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales a adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros para posibilitar la suscripción de treinta y dos conciertos para el Programa de Termalismo Social así como el seguro de dicho programa, cincuenta y uno convenios de teleasistencia domiciliaria, dieciocho conciertos de plazas en entidades privadas, dos convenios del Programa de Ayuda a Domicilio en las ciudades de Ceuta y Melilla y contratar los gastos generales del Centro de Día de Ceuta.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para posibilitar la prórroga del Concierto entre MUFACE y el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España, por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia, para el año 2010.

Política Territorial

  • ACUERDO por el que se crea el Consejo para la dinamización económica y del empleo en la zona de influencia de la central nuclear de Garoña.
  • ACUERDO por el que se concede al Ayuntamiento de Usurbil (Guipúzcoa), la autorización para celebrar una consulta popular relativa a la gestión de residuos urbanos en el municipio.
  • ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia planteado por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, contra la Orden SAS/2080/2009, de 21 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones de la Secretaría General de Política Social y Consumo.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio Europeo en materia de adopción de menores (revisado) (Convenio nº 202 del Consejo de Europa).
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo adicional al Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, a las autoridades de control y los flujos transfronterizos de datos (Convenio nº 181 del Consejo de Europa).
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y el Reino de Bélgica tendente a evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, firmados en Bruselas el 14 de junio de 1995, modificados por el Acta Adicional firmada en Madrid el 22 de junio de 2000.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y las Naciones Unidas relativo a la celebración del taller sobre fortalecimiento de la cooperación internacional en materia penal en asuntos de terrorismo entre los Estados miembros de la Comunidad Económica de Estados de África Occidental (CEDEAO): consolidación de los instrumentos bilaterales regionales e internacionales en materia de extradición y asistencia judicial recíproca.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Kazajstán sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, así como su aplicación provisional.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Francesa sobre la selección, puesta en marcha y financiación de dos proyectos de autopistas del mar entre España y Francia en la Fachada Atlántica-La Mancha-Mar del Norte.

  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 2.450.041,50 euros a la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias, de la República de Colombia, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del Proyecto de alcantarillado faltante en el barrio Nelson Mandela.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 13.531.799,73 euros al Ministerio de Medio Ambiente y Agua, Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del Proyecto de suministro de agua potable y saneamiento en pequeñas comunidades rurales.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 1.623.815,97 euros a la Fundación Ernesto Sábato, de la República Argentina, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del Proyecto de acceso a agua potable para las poblaciones rurales y comunidades campesinas e Indígenas del NEA, NOA y Cuyo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 3.142.183,36 euros a Catholic Relief Services, del Estado Plurinacional de Bolivia, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del Programa de salud con agua y saneamiento.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 20.466.847,09 euros al Ministerio de Desarrollo Social y Lucha contra el Hambre, de la República Federativa del Brasil, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del Programa Cisternas.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 6.765.899,86 euros a la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias, de la República de Colombia, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para financiar el Proyecto de realización de la planta de tratamiento de agua potable en Albornoz y la tubería de distribución principal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 25.710.419,49 euros al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Viceministerio de Agua y Saneamiento, de la República de Colombia, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del Plan de Inversiones "Todos por el Pacifico"-Choco, Antioquia, Cauca, Nariño.

