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Mas, Rigau y Ortega irán a juicio por la consulta soberanista del 9-N
(Foto: EFE)

Mas, Rigau y Ortega irán a juicio por la consulta soberanista del 9-N

jueves 15 de septiembre de 2016, 13:30h

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado la decisión del juez instructor de la causa abierta por la consulta soberanista del 9-N, por lo que el ex presidente de la Generalitat, Artur Mas, la ex vicepresidenta, Joana Ortega y la ex consejera de Enseñanza, Irene Rigau deberán ir a juicio por presunta desobediencia y prevaricación administrativa.

La sala ha desestimado el recurso de las defensas de los acusados argumentado que la decisión del instructor es ajustada a derecho, y aclarando que la respuesta a un recurso solo puede revisar la legalidad y fundamentación de la decisión recurrida, y ahora ya no queda más opción a recurrir.

De este modo se confirma el auto que recoge los indicios de la comisión de los delitos de desobediencia y prevaricación por la organización de la consulta sobre la independencia del 9 de noviembre de 2014.

Antes de que el instructor de la causa dicte el auto de apertura de juicio oral (cuando formalmente se mandará a juicio a los tres políticos), queda un paso previo, que es que las partes --acusaciones y defensas-- manden sus escritos de calificación, y si hay una acusación --lo que previsiblemente ocurrirá-- el juez mandará la causa a juicio.

En el auto, del 12 de septiembre, el tribunal argumenta que en este estadio procesal la Sala confirma el auto recurrido porque "el criterio del instructor se sustenta en una serie de indicios racionales en relación con los hechos que se identifican como punibles respecto de determinadas personas y este se motiva de manera suficiente y adecuada".

En su argumentación, el TSJC rechaza que la causa esté instrumentalizada políticamente --tal y como afirman las defensas en sus recursos-- y destaca que el procedimiento es por un presunto delito de desobediencia a una comunicación del Tribunal Constitucional dirigida la presidente de la Generalitat y no por haber convocado el Govern un proceso de participación ciudadana para conocer la opinión de los catalanes sobre su futuro político.

Respecto al argumento que dan los encausados de que la resolución del Tribunal Constitucional no contenía un mandato expreso, concreto y terminante de suspender el proceso de participación, el TSJC considera que el documento era "claro y comprensible para un ciudadano medio".

"El mandato del Tribunal Constitucional comportaba, para tener cumplida eficacia, una conducta de no hacer que debía implementarse mediante actuaciones positivas, todo ello en un plazo corto y concreto ya que el proceso participativo se hallaba previsto para cinco días más tarde", prosigue el auto.

Y a continuación lamenta que, pese a lo acordado por el Tribunal Constitucional, el proceso participativo tuvo lugar el día previsto "y, de hecho, contrariamente a lo que procesalmente se afirma, el President de la Generalitat se responsabilizó públicamente de haberlo impulsado".

El TSJC responde a la defensa de Mas que, pese a que la Generalitat tiene competencia para convocar procesos participativos, en este caso concreto el Tribunal Constitucional había dictaminado lo contrario, y a Rigau y Ortega tampoco les admite el argumento de que no eran las destinatarias de la comunicación del TC, puesto que a su entender la conocían y aUn así participaron en actos vinculados a la organización de la consulta.

Esta decisión llega pocos días antes de que el ex conseller y portavoz del PDC en el Congreso, Francesc Homs, comparecezca en el Tribunal Supremo en calidad de investigado por el 9-N acompañado por Mas, así como otros líderes del partido, diversos consellers, el ex alcalde de Barcelona Xavier Trias, y el líder de JxSí en el Parlament, Jordi Turull.

El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y el vicepresidente, Oriol Junqueras, han expresado este jueves el apoyo del Govern a Homs antes de que declare: "No estarás solo", ha dicho Puigdemont.

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