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Una estrategia para el crecimiento, el empleo, y el cambio del modelo productivo en España

Una estrategia para el crecimiento, el empleo, y el cambio del modelo productivo en España

jueves 15 de julio de 2010, 14:45h
En los primeros meses de la crisis económica, distintas voces reclamaron la necesidad de hacer mucha pedagogía sobre las raíces de la misma y la adopción inmediata de medidas políticas que revirtieran el estado de las cosas, pues, de no hacerlo, la respuesta a la crisis la terminarían realizando quienes la habían generado. Y eso es al final lo que esta ocurriendo.
   
    Casi tres años después del estallido de la crisis, no se está interviniendo sobre sus causas, sino exclusivamente sobre las consecuencias, con recetas  socialmente injustas y de más que dudoso recorrido económico, basadas no en la pretendida eficacia que se aduce, sino en la pura ideología de quienes ya venían gobernando la economía y las finanzas a escala internacional.
   
Y es que, pasado un primer momento de desconcierto, la crisis se configura como un momento de refundación del mismo modelo de regulación global hasta el momento vigente, que ha sido el factor determinante de la profunda crisis a la que seguimos asistiendo.

    Pero no se puede ni se debe obviar que el origen de esta crisis se encuentra en la prevalencia de la economía especulativa y en los fallos de un sistema protagonizado por el mercado en estado puro, y en la que el poder económico ha venido ejerciendo la función normativa, en tanto el poder político se ha limitado a ir a remolque.
   
    Ésta es una crisis de modelo; una crisis de las tesis neoliberales que han impulsado un crecimiento desregulado del sector financiero de la economía, lo que, unido a otros factores de carácter económico, ha venido generando un fuerte incremento de las desigualdades salariales y sociales a escala internacional, incluso en etapas de crecimiento.

    Un modelo gobernado por una élite financiera mundial, que ha terminado por arrastrar, como era previsible, a la economía productiva; que nos ha conducido a una depresión económica, además de haber contaminado a los “modelos de gestión empresarial” de dicha economía productiva con la estrategia del “todo vale”, y el objetivo de ganar mucho en el menor tiempo posible.

    Un modelo basado en la ausencia de instrumentos fuertes de regulación y supervisión financiera, que ha relegado conscientemente el necesario impulso de la actividad económica de carácter productivo a escala internacional, impidiendo con ello el cada vez más demandado y necesario cambio del modelo económico, y la apuesta real por la construcción de un modelo social que comprometa políticas y recursos públicos para avanzar en mayores cotas de equidad, calidad de vida, promoción de las personas y cohesión social.
Un modelo que, con la deriva que están tomando distintos gobiernos de la Unión Europea, pone en cuestión el Estado de Bienestar, en la línea de adelgazarlo, desmontando partes muy sustantivas del mismo y, con él, pone en cuestión también un modelo de empresa, de generación de riqueza, del trabajo como elemento central de la sociedad.

    Una deriva que en el caso de España ha producido un giro brusco de la política económica del Gobierno, que corre el riesgo de no corregir el déficit e impedir una más pronta salida de la crisis.

    En nuestro país casi nadie duda de la complejidad y profundidad de la crisis internacional, como tampoco de las realidades y debilidades que nos son propias, que tienen que ver con la burbuja inmobiliaria, pero también con las carencias y desequilibrios de nuestro modelo productivo, y con el sobre-endeudamiento de empresas y familias.

    Pero la respuesta no puede ser en ningún caso la de los mercados. No es asumible, por injusto, antidemocrático, desproporcionado, además de miope desde el punto de vista económico.

    No es asumible la idea de que los problemas económicos de nuestro país sólo es posible arreglarlos recortando los salarios de los empleados públicos, congelando el salario a los pensionistas, porque, reitero, además de injusto, es falso.

No es asumible trasladar la idea de que la prioridad es el empleo, y que se recorten más de 6.000 millones de euros en inversión pública, porque una nueva reducción de la inversión pública en un país tan necesitado de infraestructuras para su desarrollo productivo, tendrá un impacto sobre el empleo que se dejará notar casi automáticamente.

    Estas medidas deprimen, de otra parte, el crecimiento de la economía, reducen la demanda interna y menguan los ingresos fiscales del Estado.

