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Consejo de Ministros de este viernes

El Gobierno reduce la disciplina militar en la Guardia Civil con el anteproyecto de ley de Régimen Disciplinario

El Gobierno reduce la disciplina militar en la Guardia Civil con el anteproyecto de ley de Régimen Disciplinario

viernes 12 de enero de 2007, 15:48h
Los guardias civiles ya no serán arrestados y la aplicación del Código Penal Militar será reducida en la Benemérita. Así se prevé en el anteproyecto de ley de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil estudiado este viernes por el Consejo de Ministros. Paralelamente, el Gobierno ha aprobado los incrementos retributivos de Policía y Guardia Civil pactados con los sindicatos, así como las subvenciones oficiales al PP y al PSOE.
Como informó este periódico en su día, el Gobierno ha estudiado en su reunión de este viernes el anteproyecto de ley orgánica de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, una de las demandas más insistentes de las asociaciones de la Benemérita. Con el visto bueno del Consejo de Ministros, el anteproyecto será sometido a diferentes asociaciones e instituciones y se espera su aprobación definitiva como proyecto de ley en un par de semanas. El anteproyecto presentado por el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, no satisface, sin embargo, a las principales asociaciones existentes en el Cuerpo, que lo consideran “flojo”.

Según el anteproyecto presentado por Pérez Rubalcaba, pero ‘negociado’ con su colega de Defensa, José Antonio Alonso, se elimina la sanción de arresto, se limita la aplicación del Código Penal Militar en los guardias, se moderniza el catálogo de sanciones y se  mejora el sistema de garantías para los miembros de este “cuerpo policial”, según la definición facilitada por la propia Presidencia del Gobierno.

Según medios gubernamentales, con este Anteproyecto el Gobierno actualiza un régimen jurídico que tiene ya quince años, lo que “permitirá reforzar las garantías previstas en él, y cumple su compromiso electoral de reformar el régimen disciplinario de la Guardia Civil con el objetivo de eliminar la sanción de arresto, delimitar las conductas previstas en el Código Penal Militar y reforzar la competencia sancionadora de los órganos del Ministerio del Interior”.

La norma analizada por el Consejo de Ministros se basa en una nueva concepción de la Guardia Civil en la que, según Interior, se aúnan las funciones policiales que desarrolla con la naturaleza militar de su estructura. Así, el Anteproyecto plantea un modelo disciplinario riguroso, moderno y garantista: la supresión de diversas figuras sancionadoras, la modificación de los tipos de infracciones o la incorporación expresa de mayores garantías procedimentales en el ejercicio de la potestad disciplinaria son muestras significativas de esos propósitos. Estas medidas, sin embargo, son calificadas de “insuficientes” por varias asociaciones del Cuerpo.

En cualquier caso, las novedades más importantes introducidas en el Anteproyecto pretenden encontrar un “equilibrio correcto entre los instrumentos que el Cuerpo de la Guardia Civil precisa para el mantenimiento de un modelo disciplinario eficiente y actual, con la supresión de determinadas figuras jurídicas cuya aplicación, en circunstancias ordinarias, resulta desfasada, difícilmente justificable y excesivamente gravosa para sus miembros. En este sentido destaca la eliminación definitiva del arresto como sanción disciplinaria”, según el Gobierno.

El nuevo régimen disciplinario precisa el ámbito material de aplicación del Código Penal Militar a los miembros de la Guardia Civil, al considerar que muchos de los tipos penales que éste recoge resultan, en circunstancias cotidianas, de nula o escasa aplicabilidad a los integrantes de un Cuerpo cuyas funciones ordinarias están mayoritariamente asociadas al ámbito policial y no al castrense.

Así, según se prevé en el anteproyecto, la aplicación del Código Penal Militar a la Guardia Civil quedará limitada a aquellas situaciones extraordinarias que, por su propia naturaleza lo exigen, como sucede en tiempo de guerra, durante la vigencia del estado de sitio, en el cumplimiento de misiones de carácter militar o cuando el personal de dicho Cuerpo se integre en Unidades Militares.

También se refuerzan las competencias sancionadoras de los órganos del Ministerio del Interior mediante la atribución al ministro del Interior de la competencia para proponer al ministro de Defensa la imposición de la sanción de separación de servicio, competencia que hasta ahora estaba limitada a la mera emisión de un informe.
 

Nuevas conductas sancionables

Por otra parte, se modifica el catálogo de conductas sancionables y se da entrada a conductas merecedoras de una nueva tipificación expresa, como aquellas constitutivas de acoso moral o psicológico, o las atentatorias contra la libertad sexual, y se refuerza la prohibición de otras que resultan del todo incompatibles, social y profesionalmente, con la imagen del Cuerpo de la Guardia Civil, como son las relacionadas con el consumo de drogas, alcohol y otras sustancias tóxicas.