  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de un 1.505.413 euros a la Gobernación de Nariño, de la República de Colombia, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del "Proyecto del multiveredal integral del Pacífico".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 1.520.940,46 euros a la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias, de la República de Colombia, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del Proyecto "Construcción de instalaciones hidráulico-sanitarias en viviendas de la zona sur oriental de la ciudad de Cartagena-Fase I".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 5.412.719,89 euros al distrito turístico, cultural e histórico de Santa Marta, de la República de Colombia, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del "Proyecto del colector pluvial Bastidas-Mar Caribe, en Santa Marta distrito turístico. Etapa IV".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 1.167.794,32 euros a la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, de la República de Colombia, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del "Proyecto del cordón ambiental y tradicional de la Sierra Nevada de Santa Marta".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 3.788.903,92 euros al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, de la República de Cuba, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del "Proyecto de mejora y ampliación de los sistemas de agua potable y saneamiento de cinco pequeñas ciudades cubanas".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 6.765.900 euros a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, de la República de Chile, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del "Programa de apoyo para la reducción del déficit de cobertura de agua potable y saneamiento en el marco de las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 845.737,48 euros a los Institutos Costarricenses de Acueductos y Alcantarillados y de Desarrollo Agrario, de la República de Costa Rica, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del "Programa de acceso a agua potable para saneamientos campesinos".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 3.163.817 euros a municipios asociados a la Mancomunidad Mankatitlan de Guatemala, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del "Proyecto de mejora del acceso al agua potable y saneamiento mediante sistemas sostenibles de gestión de estos servicios en comunidades rurales indígenas Kaqchiquel de la Mancomunidad de municipios de la Subcuenca Noreste del Lago Atitlán".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 9.759.507 euros a municipios asociados a la Mancomunidad Mancuerna de Guatemala, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del "Proyecto de mejora de la gobernabilidad del agua asociada a la cobertura y gestión sostenible de los servicios de agua potable y saneamiento en comunidades rurales indígenas Mam de la Mancomunidad de municipios de la Cuenca Alta del Río Naranjo".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 7.713.125,85 euros al Ministerio de Relaciones Exteriores del Gobierno de la República de El Salvador, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del Plan de gobernabilidad y planificación de la gestión del recurso hídrico".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 3.129.228,69 euros a la Asociación Coordinadora Indígena y Campesina de Agroforestería Comunitaria Centroamericana, de la Región de América Central, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del "Proyecto cosecha de agua de lluvia para cuatro países de la región centroamericana".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 182.679,30 euros al Foro Centroamericano y República Dominicana de Agua Potable y Saneamiento, de la Región de América Central, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del "Proyecto de nexos hídricos Centroamérica-España".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 6.471.710 euros a Manctz´Olojyá (Mancomunidad Tz´Olojyá del Departamento de Sololá, Cuenca Norte del Lago Atitlán), de Guatemala, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del "Proyecto de mejora de la cobertura y gestión de los servicios de agua potable y saneamiento en comunidades rurales indígenas Quiché de la Mancomunidad de Tz´Olojyá del Departamento de Sololá, Cuenca Norte del Lago Atitlán".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 807.452 euros a municipios asociados a la Mancomunidad Manclalaguna de Guatemala, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del "Proyecto de mejora del acceso a agua potable y saneamiento básico mediante sistemas sostenibles de gestión de estos servicios en comunidades rurales indígenas Tzutujil de la Mancomunidad de municipios de la Cuenca del Lago Atitlán".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 13.205.548,04 euros a la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios, de la República de Nicaragua, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del Proyecto de mejora y ampliación del sistema de alcantarillado sanitario de la Ciudad de Masaya.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 21.312.584,57 euros a la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios, de la República de Nicaragua, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del "Programa de mejora y ampliación de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario en 7 localidades de Nicaragua".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 1.894.100,56 euros a la Asociación de Municipios de Chinandega Norte (Amunorchi), de la República de Nicaragua, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para financiar el "Proyecto para la mejora de las condiciones de agua potable y saneamiento en 6 municipios de Chinandega Norte".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 573.815,97 euros a la Alcaldía de El Viejo, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del "Proyecto de Fortalecimiento de capacidades locales para la gestión, abastecimiento, saneamiento y conservación del recurso hídrico en comunidades rurales del Golfo de Fonseca, Nicaragua".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 4.905.277,40 euros a la Secretaría de Acción Social de la República del Paraguay, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del "Proyecto de Abastecimiento de agua y saneamiento básico en las comunidades pobres y de extrema pobreza de Paraguay".

