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El Gobierno, reunido en el Consejo de Ministros
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El Gobierno, reunido en el Consejo de Ministros (Foto: Moncloa)

Cuándo entran en vigor las medidas anticrisis y quién podrá beneficiarse del IVA de los alimentos, cheque familia...

miércoles 28 de diciembre de 2022, 08:47h

Fue la otra gran noticia de la jornada de ayer martes, junto al acuerdo interno del CGPJ para nombrar a los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional: las nuevas medidas anticrisis del Gobierno para hacer frente a la inflación.

Ese sexto paquete de medidas contra la crisis provocada a nivel mundial por la guerra de Ucrania ha tenido una propuesta estrella por encima de todas: la supresión del IVA para los productos básicos de la cesta de la compra, considerados alimentos de primera necesidad: pescados, carne, pan, frutas, verduras, hortalizas, quesos, huevos... Además, otros productos esenciales como el aceite y la pasta tendrán un IVA más reducido aún, del 5%. La otra gran medida estrella fue el cheque para las familias. Las familias con rentas anuales inferiores a 27.000 euros y un patrimonio menor de 75.000 euros gozarán de una cheque de 200 euros para gastos comunes, como la alimentación.

Pero... ¿quién y cuándo podrá beneficiarse de estas y otras medidas?

El cheque familia, por ejemplo, estará destinado a familias que no reciban ya ninguna prestación social y que sean asalariados, autónomos y desempleados. La unidad familiar debe ingresar menos de 27.000 euros al año y su patrimonio no debe superar los 75.000 euros, sin tener en cuenta la vivienda habitual. Dicho cheque se podrá pedir entre el 15 de febrero y el 31 de marzo, a través de un formulario que pondrá a disposición la Agencia Tributaria. Se calcula que lo pueden recibir entre 4 y 5 millones de familias.

En cuanto al IVA reducido, será algo automático y todos los ciudadanos podrán disfrutar de este menor gravamen. Se aplicará directamente en los precios de los alimentos por parte de los comerciantes y estará disponible desde el 1 de enero. Estaría vigente hasta el finales del mes de junio, es decir, durante 6 meses. Eso sí, el Gobierno parece que podría continuar con esta medida si la inflación no se contiene en los próximos meses, y lo contrario: si mejoran los precios de los alimentos se retiraría antes, quizás en mayo.

Sobre los alquileres protegidos con la prohibición de su renovación al alza o con límite del 2%, estará vigente durante al menos otros 6 meses, hasta mitad de año. Lo pueden disfrutar todos los ciudadanos que vivan de alquiler.

Otro tema distinto es la bonificación de los carburantes, que ya sólo estará accesible para profesionales del transporte por carretera, repartidores, pescadores y agricultores. Es decir, aquellas personas y empresas que no pueden prescindir del uso de sus vehículos que emplean carburantes. Seguirán obteniendo un descuento de 20 céntimos por litro hasta marzo. Tras ese primer trimestre del año, tendrán otro de 10 céntimos hasta junio. Después, se revisará.

En cuanto a los transportes, todos los ciudadanos podrán seguir beneficiándose de la gratuidad de los Cercanías (Rodalíes en Cataluña), que son de titularidad estatal. Los medios de transporte públicos que son autonómicos o municipales, seguirán teniendo el actual descuento del 50%, siempre que estas administraciones colaboren con el Gobierno, que se responsabilizará del 30% y las comunidades autónomas, del 20%.

Las ayudas sociales como el Ingreso Mínimo Vital (IMV), que seguirá teniendo un alza del 15%, y del aumento de las pensiones no contributivas, seguirán vigentes todo el año 2023. Las disfrutarán las personas que se ajusten al perfil de esas ayudas.

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