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Amplían la denuncia argumentando que tampoco cumple el derecho europeo

La reformada 'Ley Antidesahucios' del Gobierno también tendrá su batalla europea

La reformada 'Ley Antidesahucios' del Gobierno también tendrá su batalla europea

viernes 13 de septiembre de 2013, 18:17h
El Gobierno aprobó el proyecto de Ley Antidesahucios -con el único apoyo del PP y el rechazo incluso de los promotores de la ILP-, para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de la Unión Europeo que consideraba la legislación nacional demasiado rígida y abusiva para los consumidores. Sin embargo, esa reforma no convenció: el PSOE presentó en agosto un recurso ante el Constitucional y ahora Navas & Cusí anuncian una ampliación de su denuncia contra España presentada ante la Comisión Europea el pasado 29 de mayo porque consideran que la Ley 1/2013 de 14 mayo conocida como 'ley antideshaucios' no resuelve el problema y por tanto también infringe la legislación europea.
El despacho de abogados Navas & Cusí ha anunciado que el pasado 30 de agosto amplió la denuncia contra España presentada ante la Comisión Europea el pasado 29 de mayo. En dicha ampliación, aclararon a la Comisión que la Ley 1/2013 de 14 mayo -conocida como 'ley antideshaucios'- tampoco responde a las exigencias del Derecho Comunitario, pues consideran que no garantiza la efectiva protección de los consumidores y usuarios, incumpliendo así la Directiva 93/13/CEE de derechos del consumidor y usuario.

En la queja presentada ante la Comisión el pasado 29 de mayo, se denunciaba que la trasposición de la Directiva fue tardía y defectuosa, no habiendo dado el ordenamiento jurídico español una adecuada respuesta a las exigencias de la misma. Pero es que la Ley 1/2013, de 14 de mayo tampoco resuelve el problema. "Si bien mejora la situación anterior, tampoco la resuelve", explica Navas & Cusí en un comunicado. 

Es más, consideran que ni siquiera responde a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de marzo de 2013 (Caso Mohammed Aziz) al no permitir al juez suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria hasta que se resuelva acerca del posible carácter abusivo de las cláusulas de la Escritura de Préstamo con Garantía Hipotecaria. De este modo, se permite la continuación de la ejecución con la rectificación de la suma por la que se ejecuta infringiéndose así el principio de efectividad de la Directiva, según sus argumentos.

"Los jueces siguen teniendo las manos atadas, no pudiendo garantizar efectivamente los Derechos de consumidores y usuarios en el marco del proceso de ejecución hipotecaria", lamenta Juan Ignacio Navas, socio director del bufete Navas & Cusí.

Dicha capacidad está expresamente limitada por el art. 561.1. 3º de la LEC, al no prever el mismo que el Juez pueda suspender la ejecución hipotecaria e iniciar un procedimiento declarativo para conocer del carácter abusivo de las cláusulas. De apreciar el Juez el carácter abusivo de una o varias cláusulas, tan sólo podrá declarar la improcedencia de la ejecución o seguir con la ejecución sin aplicación de las cláusulas que considere abusivas.

Precisamente el abogado de Mohamed Aziz reclamó del magistrado español Fernández Feijóo que elevara una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo. "Le vino a preguntar si la legislación española limitaba las facultades del Juez hasta incumplir el Derecho Comunitario, y Luxemburgo le responde que sí, que la legislación española es excesivamente rígida, no garantizando una verdadera protección de los consumidores y usuarios en procedimientos de ejecución hipotecaria", explica Navas.

El problema, según este despacho de abogados, es que la 'ley antidesahucios' aprobada un mes más tarde no resuelve esta dificultad. "Se está quebrando el principio de efectividad de la directiva comunitaria en la defensa del derecho del consumidor y usuario", señala Navas en su escrito ante la Comisión.Por todo ello, el bufete Navas & Cusí ha querido adelantarse a una posible respuesta española a la denuncia presentada y aclara a la Comisión que tampoco la Ley 1/2013 cumple fehaciente y efectivamente la letra y el espíritu de la legislación comunitaria.


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