  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 16.238.159,68 euros al Ministerio de Relaciones Exteriores del Gobierno de la República de El Salvador, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento", para la financiación del "Programa de infraestructura en agua potable y saneamiento básico en áreas peri-urbanas y rurales de El Salvador".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una aportación por un importe máximo de 70.000.000 de euros a la República de Haití, con cargo al "Fondo de cooperación para agua y saneamiento" para la financiación del "Programa de reforma e inversiones en el sector de agua potable y saneamiento en Haití".

Justicia

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY ORGÁNICA complementaria de la Ley sobre simplificación del intercambio de información e inteligencia entre los servicios de seguridad de los Estados Miembros de la Unión Europea, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
  • ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de entrega en extradición a las autoridades de Argentina de Julio Alberto Poch, de nacionalidad holandesa, por delitos de detención ilegal, torturas, lesiones, asesinato y amenazas.
  • ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de entrega en extradición a las autoridades de Ucrania de Oleg Yeremyeyev, de nacionalidad ucraniana, por delitos de pertenencia a grupo terrorista y asesinato y tentativa de asesinato.

Interior

  • Se remite a las Cortes Generales PROYETO DE LEY sobre simplificación del intercambio de información e inteligencia entre los servicios de seguridad de los Estados miembros de la Unión Europea.

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de infraestructura ferroviaria del proyecto "Línea de alta velocidad Sevilla-Cádiz, tramo: Utrera-aeropuerto de Jerez, subtramo: Utrera-Las Cabezas de San Juan (Sevilla), vía y electrificación", con un valor estimado de 55.998.568,25 euros, Sevilla.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de obras de ejecución del proyecto constructivo de montaje de vía en ancho ibérico. "Nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, tramo: Albacete-variante de Alpera, longitud: 38,734 km de doble vía", con un valor estimado del contrato de 47.446.410,30 euros.
  • ACUERDO por el que se declaran lesivos a los intereses del Estado la resolución de la Dirección General de Aviación Civil de 17 de julio de 2008, en la que se acuerda la retasación de la finca 748-01, el Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid de 27 de noviembre de 2008 por el que se determina su justiprecio de retasación y la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil de 12 de febrero de 2009 por la que se aprueba finalmente su expediente de justiprecio, afectada por las obras del proyecto clave 37-AENA/00 "Aeropuerto de Madrid-Barajas. Expropiación de terrenos necesarios para el desarrollo del Plan Director segunda fase, en los términos municipales de Alcobendas, San Sebastián de los Reyes, Paracuellos del Jarama y Madrid, en sus distritos de Barajas y Hortaleza".

Educación

  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Gestión Administrativa y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Producción Agroecológica y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Producción Agropecuaria y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se acuerda la segregación de la Delegación de Asturias del Colegio Oficial de Biólogos.

  • REAL DECRETO por el que se regulan la admisión de los alumnos en centros públicos y privados concertados, los requisitos que han de cumplir los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil y la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.
  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados Títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados Títulos de Grado de Universidades de la Iglesia Católica y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Industria, Turismo y Comercio

  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras a suscribir un Convenio de colaboración específico con la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y un Convenio de colaboración específico con la Consejería de Bienestar Social y Vivienda del Principado de Asturias y el Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana-Mutualidad de Previsión Social, para el desarrollo de las infraestructuras en las comarcas mineras del carbón de las Comunidades Autónomas citadas.
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de una donación por importe de 3.200.000 euros a la República de Nicaragua para financiar la mejora y ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario de la ciudad de Boaco, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • ACUERDO por el que se impone una sanción de 301.383,57 euros al Ayuntamiento de Ontinyent, la obligación de indemnizar los daños causados al dominio público hidráulico en la cantidad de 46.699,32 euros y la obligación de paralizar los vertidos de aguas residuales al barranco de la Font Santa, en el término municipal de Ontinyent (Valencia).

Sanidad y Política Social

  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) la contratación de plazas en balnearios, destinadas al Programa de Termalismo Social del IMSERSO, durante la temporada 2010.

