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Un fallo 'inejecutable'

Un fallo "inejecutable"

Leer la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ, publicada el pasado lunes 17, y entender la confusión que la misma causó en la opinión pública, recogida en los titulares de la prensa del día siguiente, son dos cosas iguales. Como se recordará el 1 de septiembre del año en curso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos falló a favor del exalcalde del municipio Chacao, Leopoldo López. En aquella decisión se  le ordenaba  al Estado venezolano, entre otras obligaciones: 1.- Asegurar a través de los órganos competentes, y particularmente del Consejo Nacional Electora, que las sanciones de inhabilitación no constituyeran impedimento alguno para la postulación del ciudadano López Mendoza en el evento electoral en que desee inscribirse, con posterioridad a la sentencia y 2.- Dejar sin efecto las Resoluciones de 24 de agosto de 2005 y 26 de septiembre de 2005 emitidas por el Contralor General de la República, mediante las cuales declaró la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas de Leopoldo López por un periodo de 3 y 6 años, respectivamente. Es obvio que para un gobierno que como el actual, ha venido regodeándose en su ejercicio de la soberanía, recordándole todo el tiempo al pueblo venezolano que ahora si es soberano y libre, y jactándose además de que es revolucionario y no obedece al imperio, una decisión como la de la Corte Interamericana es difícil de acatar y más aun de cumplir. De ahí la multiplicidad de  declaraciones de diferentes representantes del  sector oficial, durante este último mes y medio, cacareando que la sentencia de la Corte Interamericana atentaba contar la soberanía nacional, la constitucional, la del pueblo, la de mas nadie, etc., y que ya dejaban entrever lo que el TSJ podía concluir. No obstante, para el gobierno tampoco era fácil hacer a un lado el mandato de la Corte Interamericana y mucho menos desobedeciéndola de manera descarada y directa. Por esta razón, la confusa y contradictoria sentencia de la Sala Constitucional, pareciera una manera, sino elegante, al menos práctica, de seguir ejerciendo la soberanía patria y, por otro lado, hacer aquello de "darle un tiro al gobierno y otro a al revolución" que, aun que en este caso son lo mismo, significa cumplir la sentencia de la Corte Interamericana, desconociéndola al mismo tiempo. Ello "explica", por que la Sala Constitucional declara "inejecutable", por cierto, una palabra que no existe en el diccionario, el fallo de la Corte Interamericana, es decir, que no aplica al caso de Leopoldo López, mientras que  reconoce, a la vez, sus derechos políticos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.  O dicho de otro modo, el TSJ venezolano le dice a la Corte Interamericana que nunca se han desconocido los derechos políticos, tanto activos como pasivos, del exalcalde caraqueño, pues la inhabilitación dictada por la Contraloría General de la Republica en el año 2005, es de carácter administrativo, no político, y que por ende, los derechos políticos nunca estuvieron afectados. Se trata en la sentencia del máximo tribunal patrio, establecer diferencias inexistentes, entre la inhabilitación administrativa y la política " la inhabilitación administrativa difiere de la inhabilitación política, en tanto y en cuanto la primera de ellas sólo está dirigida a impedir temporalmente el ejercicio de la función pública, como un mecanismo de garantía de la ética pública y no le impide participar en cualquier evento político que se realice al interior de su partido o que convoque la llamada Mesa de la Unidad Democrática". Se olvida, que el Art. 65 de la Constitución Nacional es claro y preciso al respecto.  La Sala Constitucional pretende jugar con la Corte Interamericana, jugando con las palabras; juega con la ética, con el derecho, con nosotros. ¡Juega un juego muy peligroso!       [email protected]