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Rumbo a la Democracia, agrupación en busca de su registro

Tira TEPJF negativa del IFE a registrar otro partido

Tira TEPJF negativa del IFE a registrar otro partido

viernes 01 de agosto de 2008, 03:03h

La Sala Superior del TEPJF revocó la resolución del IFE por el que se negó el registro como partido a la Agrupación Política Nacional (APN) Rumbo a la Democracia, al considerar que el argumento de la intervención gremial en la creación del instituto político no fue debidamente acreditado.

El tribunal no encontró debidamente probado que la presencia del líder de dos sindicatos y presidente de la APN, Rodolfo Bastidas Marín, o las organizaciones gremiales que representan, hayan sido determinantes para conformar el partido político en formación.

En sesión pública los magistrados avalaron por cuatro votos en favor y dos en contra el proyecto de sentencia formulado por José Alejandro Luna Ramos en el que se revocó la resolución y se regresó el expediente otorgando un plazo de 15 días naturales, con libertad de jurisdicción, para emitir una nueva.

La magistrada presidenta de la Sala Superior, María del Carmen Alanís Figueroa, aclaró que con su sentencia el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no está ordenando al IFE otorgar el registro a Rumbo a la Democracia.

Detalló que lo que está haciendo es devolverle el expediente para que lo motive y sea exhaustivo en la investigación, el caudal probatorio y determine lo que a derecho proceda.

Para combatir la resolución emitida por el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) el pasado 27 de junio se presentaron 594 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (JDC) y un recurso de apelación, que fueron acumulados al juicio 514/2008.

El TEPJF consideró infundados los agravios en los que se alega que la autoridad aplicó de manera retroactiva la prohibición constitucional que impide la participación de organizaciones gremiales en la constitución de partidos políticos.

En cambio se consideraron sustancialmente fundados los agravios relativos a la supuesta injerencia sindical o gremial que tuvo por acreditada el IFE para concluir la existencia de una situación anómala que impidiera otorgar el registro al partido en formación.

Los votos en contra fueron de los magistrados Manuel González Oropeza y Constancio Carrasco Daza, quienes consideraron que había elementos para establecer la intervención gremial en la conformación del partido en formación lo que a su juicio es contrario al Artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

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