Vivienda

  • REAL DECRETO por el que se modifican los Estatutos Generales del Consejo General y de los Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, aprobados por Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo.

Ciencia e Innovación

  • REAL DECRETO por el que se establecen las normas reguladoras de la subvención de concesión directa a la entidad Basque Culinary Center Fundazioa para la puesta en marcha del proyecto Basque Culinary Center.
  • REAL DECRETO por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de la concesión de una subvención directa a favor de ocho entidades gestoras de Parques Científicos y Tecnológicos, para inversiones y gastos en ejecución del Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo.

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Gruz de la Orden de Isabel la Católica a:
  • D. FAWZI SALLOUKH, Ministro de Negocios Extranjeros y de Emigración de la República Libanesa.
  • D. ELIAS EL MURR, Ministro de Defensa de la República Libanesa.
  • D. ELI MAROUNI, Ministro de Turismo de la República Libanesa.
  • D. NAJI ABI ASSI, Director General de la Presidencia de la República Libanesa.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a:
  • Dª RITA SLEIMAN BAROUDI, hija de Su Excelencia el Presidente de la República Libanesa.
  • D. CHUKRI ABBOUD, Embajador en España de la República Libanesa.
  • D. DIMYANOS KATTAR, Consejero de Su Excelencia el Presidente de la República Libanesa.
  • D. WISSAM BAROUDI, yerno de Su Excelencia el Presidente de la República Libanesa.
  • D. NAZEM EL KHOURY, Consejero de Su Excelencia el Presidente de la República Libanesa.
  • D. ELIE ASSAF, Director General en la Presidencia de la República Libanesa.
  • Embajador D. MAROUM HALMARI, Jefe de Protocolo de la Presidencia de la República Libanesa.
  • General de Brigada D. ABDEL MOUTALEB EL HINAWI, Consejero Militar de Su Excelencia el Presidente de la República Libanesa.
  • General de Brigada D. WADITH EL-GAFHARI, Comandante de la Guardia Republicana de la República Libanesa.


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ASUNTOS GENERALES

Economía y Hacienda

REGULADA LA FINANCIACIÓN DE LOS CONCESIONARIOS DE OBRAS PÚBLICAS

  • Se establece un nivel mínimo de solvencia financiera para poder optar a un contrato de concesión y se amplía la posibilidad de obtener avales públicos a cualquier instrumento de endeudamiento empresarial, no sólo a las emisiones de obligaciones.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de captación de financiación en los mercados por los concesionarios de obras públicas, cuyo principal objetivo es establecer un marco normativo que facilite la canalización de recursos privados hacia la generación de infraestructuras a través de los contratos de concesión de obra pública.

Para conseguirlo, el futuro texto legal actuará esencialmente en dos direcciones. En primer lugar, mejora las garantías que puede prestar la Administración a los que resulten titulares de sus concesiones o contratos públicos. En este sentido, una de las principales novedades del Proyecto de Ley es la extensión de la posibilidad de obtener avales públicos a cualquier fórmula de endeudamiento con la que las empresas privadas quieran financiar una obra pública. Hasta ahora, esta disponibilidad estaba limitada únicamente a las emisiones de obligaciones. De este modo, se pretende facilitar a los adjudicatarios de contratos públicos la obtención de fondos en los mercados de capitales.

Con la misma intención de facilitar el acceso a la financiación, se crea un régimen de silencio positivo en relación con la autorización administrativa que debe obtenerse para titulizar créditos o hipotecar la concesión. Además, la nueva norma eliminará obstáculos para la amortización anticipada de los créditos participativos.