    Este tipo de presión se ha extendido además al área de la protección social, especialmente tras la unilateral, inoportuna e incorrecta propuesta gubernamental de ampliar mecánicamente la edad de jubilación a los 67 años, el aumento del periodo de carencia para tener acceso a la pensión contributiva, y otras medidas que tendrían una grave repercusión sobre las pensiones reales del futuro.

    Y, como ¿última? pieza, además de las pensiones, una reforma laboral que es globalmente regresiva y socialmente injusta.

    Reforma que no tiene el objetivo de articular una política laboral que acompañe al tan necesario y prioritario cambio de modelo productivo en nuestro país, más bien al contrario, tal y como recoge el documento de CCOO y UGT presentando el mismo 16 de junio, en el que se reclama una respuesta social y progresista a la crisis. En él se afirma: “el debate sobre el cambio de modelo productivo se ha reconducido, rápida e interesadamente, hacia la enésima polémica sobre la supuesta rigidez del mercado de trabajo español. Una polémica que se ha convertido artificialmente en el eje central de actuación frente a la crisi,s y que ha sido alentada principalmente por el oportunismo de las organizaciones empresariales, con el apoyo de ciertos ámbitos académicos, mediáticos e incluso institucionales, como el Banco de España, que vienen insistiendo recurrentemente en el argumento de que es imprescindible la adopción de una nueva reforma que dote el mercado de trabajo de mayor flexibilidad aún”.

    España, que por primera vez en la historia de los últimos doscientos años, desde que la Revolución Industrial hizo su aparición en la Inglaterra del siglo XVIII, no tiene una posición marginal en el sistema económico mundial, corre el riesgo de perder esa posición.
 
    Porque en un mundo tan cambiante como el actual, no hay garantías de nada. La situación recesiva del conjunto de economías desarrolladas, frente a la pujanza económica de países emergentes como China, India, que apenas han sufrido la crisis internacional en términos de reducción del PIB, dará lugar a un reajuste global. Hay grandes oportunidades, pero también los riesgos son enormes.

Ciertamente, la magnitud de la actual situación de crisis que tiene España no puede atribuirse exclusivamente a factores de índole internacional: hay que buscarla en los propios desequilibrios del modelo productivo español, sobre el que se había basado el notable crecimiento registrado en la última etapa de expansión, con una especialización en producciones de bajo valor añadido, escaso esfuerzo en I+D+i, precarización laboral y bajos salarios.

    La prioridad en este escenario no puede ser otra que crecimiento, empleo, y cambio de modelo productivo.

    Precisamente en esta dirección, en un amplio trabajo de Estudio e Investigación la Fundación 1º de Mayo, ha identificado cuatro sectores sobre los que trabajar, para abordar lo que ha de ser una prioridad, el cambio en el patrón de crecimiento.

    Sectores emergentes. Son los sectores beneficiados por las macrotendencias de cambio, y en los cuales España tiene ventajas comparativas claras. Estos sectores son los que más impulso público deben tener, ya que serán los que aportarán un mayor volumen de riqueza y empleo en las próximas décadas: energías renovables, alimentos procesados, los relacionados con los productos de la agricultura ecológica, construcción y reparación naval, construcción de material ferroviario, servicios sanitarios y servicios sociales.

    Sectores básicos. Son sectores imprescindibles para mantener el volumen de empleo, que deberán afrontar importantes procesos de modernización, de los que saldrán fortalecidos, ya que desarrollarán nuevas tecnologías y productos capaces de ganar cuota de mercado en el ámbito internacional. Entre otros, construcción, automoción, turismo y química.

    Sectores apuestas de futuro. Son sectores que se benefician de las tendencias de cambio, pero que están escasamente implantados en nuestro país: mecatrónica, biotecnología médica (investigación en células-madre), aparatos médicos, biocombustibles que no entren en competencia con la producción de alimentos por el uso de la tierra, y producción de servicios medioambientales.

    Sectores transversales. Son los sectores cuyo desarrollo es imprescindible para la obtención de ventajas competitivas de los anteriores sectores, y que, a su vez, se verán beneficiados por su desarrollo: educación e I+D+i, servicios empresariales, transporte, tecnologías de la información y las comunicaciones y el sector financiero.

