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Por 60 horas

Rige el 'auto de buen gobierno'

Rige el "auto de buen gobierno"

viernes 08 de agosto de 2008, 05:37h

El Poder Ejecutivo aprobó éste jueves el Decreto Supremo Nro. 29666 que establece prohibiciones y sanciones durante 60 horas en todo el territorio nacional, para garantizar la realización del referendo revocatorio de mandato popular de este domingo 10 de agosto.

    En rueda de prensa realizada en Palacio Quemado, el ministro de Defensa, Walker San Miguel, informó que la determinación fue asumida en el marco de la Constitución Política del Estado, el Código Electoral y las resoluciones aprobadas por Sala Plena de la Corte Nacional Electoral (CNE) para llevar adelante el referendo revocatorio.

    Los opositores Podemos, UN y el MNR, sorpresivamente, el 8 de julio, sancionaron la Ley Nro. 3850 de Revocatorio de Mandato Popular del Presidente, Vicepresidente de la República y prefectos de departamento, excepto Chuquisaca. Esa disposición fue promulgada el 12 de julio de 2008 por el Poder Ejecutivo.

    En ese marco, San Miguel explicó que los artículos 144, 145 y 195 del Código Electoral establecen una serie de restricciones que deberán ser acatados por la población boliviana antes, durante y después del acto democrático de este domingo.

    Desde "cuarenta y ocho horas antes y hasta las doce horas del día siguiente (60 horas) a las elecciones, queda absolutamente prohibido expender o consumir bebidas alcohólicas, en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento público o privado", señala, por ejemplo, el artículo 144.

    El 145, referido a otras prohibiciones, señala que "se prohíbe terminantemente desde las cero horas, hasta las veinticuatro horas del día de la elección portar armas de fuego, punzo cortantes o instrumentos contundentes y peligrosos, realizar espectáculos públicos, el traslado de ciudadanos de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte y la circulación de vehículos motorizados, salvo los expresamente autorizados por las cortes electorales".

    Sobre la prohibición de viajes el decreto supremo establece que no está permitido salvo los que realicen los funcionarios del órgano electoral o las fuerzas del orden público en cumplimiento de sus funciones.

    Los vuelos internacionales en tránsito o los que se originen en el país quedan exentos de la prohibición. Para el traslado de pasajeros, las líneas aéreas tramitarán el permiso respectivo ante las cortes electorales departamentales con la debida anticipación, estableciendo horarios.

    Mientras que el 195 señala que serán sancionados con multa por ser fijada por la Corte Nacional Electoral los ciudadanos que incurran en las siguientes faltas: "no inscribirse en el Padrón Nacional Electoral, incitar o realizar manifestaciones, reuniones o propaganda política en las proximidades de la mesa de sufragio o en los plazos en que expresamente lo prohíbe este Código".

    "Expender o consumir bebidas alcohólicas en los plazos prohibidos por el presente Código, Portar armas, el día de la elección, inscribirse proporcionando datos falsos o incompletos y no votar en el día de la elección"

    El Ministro de Defensa explicó que el decreto supremo establece que la fuerza pública: Fuerzas Armadas  y la Policía Nacional, están puestas a disposición y mando de las cortes departamentales electorales, jueces y jurados electorales para precautelar la libertad e independencia de todos y cada uno de los actos y procedimientos electorales.

AUTO DE BUEN GOBIERNO

    San Miguel aclaró que la nueva disposición no reemplaza a ningún auto de buen gobierno, porque no existe ninguna normativa legal que se refiera al auto de buen gobierno.

    Durante esta jornada, varias prefecturas departamentales se excusaron de dictar autos de buen gobierno, argumentando que no ellas "no llamaron a ningún referendo" o en el caso de La Paz, "sería utilizado" para "reprimir" a quienes están opuestos a un "referendo inconstitucional".

    En ese contexto, el ministro San Miguel instó a los sectores que realizan medidas de presión a reflexionar sobre su conducta y asistir a sufragar en cumplimiento del Código Electoral y la convocatoria a la Ley Nro. 3850 de Referendo Revocatorio de Mandato Popular.

    "En el momento en el que se emite éste decreto ya es la Corte Nacional Electoral la que tiene tuición sobre las fuerzas de seguridad, así que dependerá de los organismos electorales la instrucción a la Policía o las Fuerzas Armadas para garantizar que el referendo se lleve acabo", manifestó el Ministro de Defensa.

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