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¿Hasta dónde llegan las condenas por calumnias?

¿Hasta dónde llegan las condenas por calumnias?

miércoles 13 de enero de 2010, 21:38h
Este jueves hemos conocido que una juez de Toledo ha impuesto una fianza de 10.000 euros al alcalde de Seseña, Manuel Fuentes, con el fin de asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran serle impuestas por un supuesto delito de calumnias contra el constructor conocido como 'El Pocero'. Por cierto que el miércoles, por un error informático en el texto del auto judicial, se habló de la escandalosa cifra de 1 millón de euros.

Pero, ¿hasta dónde podría llegar la condena, en caso de ser finalmente considerado culpable de imputar falsamente el delito de estafa a Francisco Hernando?

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal dice textualmente:
Artículo 205.
Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
Artículo 206.
Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.
Artículo 207.
El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.

Repasando otros casos mediáticos hemos encontrado que las condenas económicas e indemnizaciones por delitos de calumnias no se han acercado en ningún caso al millón de euros solicitado al alcalde de Seseña.

Caso Antena 3 y la farmacéutica de Olot: 500.000 euros

En septiembre de 2004, el juzgado de lo penal número 3 de Madrid condenó a la cadena de televisión Antena 3 a indemnizar con 500.000 euros a la farmacéutia de Olot Maria Angels Feliu por la injurias y calumnias vertidas en el programa de la cadena 'La sonrisa del Pelícano' en noviembre de 1997 donde se difundió reiteradamente la teoría de que su secuestro se trataba en realidad de un "autosecuestro".



R. Menéndez, G. Bleda y Pedro J. Ramírez: 180.000 euros


En el año 2003, la Audiencia de Madrid condenó al abogado Emilio Rodríguez Menéndez y al ex director del desaparecido diario 'Ya' José Javier Gómez Bleda por delitos de calumnias e injurias graves al director de El Mundo, Pedro J. Ramírez, por pretender "hundir en el más absoluto desprestigio personal y profesional de forma deliberada e inveraz". La indemnización por daños morales a Pedro J. Ramírez se fijó en 180.000 euros. La Sala estimaba "un menoscabo en la fama y dignidad de cualquier ciudadano que pudiera leer en la prensa escrita, en un diario bien conocido en la fecha, un texto con interpelaciones directas y personales al ofendido" sobre prácticas homosexuales con menores, excusándose en hacerse eco de un rumor.

 La Audiencia impuso además unas multas por delitos de calumnias e injurias que ascendían a 12.960 euros en el caso de Emilio Rodríguez Menéndez  y de 2.160 euros  a José Javier Gómez Bleda.

Caso Alcàsser : 5 millones de pesetas y condena de prisión


En el año 2001, el Juzgado de lo Penal número 10 de Madrid condenó a Ignacio Blanco Durán, un colaborador de Pepe Navarro del programa 'Esta noche cruzamos el Mississippi', a una pena de seis meses de prisión e inhabilitación por un delito de calumnias al coronel de la Guardia Civil Antonio Carrascosa, uno de los investigadores del caso Alcàsser por acusarle falsamente de haber sustraído pruebas del sumario. Además se impuso al acusado una multa de cinco millones de pesetas por "temerario desprecio hacia la verdad".

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