Pero identificar el camino es condición necesaria, aunque no suficiente; es preciso pasar de las ideas a los actos, de la visión a los propósitos. En la actualidad, muchos gobiernos de la OCDE han puesto en marcha ambiciosos Planes de Estímulo, en los que las inversiones en infraestructuras y la I+D+i tienen un papel fundamental; sin embargo, nuestro país está a la cola en el volumen de fondos aportados a estos Planes, con apenas un 0,13% del PIB, mientras que en Corea del Sur alcanza el 1,47% del PIB.

    Apostar por un nuevo modelo de crecimiento, como la prioridad de verdad a abordar, permitiría a la economía española salir de la crisis, desde una mayor fortaleza, como ya hacen empresas españolas dedicadas a las energías renovables, la gestión y el suministro eléctrico, el ferrocarril de alta velocidad, la depuración de aguas, etc. Por tanto, las políticas de estímulo, lejos de desparecer, hay que impulsarlas, y la Ley de Economía Sostenible debe ser coherente con el diagnóstico de los desequilibrios existentes, y con los requerimientos del nuevo modelo, esto es, crecer sobre bases económicas más sólidas que favorezca la creación de más y mejor empleo, garanticen la sostenibilidad medioambiental, y favorezcan mayores cuotas de justicia social.

    Pero un cambio en el modelo productivo no sólo debe suponer una modificación de los productos y servicios que ofrecen las empresas, sino una forma diferente de producir, en materia de ahorro de materiales, de eficiencia energética, de organización del trabajo, y también en la propia relación de los trabajadores con la empresa en la planificación de la actividad productiva y con la innovación tecnológica. El término “participación de los trabajadores” es, por tanto, fundamental.

    La participación de los trabajadores en la empresa no puede verse sólo desde el prisma de reparto de la riqueza generada, ya que en sí misma es un elemento determinante en la generación de riqueza. En gran medida, las dificultades de innovación de las empresas tienen que ver fundamentalmente con estructuras organizativas rígidas, que se pueden sintetizar en el modelo de producción fordista: la producción en masa, la cadena de mando unidireccional, las tareas monótonas y repetitivas, la concepción del trabajador como herramienta.

    El objetivo final del cambio de modelo productivo es lograr el incremento del valor añadido de las empresas españolas, la sostenibilidad medioambiental como una ventaja competitiva, y alcanzar un reparto de la riqueza generada más equitativo entre beneficios y salarios. Alcanzar una mayor estabilidad en el empleo, eliminando la temporalidad injustificada, es una condición necesaria.

    Pero esta cuestión, que es a todas luces prioritaria, ha quedado relegada a un segundo plano. Así, la Exposición de Motivos del Decreto Ley sobre la Reforma Laboral, si bien no acusa a las políticas laborales de estar en la raíz de la crisis, sí manifiesta que el exceso de desempleo en España tiene que ver además de con la estructura productiva, con una supuesta rigidez del mercado laboral.

    Y se equivocan, no sé si interesadamente, pero se equivocan de plano, y son los datos sobre desempleo y temporalidad en España los que así lo expresan.

Estos datos ponen de manifiesto que con la misma regulación laboral, existe un alto grado de heterogeneidad en materia de desempleo y temporalidad. Así, por ejemplo, el desempleo en Canarias está cercano al 28 por ciento, mientras que en el País Vasco está algo por encima del once. En materia de temporalidad, dentro de las altas tasas existentes en el conjunto de las Comunidades Autónomas, el grado de heterogeneidad es también más que evidente.

    En relación al mayor impacto que la crisis ha tenido en España en términos de destrucción de empleo y aumento del desempleo, que algunos imputan a las disfunciones del mercado de trabajo, conviene subrayar que las causas no están en la regulación legal de las relaciones laborales, sino que son una consecuencia inexorable de la evolución del modelo productivo español y su mercado de trabajo en los últimos años.

    Por tanto, es la estructura productiva la que determina un modelo de mercado laboral, a la vez que un mercado laboral segmentado y fuertemente precarizado incentiva una determinada forma de crecer, menos sostenible y más vulnerable, en primer lugar, para el empleo.

    Nuestra legislación laboral, atendiendo a la realidad práctica y no a desarrollos teóricos ciertamente alejados de las relaciones laborales en el seno de la empresa, en contra de lo que se afirma reiteradamente, y entre otros factores como consecuencia de reformas laborales que se han ido imponiendo a los largo de los últimos años, ha generado un marco legal de gran facilidad para la destrucción de empleo, como mecanismo de respuesta a los ciclos económicos. En el caso de los temporales con la finalización del contrato, y en el caso de los indefinidos por la vía de la automaticidad de las indemnizaciones en caso de despido improcedente, incluido el disciplinario, especialmente después de la desaparición de los salarios de tramitación, a partir de la reforma laboral del año 2002.

