"La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha denegado hoy jueves la ratificación de las medidas y restricciones contra la pandemia de la orden del Ministerio de Sanidad en la Comunidad de Madrid.
Este órgano judicial considera en su auto que se ven afectados "derechos y libertades fundamentales de los madrileños" por una orden que es meramente administrativa. "Esta Orden del ministro de Sanidad se dicta al amparo del artículo 65 de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. Conforme a ello, el ministro de Sanidad aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública aprobadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, obligando con ello a las Comunidades autónomas destinatarias", expone el TSJM.
Esta resolución deja al Gobierno central al borde de la declaración de otro estado de alarma, como los decretados durante el comienzo de la pandemia, en gran confinamiento. El Ejecutivo de Pedro Sánchez peleó durante meses asegurando que era la única manera de confinar poblaciones y la oposición alegaba que había otros instrumentos legales. Al final el tiempo ha dado y quitado razones al respecto.
Las primeras reacciones han pasado en la ciudadanía por el estupor y la incertidumbre hacia el futuro. Además, no se termina de comprender por qué cuando se restringían movimientos y horarios sólo a algunas zonas sanitarias, como era el caso de algunos barrios obreros de la capital, sí era legal la medida, pero no cuando Sanidad la ha impuesto para toda la ciudad.
Dice el TSJM que es legal restringir los derechos de los ciudadanos de Vallecas pero es ilegal restringir los de los ciudadanos del barrio de Salamanca. Ciudadanos de segunda y justicia de clase.
— AntonioMaestre (@AntonioMaestre) October 8, 2020
Pues dice el TSJM que los vallekanos no tienen los mismos derechos fundamentales que los cayetanos. Está la justicia que lo vierte por los bordes.
— Pedro Vallín (@pvallin) October 8, 2020
El TSJM ratificó los confinamientos segregadores contra los barrios trabajadores, pero hoy tumba una orden necesaria para proteger la salud.
— Jesús Santos Gimeno (@jesussantosalc) October 8, 2020
Tenemos la obligación de acatar la ley pero, sobre todo, la obligación moral de abrir un debate sobre la politización de esta “justicia”.
Los derechos fundamentales de los de Parla son menos fundamentales por su peculiar modo de vivir.
— AntonioMaestre (@AntonioMaestre) October 8, 2020
Los jueces siempre oportunos; levantan confinamiento perimetral Madrid en vísperas puente del Pilar: a contagiar España! #QueTios
— Amparo Rubiales (@AmparoRubiales) October 8, 2020
Las restricciones
La orden de Sanidad suponía que la capital, Madrid, y otros 9 municipios de más de 100.000 habitantes que también tenían una alta incidencia de contagios de coronavirus -Móstoles, Alcalá de Henares, Fuenlabrada, Leganés, Getafe, Alcorcón, Torrejón de Ardoz, Parla y Alcobendas-, sufrían un cierre perimetral.
Sus ciudadanos no podían entrar ni salir de esas ciudades si no tenían un motivo para hacerlo, tal como trabajar, estudiar, acudir a una cita médica, un examen, asistir a una persona con discapacidad...
La orden del Ministerio de Sanidad entró en vigor el viernes 2 de octubre y en teoría planteaba 14 días de restricciones, para luego revisarlo. Sin embargo, el gobierno de la Comunidad de Madrid, que no estaba de acuerdo con las medidas, recurrió a los tribunales.