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La justicia
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La justicia (Foto: Pexels)

Un padre consigue dejar de pagar la pensión a su hija de 23 años: ya había terminado estudios y trabajaba

martes 01 de julio de 2025, 13:08h

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dado la razón a un padre que solicitaba la extinción de la obligación de pagar una pensión alimenticia de 624,60 euros mensuales para su hija de 23 años, así como los gastos extraordinarios asociados.

La joven había concluido sus estudios y además había obtenido un empleo relacionado con su formación académica. Un juzgado de Zaragoza inicialmente aceptó la demanda paterna, pero la Audiencia Provincial revocó dicha decisión.

En su recurso ante el tribunal superior, el padre argumentó que su hija había completado el Bachillerato y posteriormente cursado un Grado Superior en Higiene Bucodental. Tras superar esta etapa, fue contratada de manera indefinida y a jornada completa.

Sin embargo, 8 meses después decidió rescindir voluntariamente su contrato para iniciar estudios universitarios de Odontología. El progenitor consideraba que este nuevo rumbo académico, junto con el hecho de haber encontrado un empleo acorde a su perfil profesional, justificaba la extinción de la pensión fijada en primera instancia.

No se cumplieron los requisitos

Profesional de higiene dentalLa Audiencia Provincial rechazó los argumentos del padre al entender que la joven aún no había concluido su formación académica ni alcanzado una autonomía económica plena. Según el tribunal, realizar un Grado Superior con el objetivo de acceder a la universidad no puede interpretarse como el final de la etapa formativa cuando existe evidencia de que un año después se matriculó en estudios universitarios. Esto, según el órgano judicial, demostraba su intención de continuar su desarrollo académico.

Además, respecto al trabajo remunerado que la joven había desempeñado y posteriormente abandonado, el tribunal señaló que esto no impedía seguir percibiendo la pensión alimenticia. “Desarrollar trabajos temporales no es óbice para mantener el derecho a recibir la ayuda económica”, afirmaron los magistrados.

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Aragón recordaron que el artículo 69 del Código de Derecho Foral de Aragón (CDFA) establece 3 requisitos clave para mantener la obligación de pago de la pensión alimenticia: que el hijo no haya completado su formación profesional, que carezca de recursos propios suficientes y que no haya alcanzado los 26 años, salvo excepciones convencionales o judiciales.

No obstante, los jueces destacaron que la norma no impone la obligación de financiar cualquier nivel formativo que los hijos deseen alcanzar, como podría ser el universitario. En cambio, subrayaron que la ley busca garantizar una formación profesional que permita al beneficiario incorporarse al mercado laboral en condiciones adecuadas, siempre evaluando las circunstancias específicas de cada caso y asegurándose de que no dispongan de recursos propios para costearla.

La decisión final del tribunal

En este caso, la Sala concluyó que la joven ya había completado un Grado Superior en Higiene Bucodental, lo que le había permitido acceder a un empleo acorde con su formación y bien remunerado, incluso bajo un contrato indefinido y a jornada completa. Sin embargo, ella decidió renunciar voluntariamente a dicho puesto laboral para continuar sus estudios universitarios.

“Por lo tanto -afirmaron los magistrados-, ha obtenido formación profesional y había accedido al mercado laboral en condiciones aceptables”. Esta conclusión llevó al tribunal a determinar que no existían razones legales para mantener la pensión alimenticia en este caso particular.

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