    En esta dirección, Carlos L. Alfonso, en un reciente trabajo aportaba más datos y argumentos: “en el año 2009, en plena crisis, se hicieron más de 13 millones de contratos temporales, y los empleadores no tuvieron especiales problemas para reducir sus plantillas, lo que llevó al desempleo a más de 4 millones de personas, mientras que solamente unos 500 mil trabajadores quedaron sujetos a medidas más defensivas (suspensión o reducción de jornada)”.

    “No hay dato que demuestre, sostiene Carlos L. Alfonso, que los empleadores tuvieron problemas para contratar y despedir, más bien todo lo contrario; esa facilidad a la entrada y salida es lo que les llevó a anteponer los ajustes de plantilla a las medidas de flexibilidad interna”.

    Bien pues, la Reforma lejos de corregir estas disfunciones se adentra por caminos absolutamente ineficaces para reducir la temporalidad injustificada, a la vez que enormemente útiles para ampliar las causas para el despido, además de para abaratarlo, que es, en definitiva, una vieja aspiración de la CEOE, que sigue instalada, no ya en la modernización de las relaciones laborales, sino, fundamentalmente, en la cultura de la precariedad.

    En materia de temporalidad, la Reforma no desvincula el Contrato de Obra de las contratas y subcontratas, que es el sumidero del fraude de Ley en la contratación, y donde se sustenta una parte muy importante de la temporalidad injustificada.

    Y en materia de rotación, sigue sin atenderse la necesidad de eliminar la rotación de distintos trabajadores para un mismo puesto de trabajo, que es también el medio por el que se sostienen unos niveles insoportables de temporalidad injustificada.

    El contrato “fijo-discontinuo”, tan necesario en nuestro país para actividades con un fuerte componente estacional, sigue sin ser asumido en la legislación laboral, que apuesta por el “eventual por circunstancias de la producción”, que no responde a actividades de carácter estable-estacional.

    Estas medidas no van a reducir la temporalidad, mas bien al contrario, se van a seguir manteniendo los porcentajes más altos de la Unión Europea, además de que seguirán penalizando la productividad, que sólo crecerá a partir de dos conceptos: estabilidad y formación. Además de otro tipo de medidas vinculadas al desarrollo tecnológico, la organización del trabajo... y la plasmación efectiva y positiva de la flexibilidad interna, que exige fundamentalmente de medidas de flexibilidad interna, negociada y participadas sindicalmente. La flexibilidad interna no avanzará desde el incremento del poder discrecional de las direcciones de las empresas, ése es el camino contrario; es la vía (y no es contradictorio) de la desregulación, que termina por convertirse en la mayor de las rigideces.

    La Reforma, que flexibiliza el despido y, por el contrario, no avanza en la flexibilidad interna de las empresas, desarrolla una nueva formulación del Despido Colectivo y Objetivo que afecta a todos los trabajadores que, hoy por hoy, también son titulares de un contrato indefinido ordinario.

    Las meras pérdidas que dan lugar a una situación económica negativa son, en sí mismas, la causa del despido, y ya no se le puede exigir al empresario que justifique porqué los despidos van a contribuir a superar esa situación.

Por esta vía se limita cualquier posibilidad de control efectivo, tanto de la Autoridad Laboral en los Expedientes de Regulación de Empleo, como por los Tribunales, incluyendo todos los despidos objetivos.

    No se establece ningún requisito a las pérdidas que dan lugar a la situación económica negativa, suprimiendo intencionalmente la garantía de que las pérdidas no fueran meramente coyunturales. Este cambio es muy significativo, pues abre la posibilidad a que las meras pérdidas coyunturales pudieran justificar el despido de los trabajadores. En la regulación actual, el Tribunal Supremo, al que tanto se cita para distintos aspectos de la Reforma, ya había descartado esta posibilidad.

