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El Constitucional recuerda a las Cortes que "no son inmunes" a la Constitución

Tribunal Constitucional
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Tribunal Constitucional (Foto: Tribunal Constitucional)
Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
miércoles 28 de diciembre de 2022, 19:59h

La decisión del Constitucional de paralizar la votación en el Senado sobre la normativa que cambiaba el sistema de elección de los candidatos a ese mismo tribunal por parte del CGPJ generó una gran polémica.

Algo que no había ocurrido antes y que ha desembocado en una crisis institucional sin precedentes.

Ahora el Alto Tribunal ha hecho públicos los argumentos por los que decidió aceptar el recurso de amparo del PP y las medidas cautelarísimas contra la reforma penal.

Según recoge RTVE, los magistrados indicaron que las 2 enmiendas del PSOE y Unidas Podemos excedían "los márgenes constitucionales" y han recordado que ningún poder público "está al margen de la Carta Magna" o sea "inmune" a ella.

Han subrayado que las recusaciones han sido planteadas "solo" respecto de 2 de los 4magistrados que tienen el mandato caducado y que serán cesados tras la renovación parcial del órgano. En este sentido, considera que la petición tiene un "carácter abusivo" y que por ello debe "inadmitirse".

Cabe destacar también que el auto cuenta con los votos particulares del sector progresista, quienes votaron en contra de aceptar el recurso del PP y de paralizar la tramitación de la reforma que el Congreso ya había aprobado.

Este bloque considera que el auto emitido fue una "interferencia" en el poder legislativo, pero la votación finalmente salió favorable para los conservadores.

"Limitar la actuación del legislador"

En el auto aprobado en votación, los magistrados defienden y justifican su decisión señalando que son responsables de "limitar la actuación del legislador cuando este exceda los márgenes constitucionales".

Por ello, recalca, decidieron aceptar las medidas solicitadas por el PP, que se quejaban de que sus derechos políticos estaban siendo socavados al no poder debatir la cuestión en profundidad debido a la forma elegida de tramitación de la normativa.

Han remarcado que "la centralidad de las Cortes Generales en nuestro Estado constitucional no significa que el ejercicio de sus poderes esté exento o liberado de subordinación a la Constitución".

Por ello ha insistido en que las Cortes "deben respetar los límites materiales y formales" que establece la Constitución y el TC es el encargado de velar porque así se cumpla.

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