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El Poder Judicial no convocará el pleno extraordinario para nombrar a sus magistrados del Constitucional

Rafael Mozo preside una reunión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
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Rafael Mozo preside una reunión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) (Foto: CGPJ)
martes 13 de diciembre de 2022, 18:27h

El presidente en funciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Rafael Mozo, no va a convocar por el momento el pleno extraordinario que solicitaron el pasado viernes 9 de los vocales del bloque conservador para votar a los 2 candidatos del Tribunal Constitucional (TC).

Según la comunicación enviada por Mozo a los vocales, la petición no puede ser atendida por el momento en aplicación del artículo 35 del reglamento del CGPJ, que exige la aportación de todos los documentos relacionados con el orden del día del pleno. En este caso, se requiere los nombres de 2 candidatos y las propuestas junto al currículum de los magistrados propuestos.

La petición llegó poco después de que los socios de Gobierno, PSOE y Unidas Podemos, registrasen 2 enmiendas a la proposición de ley de reforma de la sedición en el Código Penal para desbloquear la situación del tribunal.

¿En qué consisten las enmiendas del Gobierno?

En concreto, la propuesta del Gobierno es pasar de una mayoría de 3/5 a una simple para que el CGPJ designe a los 2 candidatos al TC que le corresponden y que, en caso de que el órgano de gobierno de los jueces siga incumpliendo, se puedan exigir a sus vocales responsabilidades.

¿Por qué quieren convocar los vocales conservadores el pleno extraordinario?

De convocar el pleno extraordinario, supondría adelantar el calendario fijado, porque estaba previsto que en el pleno ordinario del 22 de diciembre se votara por primera vez los 2 candidatos al TC. Así, podría permitir hacer los nombramientos antes de que la citada reforma quede aprobada y entre en vigor.

Las reglas del procedimiento señalan que la convocatoria del pleno tendrá lugar cuando lo acuerde el presidente por propia iniciativa o lo soliciten al menos cinco vocales. Esa solicitud de convocatoria del Pleno, sin embargo, deberá incluir los nombres de los magistrados propuestos.

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