Fortalecimiento del compromiso de los adjudicatarios

El segundo eje del Proyecto de Ley aprobado hoy es el fortalecimiento del compromiso de las empresas adjudicatarias con el contrato público o concesión obtenidos. En esta línea, se establecen nuevos requisitos de solvencia para las empresas que concurran a concursos públicos con el fin de conseguir una mayor implicación de éstas en la financiación de la obra con cargo a sus recursos propios y de proporcionar una mayor seguridad tanto a la Administración como a los acreedores de la sociedad adjudicataria. Así, se exigirá al adjudicatario que su volumen de recursos propios alcance, al menos, el 10 por 100 de las inversiones asociadas a la obra concedida. Del mismo modo, se limitará al 90 por 100 de la inversión total prevista el importe de la deuda susceptible de titulizarse o hipotecarse.

La aprobación de este Proyecto de Ley da cumplimiento a la previsión recogida en la Ley de Contratos del Sector Público, del 30 de octubre de 2007, en relación a regular la financiación privada de los concesionarios de obra pública.


Interior

SIMPLIFICADO EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD DE LOS PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley sobre simplificación del intercambio de información e inteligencia entre los servicios de seguridad de los estados miembros de la Unión Europea, adoptado por el Consejo de Asuntos de Justicia e Interior en la Decisión Marco del 18 de diciembre de 2006. De esta manera, se incorporan al ordenamiento jurídico especial las obligaciones en materia de intercambio de información de carácter policial recogidas en la misma.

Los principales aspectos de la nueva norma son los siguientes:

1º. Se establecen las normas en virtud de las cuales un servicio policial y aduanero español podrá intercambiar con los servicios policiales y aduaneros de otros Estados Miembros de la Unión, así como con Islandia, Noruega y Suiza, la información de que disponga para llevar a cabo investigaciones criminales y operaciones de inteligencia.

2º. Para llevar a cabo el intercambio de información es necesario que el servicio policial o aduanero haya sido previamente designado por el Ministerio del Interior (y por el Ministerio de Economía y Hacienda en el caso de que se trate de un servicio aduanero) y que dicha designación sea comunicada a la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea.

3º. Se ha articulado un procedimiento de intercambio de información entre servicios policiales bastante ágil y simplificado, que se inicia con una solicitud de información, que se contestará en unos plazos de tiempo tasados en el Proyecto: en esencia, de ocho horas ampliables a tres días si la solicitud es urgente, y de una semana ampliable a catorce días si no lo es. En cualquier caso, el Proyecto permite el intercambio espontáneo de información sin necesidad de solicitud previa cuando haya razones de seguridad pública que así lo aconsejen.

4º. Como garantías de que el intercambio no sea lesivo a los derechos fundamentales de los ciudadanos, se ha previsto expresamente en el Proyecto que el intercambio de información se haga con absoluto respeto a la confidencialidad de los datos que se faciliten o, en su caso, se reciban. Asimismo, deberá solicitarse autorización judicial para pedir o suministrar información a otros Estados cuando dicha autorización judicial sea exigida por el ordenamiento jurídico español para el acceso a nivel interno a dicha información.

5º. El intercambio previsto en el Proyecto de Ley tiene como objetivo ser un mecanismo de colaboración policial y aduanera complementario y compatible con los mecanismos de cooperación previstos en los Acuerdos Bilaterales y Multilaterales que España ha suscrito en la materia.

En el texto del Proyecto de Ley se han recogido las observaciones que, con carácter meramente técnico, han formulado el Consejo General del Poder Judicial, la Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Estado.

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA

Además, y a instancias de lo solicitado por el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica complementaria de la presente Ley, con la finalidad de establecer en la Ley Orgánica del Poder Judicial que serán los Juzgados Centrales de Instrucción los competentes para autorizar la solicitud o el suministro de la información en los supuestos mencionados anteriormente.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

LA REGULACIÓN DEL COMERCIO DE DERECHOS DE EMISIÓN INCLUIRÁ EL SECTOR DE AVIACIÓN A PARTIR DE 2012

  • Informe sobre el Anteproyecto de Ley para su modificación.
  • La reforma es necesaria para trasponer dos nuevas Directivas comunitarias sobre el régimen comunitario de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino sobre el Anteproyecto de Ley de reforma de la Ley por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Esta reforma es necesaria para transponer las Directivas comunitarias en este campo: La Directiva del 19 de noviembre de 2008 que tiene como objeto la inclusión de la aviación en el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión a partir de 2012, y la Directiva del 23 de abril de 2009, que acomete una revisión en profundidad del régimen comunitario de comercio de derechos de emisión, que será de aplicación a partir de 2013.

