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Nueva Rumasa sigue generando problemas con la CNMV en sus pagarés

Nueva Rumasa sigue generando problemas con la CNMV en sus pagarés

miércoles 21 de abril de 2010, 05:52h

En el comunicado que se puede consultar en la página web del supervisor bursátil (www.cnmv.es), recuerda que dentro de las medidas aprobadas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, el pasado 14 de abril entró en vigor una modificación de la Ley del Mercado de Valores. Con ese cambio, desde entonces se exige que en las colocaciones de emisiones dirigidas al público en general "empleando cualquier forma de comunicación publicitaria" debe intervenir una entidad autorizada para prestar servicios de inversión para la venta de los valores emitidos.

Y así debería suceder en la nueva emisión de pagarés de la entidad José María Ruiz-Mateos, publicitada a través de la sociedad Nueva Rumasa después de la entrada en vigor de dicho real decreto-ley. La empresa de la familia Ruiz-Mateos sigue intentando hacerse con hasta un 29,9% de Sos. Nueva Rumasa ha subido de 3 a 3,5 euros por título su propuesta, aunque mantiene las mismas condiciones de pago. Las condiciones son  abonar un 10% en el momento que se ejecute la operación y el 90% restante en 10 anualidades a computar desde la fecha de la transmisión.

Nueva Rumasa explica que esta parte del precio aplazada se remunerará al 1,5%, "por lo que el valor presente del precio por acción ofertado, aplicando una tasa de descuento del 4% es de aproximadamente 3,01 euros". La empresa, además, anunció por segunda vez que amplía el plazo de vigencia de la propuesta hasta el 13 de mayo de 2010.

El grupo ha captado 100 millones de euros con las tres primeras emisiones de pagarés que ha lanzado en el último año. La cuarta emisión, por valor de otros 70 millones de euros y cuyo periodo de suscripción se cerró hace quince días, ha coincidido con la oferta de compra por el 29,9% de SOS. El grupo familiar espera cerrar 2010 con una facturación de 1.494 millones de euros.

Por lo tanto, el intermediario financiero que intervenga en la suscripción de los valores será responsable de que la información facilitada a sus clientes, o potenciales clientes, sea "imparcial, clara y no engañosa". Con ese fin, deberá proporcionar una explicación de las características y riesgos inherentes del valor comercializado, así como de la situación jurídica y económico-financiera del emisor, de una manera "suficientemente detallada" para permitir que el inversor pueda tomar una decisión fundada sobre su inversión.

Acreditación

Por ello, en atención al principio de protección, la CNMV ve "oportuno" informar a los inversores interesados de que sólo deben cursar órdenes de suscripción de tales valores a través de intermediarios financieros "debidamente acreditados". Y además, añade que la compra sólo se debería hacer después de que dichos intermediarios les hayan informado, según lo previsto en la normativa vigente, de las características y riesgos de los valores.

A este respecto, las entidades autorizadas que intervengan en la comercialización, ya sean empresas de servicios de inversión o entidades de crédito, estarán sujetas a las normas de conducta de la Ley del Mercado de Valores. Entre estas normas se incluyen la obligación de transparencia, información a la clientela, así como la evaluación de la conveniencia o idoneidad de la inversión, cuando proceda.


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