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Los ascensores se pueden instalar en las fachadas de los edificios de la capital

viernes 21 de diciembre de 2007, 14:13h
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó en septiembre la modificación de las normas urbanísticas para posibilitar que se puedan instalar ascensores en las fachadas de inmuebles de los años 50 y 60, según aseguró el vicealcalde, Manuel Cobo. Esta medida permitió ocupar el espacio público necesario, siempre que no perjudiquase a la accesibilidad o a redes de infraestructuras y servicios públicos.
Además, según comentó Cobo, la torre del ascensor no contaba como superficie edificada. No obstante, no todos los edificios podían recurrir a esta opción. Sólo se podía utilizar la instalación de los ascensores en la fachada cuando no pudiera utilizarse otra posibilidad técnica.

Según los cálculos del consistorio esta medida beneficiaría a miles de familias que vivían en edificios de bloque abierto construidos en las décadas de los años 50 y 60, en distritos como San Blas, Villaverde, Carabanchel, Usera o Moncloa-Aravaca.

Con este medida, se pretendió, en palabras de Cobo, resolver un problema social, pues muchas de esas de viviendas estaban ocupadas por personas de avanzada edad con problemas de movilidad.

Ahora bien, el problema podría venir por la dificultad de combinar "torres de ascensores", como las ha llamado el Ayuntamiento, en fachadas y mantener la estética de los barrios. Con el objetivo de reducir este impacto en el entorno, el Ayuntamiento elaboraró una ordenanza específica que desarrollaró aspectos relacionados con la estética y la integración de las "torres de ascensor".

Además, Cobo aseguró que la instalación de ascensores en fachadas sería una oportunidad única para mejorar el aspecto de bloques que habían envejecido y el aspecto de los barrios.
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