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Reformas electorales

Reformas electorales

miércoles 17 de noviembre de 2010, 21:38h
Se encuentra ahora mismo en tramitación en el Congreso de los Diputados una propuesta de reforma de la ley electoral, que saldrá adelante con seguridad ya que está consensuada al completo por PSOE y PP y, en algunos aspectos, también por otros grupos. La reforma es amplia, fruto de dos años de estudio, debate, informes y sugerencias, en el seno de una Comisión parlamentaria especial en la que he tenido la suerte de participar. No sería fácil resumir en los límites de un artículo periodístico todo su contenido, de modo que intentaré seleccionar lo que me parece más relevante, sin perjuicio de posteriores ampliaciones sobre temas más concretos. Pero ya adelanto que las modificaciones que se van a introducir, algunas de enorme importancia, respetan la esencia del modelo electoral vigente y pretenden mejorarlo, no sustituirlo por otro.
  
Mucho se ha discutido sobre el modelo electoral español y convendría fijar posición inicial al respecto. La vigente ley electoral procede de un Decreto Ley de urgencia, elaborado en 1977 (antes de la Constitución, por tanto) para que pudieran celebrarse aquellas irrepetibles primeras elecciones de junio de ese año. Ocurrió luego que la propia Constitución recogió las bases de aquel modelo electoral (el número de diputados entre 300 y 400, la provincia como circunscripción, la asignación de un mínimo de escaños por provincia que la ley fija en dos, la distribución de los demás en proporción a la población, la atribución de los escaños a elegir en proporción a los votos de las candidaturas) y lo que hizo la ley vigente, la famosa LOREG de 1985, no fue otra cosa que desarrollar ese modelo, manteniendo la no menos famosa ley D’Hondt como fórmula de proporcionalidad. Conviene retener esto, pues para cambiar esas bases del sistema electoral español no bastaría con reformar la ley; habría que reformar la Constitución, con lo que ello implica.
  
La pregunta es bien simple: tras 30 años de aplicación y de experiencia, ¿nuestro modelo ha funcionado bien?; ¿debería ser corregido o cambiado?; ¿cuáles podrían ser las alternativas? Veamos: un buen modelo electoral debe hacer posible que la pluralidad que exista en la sociedad se traslade a las instituciones en proporción representativa; y también debe ayudar a la estabilidad y a la gobernabilidad; e incluso no debe ser obstáculo a la alternancia cuando ésta haya de producirse por voluntad democrática. El sistema español ha garantizado todo eso; con este sistema los mismos partidos han tenido mayorías absolutas y han dejado de tenerlas, otros partidos han estado y dejado de estar en el parlamento, otros han mantenido una representación más estable, y otros han padecido notables altibajos.
  
Circula una versión según la cual el sistema es discriminatorio, en la medida en que el “precio” en votos de los escaños no es equitativo, o en la medida en que prima la presencia de unos (los partidos nacionalistas, en concreto, que sólo se presentan en su territorio) frente a la de otros (partidos como IU o UPyD, que se presentan en toda España), entorpeciendo además la política nacional. Las alternativas que se proponen (elevar el número de diputados a 400, bajar el mínimo por provincia a uno, aplicar fórmulas de reparto nacional para aprovechar los restos, establecer una barrera de entrada, o incluso cambiar la circunscripción electoral o el modelo de representación proporcional), todas ellas, han sido examinadas; y todas, aunque puedan tener alguna ventaja para quien las propone, tienen también serios inconvenientes  para el conjunto del sistema. He visto clara una cosa: casi todos los defectos que se achacan al sistema español tienen que ver con el hecho de que la circunscripción electoral sea la provincia, con la enorme desigualdad demográfica entre unas y otras, y con la garantía de un mínimo de representación para cada una. Y he llegado a la conclusión, viendo los números y las reglas, de que hay bastante “leyenda urbana” en torno a la cuestión. ¿Estaríamos dispuestos a cambiar esos aspectos básicos del modelo?, ¿sería asumible hacerlo, por ejemplo, en una Región como la nuestra?, ¿deberíamos correr el riesgo de aplicar otro modelo a la vista de la experiencia que tenemos con éste? Muchas veces hemos comentado, medio en broma, medio en serio, que con este sistema ha habido grupos que han tenido 21 diputados y también 2 (IU), y grupos que han tenido 202 y también 125 (PSOE), y grupos que han tenido 107 y también 183 (PP) y que el problema no es de ley electoral, sino de votos, porque la ley electoral no da los votos, se limita a traducirlos en escaños; los votos los dan los ciudadanos.
  
De modo que se van a modificar cosas importantes (la participación en municipales de inmigrantes residentes en reciprocidad y no la de españoles residentes en el exterior; la gestión y control de los censos electorales; la información y la publicidad; el transfuguismo y las mociones de censura; la posibilidad de sancionar a posteriori el fraude de violentos elegidos, y muchas otras) de las que podemos seguir hablando. Hoy se trataba de tomar un punto de partida, fijar una posición inicial y salir al paso de una impresión un tanto artificial, según la cual todo lo que no sea cambiar de modelo electoral es insuficiente. Debate abierto.

Jesús Quijano. Diputado PSOE.
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