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El Constitucional suspende la ley que limitaba el derecho a la eutanasia de los discapacitados tutelados en Madrid

El Constitucional suspende la ley que limitaba el derecho a la eutanasia de los discapacitados tutelados en Madrid
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(Foto: Pixabay)
martes 06 de junio de 2023, 17:25h

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido provisionalmente la norma impulsada por la Comunidad de Madrid que imponía la obligación de recabar autorización judicial para aplicar la eutanasia a personas con discapacidad tuteladas, suspendiendo este precepto con carácter cautelar hasta que se resuelva el fondo del asunto, según ha informado la corte de garantías.

La corte de garantías ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno central contra la disposición adicional segunda de la ley de la Comunidad Autónoma de Madrid 15 de febrero de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad.

Dado que el Ejecutivo invocó el artículo 161.2 de la Constitución que permite la suspensión automática de la norma impugnada, el tribunal suspende la aplicación de disposición autonómica y abre un plazo de 5 meses para resolver el fondo de la cuestión.

El Gobierno alegó que podría vulnerar competencias del Estado

La norma de la Comunidad de Madrid añade un nuevo procedimiento de jurisdicción voluntaria en la solicitud de autorización judicial para tomar medidas que afecten al derecho a la vida de una persona con discapacidad.

En concreto, establece que "cuando se pretenda llevar a cabo cualquier actuación que afecte al derecho a la vida de la persona con discapacidad a la que se haya provisto de un apoyo de carácter representativo para el ejercicio de la capacidad jurídica o se determine de manera expresa en la resolución que estableció el apoyo, se tramitará un procedimiento de jurisdicción voluntaria para la solicitud de autorización judicial".

El pasado 9 de mayo, la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, explicó en rueda de prensa que el Ejecutivo recurriría la citada disposición al considerar que "limita" el derecho a la eutanasia de las personas con discapacidad tuteladas por la Comunidad de Madrid.

El Gobierno alegó que podría vulnerar las competencias del Estado sobre legislación civil y procesal al establecer requisitos para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad que no contemplan estas legislaciones.

Asimismo, sostuvo que podría vulnerar la reserva de la ley orgánica por regular requisitos adicionales y distintos a los previstos en la ley de la eutanasia, que ya fue avalada por el TC, así como el principio de seguridad jurídica.

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