    Pero cuando afirmamos que se amplían las causas para el despido, no se habla de oídas. Hemos de detenernos en el texto de la Reforma, cuando aborda el despido por causas técnicas, organizativas y productivas, para también subrayar que las mismas causas que hasta ahora sólo justificaban la modificación de las condiciones de trabajo (turno, horario, cometidos profesionales, sistema de incentivos), ahora pasan a ser suficientes para justificar el despido de esos trabajadores.

    De otra parte, no se abre la puerta, sino que se da carta de naturaleza al que podemos calificar como “despido preventivo”: se admite el despido que se haga para prevenir una futura “evolución negativa”, sin requerir siquiera, como ahora ha venido insistiendo el Tribunal Supremo, “en que la empresa presente las dificultades de forma real, actual y efectiva”.

    Este sistema supone una novedad sin precedentes en la flexibilización del despido en nuestro país. Las direcciones de las empresas podrán llevar a cabo, bien la modificación de las condiciones de trabajo, o el despido colectivo u objetivo de los trabajadores por las mismas causas y, por tanto, será la empresa la que libremente elija entre una u otra medida.

    Con ello se desdibuja por completo el despido como última razón a la que puede acudir la empresa para asegurar su continuidad, y se configura como la primera opción de la que dispone el empresario ante cualquier cambio tecnológico, organizativo, o que repercuta en la mejora de la producción.

    Desaparece la nulidad por incumplimiento por parte de la empresa de los requisitos de comunicación e información a los representantes de los trabajadores, y pago de indemnización. En la actual legislación, en un acto de coherencia frente al fraude, sí se incumplían estos requisitos, el despido sería considerado nulo y, por tanto, el trabajador tenía garantizada la reincorporación a su puesto de trabajo.

Se generaliza el acceso al contrato de fomento, ampliándose el colectivo, en primer lugar, a los desempleados que pierdan un contrato indefinido, o que estuvieran dos años con contratos temporales, además de reiterar el proyecto en cuanto a los desempleados con duración de tres meses en esa situación. Es una generalización casi absoluta del colectivo de destinatarios.

    Las empresas ya no tendrán el obstáculo para intentar el despido objetivo reconocido improcedente, pues los defectos ya no dan lugar a la nulidad. De esta forma, a estos trabajadores se les aplica la indemnización rebajada de 33 días ante el despido sin causas, y se facilita que la empresa pueda ahorrarse los salarios de tramitación. La conclusión es que, en la práctica, en esta modalidad contractual, a las empresas les bastará con poner en una carta las palabras “despido objetivo” para que la indemnización por despido improcedente automáticamente pase de 45 a 33 días y, además, se puedan acoger al despido Express, y tampoco tendrán que abonar los salarios de tramitación.

    La Negociación Colectiva se ve debilitada, al poner el texto de la Reforma en cuestión la eficacia vinculante de los Convenios Colectivos.

    Abre la intermediación laboral a las agencias privadas de colocación, a las que se le atribuyen competencias que deberían estar exclusivamente en los Servicios Públicos de Empleo, sin que previamente se adopten medidas para el fortalecimiento del Servicio Público, en materia de intermediación laboral y de recolocación de trabajadores afectados por rescisiones de contratos a través de Expedientes de Regulación de Empleo.

    Se quitan todo tipo de restricciones para la extensión de las ETTs en todos los sectores, incluido el público, algo que no contempla la Directiva de la Unión Europea en esta mataría.

    En definitiva, tal y como sostiene el riguroso análisis realizado por los Servicios Jurídicos de CCOO, el texto publicado como RDL 10/2010 supone un sorprendente, completo y globalmente regresivo cambio de rumbo en el marco en el que se desarrollan las relaciones laborales en nuestro país, pues afecta a los caracteres básicos de las vías de extinción del contrato de trabajo, que lo coloca como una decisión normal de gestión empresarial, en pie de igualdad con cualquier medida organizativa, con una tendencia indiscriminada de reducir costes empresariales, comprometiendo recursos públicos, de rebajar garantías de defensa de los trabajadores, y de privar de una posibilidad real de tutela judicial frente al “decisionismo” empresarial. Igualmente, desbarata el sistema de pactos y acuerdos de empresa, y los subordina al interés empresarial fijado unilateralmente. Todo ello, sin ninguna medida mínimamente eficaz para evitar la precariedad laboral, o la creación de puestos de trabajo.



Rodolfo Benito Valenciano
Secretario Confederal de Estudios de CCOO
Presidente de la Fundación 1º de Mayo
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