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El Constitucional suspende la investidura de Puigdemont por la 'urgencia excepcional'
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El Constitucional suspende la investidura de Puigdemont por la "urgencia excepcional"

lunes 29 de enero de 2018, 17:07h
El Tribunal Constitucional fijó el sábado una serie de medidas cautelares para suspender la investidura de Carles Puigdemont, tal y como solicitó el Gobierno mediante un recurso presentado que desoía la opinión del Consejo de Estado. El Constitucional reconoce ahora que debido a la inexistencia de precente alguno, actuó "por razones de urgencia excepcional para adoptar la medida solicitada por el Gobierno".
En su auto, el Tribunal Constitucional sostiene que "no siendo posible adoptar de modo inmediato la decisión sobre la admisión o la inadmisión de la impugnación, se aprecian razones de urgencia para adoptar la medida solicitada por el Gobierno", de forma que se suspende la investidura de Puigdemont.

"Por razones de urgencia excepcional, el tribunal fija como medida cautelar, tras la ponderación de los distintos intereses en conflicto, la suspensión de aquellos efectos que se deriven de los actos impugnados que puedan causar daños de imposible o difícil reparación, garantizando que si finalmente se decide la admisión de la impugnación quede preservada la prerrogativa del Gobierno", reza el auto.

El Constitucional considera necesario "dar audiencia a las partes personadas y al Parlamento de Cataluña antes de decidir sobre su admisión o inadmisión", pero insiste en la necesidad de suspender cualquier sesión de investidura que no sea presencial y que no cumpla las siguientes condiciones:

- No podrá celebrarse el debate y la votación de investidura de Carles Puigdemont como candidato a Presidente de la Generalidad a través de medios telemáticos ni por sustitución por otro parlamentario.

- No podrá procederse a la investidura del candidato sin la pertinente autorización judicial, aunque comparezca personalmente en la Cámara, si está vigente una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión.

- Los miembros de la Cámara sobre los que pese una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión no podrán delegar el voto en otros parlamentarios.

El Constitucional otorga un plazo de 10 días para que todas las partes "aleguen lo que consideren conveniente" sobre la admisión de la impugnación solicitada por el Gobierno.

Este auto ha sido remitido al presidente del Parlament, Roger Torrent y a la Mesa del Parlament, a quienes se advierte de "su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir las medidas cautelares adoptadas. En particular, de que se abstengan de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación alguna que permita proceder a un debate de investidura de Carles Puigdemont como candidato".

El tribunal advierte a Torrent y a la Mesa de las "responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento".
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