Por lo que se refiere a la incorporación de la aviación, en el borrador se recogen las normas necesarias para que el régimen de comercio de derechos de emisión sea aplicable a los operadores de aeronaves.

Además, se precisan las funciones respectivas de los Ministerios de Fomento y de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino en esta materia, que deberán colaborar muy estrechamente en la implantación y aplicación del régimen.

Instalaciones fijas

Frente al régimen aplicable a instalaciones fijas, en el que las Comunidades Autónomas cuentan con competencias ejecutivas, en el caso de la aviación, debido a las competencias estatales en navegación aérea y al carácter extraterritorial y deslocalizado de las actividades objeto de gestión, las competencias quedan en manos de la Administración del Estado.

Entre el 27 de julio y el 30 de septiembre los borradores se sometieron a audiencia de los interesados a través del Consejo Nacional del Clima y se les ha dado publicidad a través de la web del Ministerio, en la que se habilitó un buzón de correo electrónico para observaciones.

Además, el pasado 1 de octubre se celebraron sendas reuniones del Consejo Nacional del Clima y de la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático, que tuvieron oportunidad de abordar el examen de este Anteproyecto de Ley.


Economía y Hacienda

APROBADO EL PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO DE REEQUILIBRIO

  • El Plan será remitido al Congreso, en cumplimiento de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.
  • En el año 2012 se cumplirá el objetivo previsto en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento de la Unión Europea.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Económico-Financiero de Reequilibrio de la Administración del Estado, que permitirá poner en marcha los mecanismos de corrección para garantizar la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo. Este Plan será remitido al Congreso de los Diputados, en cumplimiento de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.

El Plan establece las líneas estratégicas para reconducir el déficit público hacia la senda del equilibrio en el año 2012, tal y como establece el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, y de acuerdo con las exigencias del procedimiento de déficit excesivo abierto por la Comisión Europea el pasado 27 de abril para nuestro país.

Los Presupuestos Generales del Estado para el próximo año suponen el primer paso en el proceso de consolidación fiscal que deberán llevar a cabo tanto la Administración Central, como las Comunidades Autónomas y las entidades locales. Para reestablecer el equilibrio de las cuentas públicas, además del efecto positivo de la recuperación económica y de la retirada gradual de las medidas de estímulo, se mantendrán los criterios de máxima austeridad en todas las partidas de gasto.

Disminución de gasto

De esta forma, el gasto no financiero del Estado en 2010 disminuirá un 3,9 por 100 respecto al gasto que se va a alcanzar en 2009 y el gasto de los Ministerios se reducirá en un 5,4 por 100 en todas aquellas partidas no prioritarias.

Los Presupuestos de 2010 combinan un incremento moderado de los ingresos junto a la firme restricción del gasto. Las medidas impositivas que recogen permitirán una gradual recuperación estructural de los ingresos públicos y suponen un efecto conjunto de casi once mil millones de euros anuales.

En los próximos años se continuará con la política de austeridad del gasto, compatibilizándola con el mantenimiento del gasto social y las prioridades del gasto productivo. El Plan de Reequilibrio determina la aprobación de un plan de austeridad por parte de cada Departamento ministerial y de las entidades del sector público empresarial.


Actuación contra el fraude fiscal

Además, se seguirá actuando contra el fraude fiscal a través de los mecanismos que se pusieron en marcha en el año 2005 con el primer Plan de Prevención y que han permitido recaudar veintisiete mil millones de euros hasta finales de 2008.

