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Carta de tres magistradas a la víctima de 'La Manada'
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(Foto: MDO)

Carta de tres magistradas a la víctima de 'La Manada'

domingo 06 de mayo de 2018, 19:28h
Dalila Dopazo, magistrada en Lugo, Nekane San Miguel, magistrada en Bilbao, y Angels Vivas, magistrada en Barcelona, han firmado una carta conjunta dirigida a la joven madrileña que fue víctima de 'La Manada' en los Sanfermines de 2016.

En la carta pública, difundida por 'Viento Sur', las tres juezas dan su propia lectura sobre la sentencia haciendo hincapié en que el tribunal (por dos votos a uno) sí dio por válida la reconstrucción de los hechos que dio la joven, la creyó -a pesar de que las manifestaciones feministas coreen eslóganes de 'Yo sí te creo'-, y pese a los intentos de culpabilizarla de las defensas de 'La Manada'. Tampoco consideran que el texto deje indefensas a las mujeres porque individualiza las distintas reacciones que puede tener cada persona ante un ataque.

No obstante, la condena no fue acorde a los propios hechos probados que se relatan en la sentencia, afirman las juezas. En la resolución aparece como probado que ella no dio su consentimiento y que pasó miedo, es decir, fue intimidada -consideran las magistradas- pese a que no utilizara la fuerza para defenderse de los cinco hombres que la estaban atacando en un portal. Este último matiz, el de la intimidación, es el que no apreciaron los jueces de la Audiencia Provincial de Navarra. Un matiz que rebajó la condena de violación -más de 22 años de prisión solicitó la Fiscalía por este delito continuado-, a un delito de abusos sexuales -9 años de prisión-.

Violación y no abusos sexuales

"La gente ha protestado porque han considerado que estamos ante una violación, y en esto sí estamos de acuerdo. Desde un examen técnico, jurídico, violar (en el Código Penal) es utilizar fuerza, violencia contra la persona violada, y/o intimidarla para acceder sexualmente a ella. Intimidar a alguien es meterle miedo, y es verdad que el miedo es muy subjetivo (unas personas lo tienen rápido y otras no) pero en nuestro trabajo de juzgar debemos examinar qué datos objetivos, probados, han resultado en el juicio. En tu caso, los datos objetivos sustentan, refuerzan y asientan la idea, clara y que pocas explicaciones merece, que en el portal de la calle… En lo que describiste (te han creído y te creemos) cualquier persona sentiría miedo y ante el miedo, cada persona reacciona de modo distinto y tú reaccionaste como pudiste en aquel momento. Y esto no te hace culpable de nada, pese a que las defensas trataron de desplazar la responsabilidad y la culpa a tu persona, como ocurre con frecuencia, cuando nos recuerdan que somos nosotras las provocadoras de todo lo que nos hacen (no nos pasa sin más). ¡¡¡Que no se te pase por la cabeza ni un ápice de culpa!!!", manifiestan las tres juezas.

9 años no son pocos, pero debieron ser más

"Dice la gente que la violación les ha salido gratis: nueve años de cárcel no es ninguna tontería, pero sí creemos que la pena debió ser mayor porque (ya lo hemos dicho) debió calificarse y castigarse como violación. Además, en la sentencia se declaran probados otros hechos, otros ingredientes que hacen más grave el delito, y por ello, la respuesta del sistema penal debió ser más elevada. La sentencia, por tres veces, explica que cuando uno de los acusados te quitó el móvil no era con la intención de robarte, sino de dejarte desamparada, sin que pudieras pedir ayuda, para que tardaras en reaccionar, para humillarte aún más…, y eso no es un robo; eso es mucho más grave, mucho más indigno…, al igual que el hecho de que grabasen en vídeo y difundieran la violación, pero principios procesales impidieron al tribunal ir más allá", añaden.

Sexismo en el Código Penal

Asimismo, las tres juristas hacen una crítica al léxico sexista utilizado en el Código Penal para referirse a las relaciones sexuales no consentidas.
Dopazo, San Miguel y Vivas argumentan que la palabra abuso "parte de la idea de que las mujeres seguimos siendo objetos para servir al placer del hombre, y que solo si se exceden los hombres en ese uso, se les castiga, pero solo si se exceden".

"Quienes firmamos esta carta hemos mantenido que las palabras son muy importantes; son un método para comunicar ideas, emociones, deseos. Si se describen unos hechos probados como los que hemos leído, es imposible que la gente esté conforme con llamar abuso (al margen de la calificación técnico-jurídica) a esos hechos", añaden.

Voto particular

"No vamos a comentar el voto particular; todo acto de juzgar tiene una carga de subjetividad, y sabemos que cuando escribimos una sentencia nos retratamos", escriben someramente. Eso sí, reclaman un lenguaje respetuoso en las resoluciones, en clara alusión a las palabras de Ricardo González en torno al ambiente de "jolgorio y regocijo" que apreció en los vídeos, base sobre la que asentó su petición de absolución de los acusados.

Agradecimiento a la víctima

Por último, las magistradas dan gracias a la víctima por la valentía de su denuncia y su modo de proceder en el juicio. "Estamos seguras de que ha tenido que ser duro, muy duro estar en el centro de esta vorágine, y resistir como lo has hecho (también es algo que adivinamos) porque suponemos que, en más de una ocasión, durante estos largos meses, habrás pensado si no hubiera sido mejor para ti el haberte ido de Pamplona cuando llegó tu madre a recogerte, y no pasar por el Juzgado, pese a que las dos fuisteis conscientes de lo que te habían hecho unos hombres que piensan y tratan a las mujeres como mero objeto", concluyen.

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