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Quemar un retrato de los Reyes incita 'a la violencia o al odio hacia la Corona'
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(Foto: efe)

Quemar un retrato de los Reyes incita "a la violencia o al odio hacia la Corona"

> El Constitucional señala que la libertad de expresión no ampara esta acción

viernes 31 de julio de 2015, 16:39h
El Constitucional rechaza un recurso de Amparo de dos jóvenes que fueron condenados por un delito de injurias a la Corona por la quema de un retrato oficial de los Reyes en el año 2007. El tribunal considera que este acto no está amparado bajo la libertad de expresión y que incitan "al odio" hacia dicha institución. Justifica su decisión en la recomendación del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de castigar las formas de expresión que se basen en la intolerancia.
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha determinado que la quema del retrato de los Reyes no está amparada por el derecho a la libertad de expresión, aunque la Corona no está excluida de la crítica. Con este argumento, el tribunal de garantías ha denegado el amparo a dos personas que en 2008 fueron condenados por la Audiencia Nacional como autores de un delito de injurias a la Corona.

Los hechos ocurrieron el 13 de septiembre de 2007 cuando, tras una manifestación de protesta por la visita de los Reyes a Gerona, dos hombres con el rostro cubierto quemaron una fotografía oficial de don Juan Carlos y doña Sofía. Jaume Roura Capellera y Enric Stern Taulats, que fueron condenados a 15 meses de prisión por un delito de injurias a la Corona, aunque la pena fue luego sustituida por una multa, recurrieron al Constitucional al alegar que su condena había vulnerado su libertad de expresión en relación con su libertad ideológica.

Tras recordar que la Constitución no reconoce el "derecho al insulto", y que el Tribunal Europeo de Derecho Humanos (TEDH) considera necesario sancionar las formas de expresión que inciten al odio basado en la intolerancia, el TC considera que la quema de un retrato oficial incita "a la violencia o al odio hacia la Corona" según las circunstancias del caso.

Según el Constitucional, los condenados actuaron "de manera premeditada", ya que los sucesos de Gerona fueron "fruto de una actividad diseñada de antemano y orientada a mostrar el mayor grado de hostilidad frente a la institución de la Corona". "Aunque no consta que se produjeran incidentes de orden público, la connotación destructiva que comporta la quema de la fotografía de los Reyes es innegable y, por ello, tal acción pudo suscitar entre los presentes reacciones violentas", según la sentencia.

Para el Constitucional, la actuación de los condenados minaba la confianza en las instituciones democráticas y avivaba "el sentimiento de desprecio o incluso de odio hacia los Reyes y la institución que representan", además que supuso exponerlos "a un posible riesgo de violencia". La sentencia ha contado con votos particulares de varios magistrados contrarios a la confirmación de la condena: la vicepresidenta Adela Asua, y los magistrados Fernando Valdés, Juan Antonio Xiol y Encarnación Roca.
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