Finalmente, el Gobierno propondrá un acuerdo en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera y de la Comisión Nacional de Administración Local para que las Comunidades Autónomas y las entidades locales impulsen planes de austeridad y contención de gasto público en sus respectivas áreas de competencia.


Economía y Hacienda

OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA PARA CADA UNA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN EL PERÍODO 2010-2012

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se establecen los objetivos de estabilidad presupuestaria para cada una de las Comunidades Autónomas en los ejercicios 2010, 2011 y 2012, con lo que se cumple una Ley Orgánica de 2001, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.

El Consejo de Ministros del pasado 19 de junio ya fijó el objetivo de estabilidad presupuestaria del trienio 2010-2012 para el conjunto de las Administraciones públicas, tras la información favorable del Consejo de Política Fiscal y Financiera y de la Comisión Nacional de Administraciones Locales.

Así, se estableció que los presupuestos de las Comunidades Autónomas podrán tener un déficit del 0,75 por 100 en los años 2010 y 2011, mientras en 2012 deberán aprobarse en equilibrio. Sin embargo, debido a la coyuntura económica actual, y con carácter temporal y excepcional, el objetivo de estabilidad presupuestaria para el conjunto de las Comunidades Autónomas se fijó en un déficit máximo del 2,5 por 100 para 2010, del 1,70 por 100 para 2011 y del 1,30 por 100 en 2012, siempre y cuando presenten planes económico-financieros de reequilibrio.

Todas las Comunidades Autónomas, con carácter general, y tras el informe favorable del Consejo de Política Fiscal y Financiera celebrado el pasado 7 de octubre, han manifestado su intención de hacer uso de esta posibilidad reconocida en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 19 de junio, por lo que los objetivos individuales de déficit también quedan establecidos en el 2,5 por 100 para 2010, del 1,70 por 100 para 2011 y del 1,30 por 100 en 2012.


Interior

MODIFICADOS LOS REGLAMENTOS DE SEGURIDAD PRIVADA Y DE ARMAS

  • Los buques de bandera española podrán contar con seguridad privada que utilice el armamento adecuado.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica los artículos 81 y 86 del Reglamento de Seguridad Privada, del 9 de diciembre de 1944, y los artículos 6 y 124 del Reglamento de Armas, del 29 de enero de 1993, para permitir que la prestación de seguridad a bordo de los buques de bandera española que se encuentren fuera de nuestras aguas territoriales y en situaciones de especial riesgo para personas y bienes, pueda ser prestada por el personal de las empresas de seguridad, mediante la utilización del armamento adecuado para cumplir eficazmente con los cometidos de protección y de prevención.

Dentro del artículo 81 del Reglamento de Seguridad Privada, un nuevo apartado permite prestar servicios de seguridad con armas en los buques mercantes y pesqueros que naveguen bajo bandera española, en aguas en las que exista grave riesgo para la seguridad de las personas y de los bienes. Otro nuevo apartado en el artículo 86 establece que los vigilantes de seguridad privada, en supuestos excepcionales a los que se hace referencia en el artículo 81, podrán portar y usar armas de guerra para garantizar la protección de las personas y bienes, previniendo y repeliendo ataques, con las características, en las condiciones y con los requisitos que se determinen de manera conjunta por los Ministerios de Defensa y del Interior.

La modificación del artículo 6 del Reglamento de Armas conlleva el establecimiento, a propuesta conjunta de los citados Ministerios, de los términos y condiciones para la tenencia, control, utilización y, en su caso, adquisición por las empresas de seguridad privada de armas de guerra, así como las características de estas últimas. También se modifica el artículo 124 y se amplía la cobertura de la Licencia de Armas de tipo C para las armas de guerra que se utilicen en la prestación de los servicios de seguridad privada en los buques.


Política Territorial

CONSEJO PARA LA DINAMIZACIÓN ECONÓMICA Y DEL EMPLEO EN LA ZONA DE INFLUENCIA DE LA CENTRAL NUCLEAR DE GAROÑA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se crea el Consejo para la dinamización económica y del empleo en la zona de influencia de la central nuclear de Garoña.

