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La Audiencia Nacional investigará si hubo sedición en los disturbios de Barcelona
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(Foto: Twitter)

La Audiencia Nacional investigará si hubo sedición en los disturbios de Barcelona

> La jueza ha pedido a la Guardia Civil un informe sobre lo ocurrido

miércoles 27 de septiembre de 2017, 16:41h
La Audiencia Nacional se hará cargo de la denuncia presentada por el Ministerio Fiscal por el presunto delito de sedición durante los disturbios de Barcelona. Esta denuncia se refiere a las protestas y concentraciones que trataron de "impedir por la fuerza la actuación de las autoridades y sus agentes" para evitar la celebración del referéndum del 1-O. Las protestas se produjeron tras las actuaciones policiales en las que fueron detenidos 14 altos cargos de la Generalitat, y en las que se incautaron cerca de 10 millones de papeletas para votar en el referéndum.

La jueza de la Audiencia Nacional considera que estas protestas,"además de poder constituir un delito de sedición, van encaminadas o dirigidas a romper la organización territorial del Estado, por lo que atenta también contra la forma actual de gobierno en España".

"Entiendo que la competencia corresponde a este Juzgado no porque los delitos de sedición con carácter general sean competencia de la Audiencia Nacional, sino porque el delito de sedición que trata de investigar el Ministerio Fiscal en este caso puede atentar también contra la forma de Gobierno ( al tratar de cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio nacional)".

En el auto, la jueza recuerda que durante estas protestas, "algunos de los congregados pincharon ruedas y destrozaron diversos coches patrulla de la Guardia Civil, e impidieron a los agentes y a los integrantes de la comisión judicial abandonar los edificios tras los registros practicados. Otros manifestantes se sentaron sobre el asfalto delante de los coches y furgonetas de la Guardia Civil para impedir su movilidad. Otros procedieron a empujar a los agentes y a bloquear la salida de un vehículo de la Guardia Civil".

También señala, como hizo el Ministerio Fiscal, la actuación de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), que montó un puesto para voluntarios, "conscientes de que con ello dificultarían la intervención policial, hicieron un cordón ante la puerta de la Conselleria de Economía para evitar que la Guardia Civil se llevara a los detenidos, mientras gritaban a los Mossos "no us mereixeu la senyera que porteu" ( no os merecéis la bandera que lleváis), intimidando a la Guardia Civil al grito de " no sortireu" (no saldréis)".

El auto también hace referencia y apunta directamente a los presidentes de la ANC y Òmnium Cultural. Jordi Sánchez (ANC), "quien frente a los congregados ante la sede del departamento de Economía manifestó: "El 1 de Octubre votaremos, si nos quitan las urnas, las construiremos". "Que nadie se vaya a casa, será una noche larga e intensa". Jordi Cuixart (Ómnium), "quien pidió que la movilización no se detuviera. Ambos, subidos a un coche de la Guardia Civil, llamaron a la "movilización permanente" a favor del referéndum y en contra de las actuaciones para impedirlo".

Según la denuncia del Ministerio Fiscal, "la finalidad inmediata de las personas que protagonizaron los actos de los días 20 y 21 de septiembre de 2017, estaba orientada a impedir que funcionarios de la Administración de Justicia y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pudieran desarrollar sus funciones".

En la misma línea, el Ministerio Fiscal considera que "la finalidad última de estas movilizaciones era conseguir la celebración del referéndum y con ello la proclamación de una república catalana, independiente de España, siendo conscientes de que desarrollan una actuación al margen de las vías legales impidiendo la aplicación del ordenamiento jurídico en su conjunto y, en particular de la norma fundamental de todos los españoles, la Constitución". La Audiencia establece que "los hechos descritos pueden ser constitutivos de un delito de sedición, penado en el artículo 544 del Código Penal".

El delito de sedición establece penas de prisión de 8 a 10 años para los autores del delito o las personas que lo indujeron o dirigieron, y hasta 15 años de cárcel si fueran personas con autoridad.

El alto tribunal va más allá y considera que "la descripción típica del delito de sedición en el Código Penal vigente encajará en las conductas materiales descritas en el delito contra la forma de gobierno si los actos se ejecutan con el propósito de cambiar ilegalmente la organización del Estado". De forma que, según señala el auto, la conducta de los participantes en las protestas "atenta también contra la forma actual de gobierno en España a que se refiere el apartado a) del art. 65. 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial".

Por este motivo, "y no porque los delitos de sedición con carácter general sean competencia de la Audiencia Nacional", el tribunal se declara competente, e insta a la Guardia Civil a que "elabore atestado en el que informe de todas las actuaciones llevadas a cabo para impedir la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones y en cumplimiento de las resoluciones dictadas por el Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción n° 13 de Barcelona en el ámbito de las Diligencias Previas 118/ 2017 declaradas secretas".

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