En este ámbito destaca la incorporación de infracciones como el incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución, que se recoge expresamente como falta muy grave (artículo 8.1); las conductas constitutivas de acoso o discriminación sexual, racial o de otro tipo (infracción muy grave en el artículo 8.4), o, específicamente, de “acoso laboral” (infracción muy grave del artículo 8.8); la realización de determinadas conductas relativas al incumplimiento del deber de reserva sobre secretos oficiales, que pasan a calificarse como falta muy grave y no simplemente como grave (artículo 8.16 y 17); o la negativa a someterse a un control o reconocimiento destinado a detectar el consumo de alcohol o drogas que incapaciten para prestar el servicio, que se incorpora, expresamente, como falta muy grave (artículo 8.21).

Paralelamente, se han suprimido determinadas faltas al considerarse superfluas o desfasadas con la moderna concepción policial de que actualmente goza la Guardia Civil. De este modo, por ejemplo, han desaparecido las referencias a conductas que aparecían definidas con carácter indeterminado bajo el criterio de “que no estando incluidas en los tipos anteriores constituyan infracción...”; aquellas que empleaban una terminología obsoleta, como “manifestaciones de tibieza o disgusto” o “el mantenimiento de relaciones sexuales en el acuartelamiento con trascendencia pública”; o las que empleaban la expresión “conducto reglamentario”, que ha sido sustituida por “cauce reglado”.


Procedimiento sancionador con más garantías

En cuanto al procedimiento sancionador, el nuevo régimen disciplinario hace hincapié en reforzar las garantías y derechos que asisten a los interesados. Un ejemplo de este objetivo es la eliminación del carácter oral del procedimiento por faltas leves, que queda ahora sustituido por uno nuevo escrito. Asimismo, el Gobierno resalta como “significativa” la simbólica desaparición del anacrónico término “gubernativo” para referirse a los procedimientos por falta muy grave.

Otra ‘novedad’ es la regulación del régimen disciplinario aplicable a los alumnos de los Centros Docentes de Formación de la Guardia Civil, que estaba regulado “inadecuadamente” en una Disposición Adicional de la Ley Orgánica de 17 de junio de 1991, y que ahora queda desarrollado a lo largo del articulado de una manera “más adecuada a la realidad y al régimen de estos alumnos”.

El Anteproyecto será remitido al Consejo General del Poder Judicial y, posteriormente, al Consejo de Estado, pasos previos a su aprobación definitiva para su remisión a las Cortes Generales, lo cual, según medios gubernamentales, tendrá lugar en las próximas semanas.

Nada más finalizar el Consejo de Ministros, el portavoz de Interior del Grupo Parlamentario Socialista, Antonio Hernando, se apresuró a valorar “muy positivamente” el anteproyecto de Ley de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil: “Supone el cumplimiento de uno de los compromisos del Gobierno con la Guardia Civil y estaba recogido en el programa electoral del PSOE”, afirmó Hernando.

El portavoz socialista destacó la importancia de la aprobación de esta Ley que significa “un paso fundamental en el proceso de modernización de la Guardia Civil y en la progresiva equiparación de este cuerpo a otros cuerpos de seguridad”. También mostró su “satisfacción” por el anuncio realizado por el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, sobre que se está trabajando en el proyecto de Ley de Derechos y Deberes de la Guardia Civil para que sea aprobado en las próximas semanas.

Incremento retributivo policial


Paralelamente, el Gobierno ha aprobado los incrementos retributivos que se derivan del acuerdo que alcanzaron el pasado 5 de abril de 2005 el Ministerio del Interior y los representantes sindicales del Cuerpo Nacional de Policía. Dicho acuerdo se extiende, asimismo, a los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil.

El incremento global específico de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado es del 6,16 por 100 en términos de crecimiento de la masa salarial, distribuido de la siguiente manera:

- 2,00 puntos por el crecimiento general de salarios en la Administración Pública.

- 3,16 puntos por aplicación del Acuerdo de mejoras de empleo de las Fuerzas de Seguridad del Estado suscrito entre el Ministerio del Interior y las Organizaciones Sindicales de la Policía en abril de 2005.

- 1,00 puntos por aplicación de la medida de equiparación gradual del importe de las pagas extraordinarias al importe de la paga ordinaria mensual.

El coste total de las actuaciones contempladas en el Real Decreto, excluido el 2 por 100 de incremento general de los funcionarios, es de 165,9 millones de euros.

Según el Gobierno, la subida salarial de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado duplica y, en algunos casos, triplica el incremento medio de los funcionarios públicos: “Si se analiza el salario mensual percibido por un policía y un guardia civil bases, la aplicación de las mejoras del Real Decreto supone un incremento bruto del 6,28 por 100, equivalente a unos 1.500 euros anuales”, según la referencia del Consejo de Ministros.

En el caso de la Guardia Civil, los incrementos brutos salariales anuales oscilan entre los 1.481 euros para un guardia y 2.496 euros para un capitán, y algunos servicios tendrán subidas adicionales, como es el caso de los agentes de la Agrupación de Tráfico, que podrán ver su nómina incrementada en más de un 10 por 100, todo según el Gobierno, que remarca, de igual manera, que adicionalmente a lo establecido en este Real Decreto, se aumentan las partidas de productividad y gratificaciones dedicadas al pago de servicios específicos. Las mejoras salariales comenzarán a percibirse en la nómina de enero.
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