El acuerdo está respaldado por los Ministerios de Economía y Hacienda; Fomento; Trabajo e Inmigración; Industria, Turismo y Comercio; Medio Ambiente y Medio Rural y Marino; Presidencia y Ciencia e Innovación, y forma parte del Plan de dinamización de la zona impulsado por el Gobierno.

El Consejo aprobado hoy depende de la Vicepresidencia tercera del Gobierno y es el organismo encargado de coordinar las actuaciones de las Administraciones públicas y los agentes implicados en la ejecución del plan y de impulsar la ejecución de las medidas incluidas en el Plan.

La composición del Consejo es la siguiente:

  • Presidente, el Secretario de Estado de Política Territorial.
  • Ocho vocales de la Administración General del Estado.
  • El Delegado del Gobierno de Castilla y León
  • El Subdelegado del Gobierno de Burgos.
  • Dos vocales de la Junta de Castila y León.
  • El Presidente de la Diputación de Burgos.
  • Dos vocales en representación de los municipios de la zona.
  • Dos vocales en representación de las organizaciones empresariales de la zona, uno designado por la CEOE y otro por la Cámara de Comercio e Industria de Burgos.
  • Dos vocales de las organizaciones sindicales más representativas en la Comunidad Autónoma.


Cultura

NUEVO ESTATUTO DE LA BIBLIOTECA NACIONAL

  • Cambia su actual denominación por la de Biblioteca Nacional de España, para una mejor identificación en los foros internacionales.
  • Se incorporan a su Patronato un representante de las Comunidades Autónomas y otro de las Universidades.

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el nuevo Estatuto de la Biblioteca Nacional, con el que se crea un nuevo marco organizativo y de funcionamiento que permitirá a este Organismo Autónomo, adscrito al Ministerio de Cultura, cumplir sus funciones de forma eficaz.

El vigente Estatuto de la Biblioteca Nacional de España fue aprobado en octubre de 1991 y con posterioridad a esta fecha experimentó diferentes modificaciones, la última de las cuales se produjo en diciembre de 2005. Desde entonces, la Biblioteca Nacional ha experimentado una evolución acorde con la demanda creciente de servicios por parte de los ciudadanos. Así, ha reforzado su oferta y su orientación al público a través de una renovación de los servicios al usuario, con exposiciones y actividades culturales y didácticas, y el más amplio acceso a todos sus fondos, incluyendo los contenidos digitales en línea. Igualmente, se ha convertido en un centro de referencia fundamental para la cultura hispánica por medio de su participación en proyectos de innovación y desarrollo nacional e internacional, y por su contribución a la difusión y conocimiento del patrimonio bibliográfico y documental español.

Principales novedades

Los cambios que se introducen afectan, en primer lugar, a la denominación de la Biblioteca Nacional que pasa a denominarse Biblioteca Nacional de España para una mejor identificación en los foros y organizaciones internacionales, donde concurre con bibliotecas nacionales de otros países.

En segundo lugar, se incorporan como nuevos miembros natos al Real Patronato, el más alto órgano consultivo de la Biblioteca, el vicepresidente segundo de la Conferencia Sectorial de Cultura, para garantizar la representación de las Comunidades Autónomas; el presidente de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas y el presidente de la Sociedad Estatal de Conmemoraciones Culturales.

Como novedad, se modifica el procedimiento del nombramiento del director general, que será nombrado por Real Decreto, acordado en Consejo de Ministros a propuesta del titular del Ministerio de Cultura, previa consulta al Real Patronato y atendiendo a criterios de competencia profesional en el área de bibliotecas y gestión cultural.

El nuevo estatuto amplía las funciones de competencia de la Dirección General debido a las nuevas actividades que actualmente desarrolla la Biblioteca Nacional de España, tanto en materia de participación en programas y proyectos nacionales e internacionales de cooperación bibliotecaria, como en materia de contribución normativa, particularmente en

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