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Estas serían las únicas e improbables vías legales para modificar su situación

¿Ceder la jurisdicción a Kenia o retirar los cargos a los piratas?

¿Ceder la jurisdicción a Kenia o retirar los cargos a los piratas?

viernes 06 de noviembre de 2009, 22:13h
La Audiencia Nacional ve "complicado" modificar la actual situación procesal de Cabdiwelli Cabdullahi, alias 'Abdu Willy', y de Raageggesey Hassan Haji, los dos piratas somalíes detenidos el pasado 4 de octubre cuando abandonaban el atunero vasco "Alakrana", que había sido secuestrado dos días antes en aguas del Índico. Según fuentes jurídicas, las únicas vías legales, aunque harto improbables dada la actual situación, serían la cesión de jurisdicción a Kenia o la retirada de los cargos que pesan sobre los corsarios, trámite que únicamente podría realizar la Fiscalía.
Desde que se desató la crisis por el traslado a tierra firme de tres de los tripulantes españoles, desde diferentes ámbitos judiciales y políticos se ha venido especulando con la posibilidad de que los piratas puedan modificar su actual situación de prisión en España. En el trasfondo del debate se encuentra la lógica preocupación de los familiares, tras 35 días de secuestro, y la exigencia de los piratas para que se libere a sus compinches.

Denuncia del Gobierno

   La Abogacía del Estado puso en conocimiento de la Audiencia Nacional la detención de los dos piratas por parte de la Fragata Canarias en la madrugada del pasado 4 de octubre. El juez de guardia, Santiago Pedraz, se encontraba ese día de baja por su reciente paternidad, por lo que fue el juez Baltasar Garzón, su sustituto natural, quien se encargó del caso esa madrugada.

Fuentes gubernamentales señalaron que la razón por la que se realizó la denuncia fue el convencimiento de que lo sucedido competía a la jurisdicción española, al tratarse de delitos cometidos contra ciudadanos españoles y además en suelo español, como lo era el barco 'Alakrana'.

   Sin embargo, el Gobierno no se encuentra representado en el procedimiento a través de los Servicios Jurídicos del Estado y no se plantea modificar esta situación, según las mismas fuentes. Las únicas partes son entonces la Fiscalía, que desde el principio defendió la competencia de la Audiencia en este asunto, y la defensa de los piratas, ejercida por abogados de oficio.

A petición de la Fiscalía

   Según estas fuentes, el secuestro del 'Alakrana' no tiene nada que ver con el arresto durante el pasado mes de mayo, en el buque español Marqués de la Ensenada -integrado en la Operación Atalanta de la UE-, de 14 presuntos piratas que intentaron asaltar un mercante de bandera panameña. En este caso no existían víctimas españolas.

   Fuentes de la Audiencia Nacional insisten desde el jueves en que cualquier modificación de la situación procesal de los piratas no puede ser realizada de oficio por el juez instructor, sino solicitada por alguna de las partes personadas.

   Así, una de las vías legales para afrontar la actual situación pasaría por que una de las partes personadas planteara al juez Pedraz una cesión de jurisdicción en favor de las autoridades keniatas (en función de los convenios de colaboración firmados con el país africano), si bien la Audiencia no se pronuncia sobre el modo en el que se resolvería esta cuestión. Otra posibilidad, si bien muy improbable, sería que el Ministerio Público retirara la acusación contra los corsarios por falta de pruebas.

   Por ello, la Audiencia Nacional considera "muy complicado" que los dos presuntos piratas detenidos tras el secuestro del atunero español 'Alakrana' pudieran ser trasladados y puestos a disposición de la Justicia de Kenia para facilitar la liberación de los 36 tripulantes de la embarcación que permanecen capturados, tres de los cuales fueron este jueves trasladados a tierra.

   En fuentes de la Fiscalía, además, se llama la atención sobre el poco o nulo efecto que la citada cesión de jurisdicción tendría en los secuestradores, que lo que exigen es la liberación de los dos detenidos.

Competencia española

Defensa tardó siete días en hacer efectiva la orden dada por el juez Garzón el 5 de octubre para que los piratas fueran entregados de forma "urgente" en la Audiencia Nacional. Desde el principio se les acusó de asociación ilícita, 36 delitos de detención ilegal, robo con violencia y uso de armas.

   Al regreso de Pedraz al Juzgado, el pasado día 23, la situación se vio complicada casi hasta el esperpento por las dudas sobre la edad del más joven de los apresados, "Abdu Willy", que motivó la peregrinación del presunto corsario por prisión, centros de acogida y centros de menores hasta que la séptima prueba médica que se le realizó (en la clavícula) despejó las dudas sobre su mayoría de edad.

   Precisamente en el auto dictado el pasado lunes por el Pleno de la Sala  de lo Penal, en el que se determinó que el juez competente para investigar al supuesto corsario era Santiago Pedraz y no el juez de menores, se establecía con claridad que el caso debe ser investigado y juzgado por los tribunales españoles. 

   La Sala de lo Penal justificaba su competencia para actuar penalmente contra los dos detenidos al tratarse de los presuntos autores de un acto de violencia ocurrido "a bordo de un buque español" que se corresponde con delitos recogidos por el Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Navegación Marítima y la Convención sobre el Derecho del Mar.

   Por su parte, la Fiscalía ya se pronunció sobre esta cuestión en el escrito que dirigió al juez el pasado 5 de octubre para solicitar la prisión de los dos detenidos por 36 delitos de detención ilegal y otro de robo con violencia y uso de armas.

Al margen de Atlanta

   En ese escrito, el fiscal Jesús Alonso defendía con claridad la competencia de los tribunales españoles argumentando que la acción de piratería que se imputa a los dos detenidos se produjo "fuera de la zona de seguridad de la Operación Atalanta y, por lo tanto, al margen de las previsiones operativas y legales acordadas por la Unión Europea en el marco de la citada operación".

   De esta forma, el Ministerio Público defendía que en este caso "no resultan aplicables" los acuerdos de colaboración y el Canje de Notas que la Unión Europea y Kenia firmaron en febrero pasado y que establece que la jurisdicción de este país es la única competente para juzgar a los detenidos en el marco de esta operación. La Fiscalía también destacaba que la Justicia española debe hacerse cargo de esta causa por tratarse de "una agresión contra un buque español y contra ciudadanos españoles".
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