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El "suplicio" de solicitar el Bono Joven de Alquiler en Madrid

El 'suplicio' de solicitar el Bono Joven de Alquiler en Madrid
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(Foto: MDO)
miércoles 28 de septiembre de 2022, 08:14h

Nueve meses después de su aprobación por el Gobierno central, las ayudas al alquiler de hasta 250 euros al mes para menores de 35 años ya se pueden solicitar en la Comunidad de Madrid. Con un presupuesto de 31,8 millones de euros, el Bono Joven llegará a las 5.000 primeras personas que cumplan las condiciones, algo que no es tarea sencilla. “Una campaña informativa habría sido más que útil”, lamentan muchos aspirantes que aseguran ir a contrarreloj para hacer acopio de la documentación demandada y que critican que algunos de los trámites exigidos tengan un coste económico.

El pasado miércoles 21 de septiembre se abrió el plazo para la solicitud de la ayuda. Ese día, los jóvenes expectantes ante la web de la Comunidad de Madrid pudieron conocer por primera vez la letra pequeña de todos y cada uno de los requisitos. Fue en este momento cuando una mayoría de los interesados comprobaron que la documentación necesaria era algo más que el padrón, el contrato de alquiler y tener una renta inferior a los 900 euros, en caso de vivir en aquellos municipios con precios tensionados en donde se ha aumentado el límite.

Mi opinión es que la Comunidad de Madrid solicita todos estos documentos para que desistas de pedir la ayuda. Por suerte, tanto mi pareja como yo hemos tardado solo una semana en recopilar todos los documentos, pero en el momento de leer todo lo que teníamos que aportar entramos en pánico”. Esta es la postura de Alba Cabañero, una joven de 27 años que reside en Galapagar y que lleva meses esperando la publicación de la ayuda.

Su caso es el de muchos otros jóvenes que no poseían las herramientas digitales pertinentes para poder acceder a todos los documentos requeridos, hasta que se han visto en la necesidad. En esta ocasión, la brecha digital no afecta a los mayores sino a los menores de 35 que desconocían la obligación de tener algún método de identificación digital como el certificado electrónico, el sistema Clave o el sistema Pin para poder realizar el trámite de forma telemática.

Paloma Martín, consejera de Medio Ambiente y Vivienda

Documentos “de pago” y falta de información

“Las nóminas, el contrato de alquiler y la declaración de la renta son documentos que tienes a mano, pero la Nota de Localización del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad no sabía que existía hasta que he tenido que pedir esta ayuda”, detalla Cabañero en referencia a uno de los “papeles” que exige la Comunidad de Madrid.

No entiendo que para pedir una ayuda sea necesario pagar. La Comunidad de Madrid, desde su poder como Administración, imagino que puede comprobar que yo estoy empadronada en la casa para la que pido la ayuda, al igual que solicitar la información al Registro de la Propiedad. Si para solicitar la ayuda no me piden una copia del DNI, ¿por qué estos papeles sí?”, se pregunta esta joven, que critica además el coste económico de unos 10 euros que tiene este documento.

"Te sientes un poco estafado"

Según el Registro de la Propiedad, la Nota de Localización es “una documentación de carácter informativo que determina el lugar en el que una persona física o jurídica tiene inscripciones relativas a propiedades, obtenida a través del Índice General Informatizado de fincas y derechos y proporcionado, en todo caso, a través de un Registrador. La información comprende no sólo el dominio, sino todos los derechos que pueden estar inscritos a favor de una persona, cualquiera que sea su naturaleza”.

Sobre este respecto, Lucía Martín, de 27 años y que comparte piso con otras dos personas, sostiene que le parece “injusto tener que pagar para conseguir un documento sin tener garantía” de que después le concederán la ayuda y, por tanto, “que vaya a merecer la pena el desembolso”. “Es aún más surrealista que justo ese documento de pago lo exijan no solo al solicitante, sino a los compañeros de piso. En mi caso, que tengo dos, me veo obligada a pagar 30 euros que, si no me dan la ayuda, son perdidos”, critica.

En el mismo sentido se expresa Alberto Sánchez, que tiene 30 años y ha solicitado la ayuda: “Te sientes un poco estafado. Son documentos que sólo la administración puede expedir, y de carácter público, por lo que deberían ser gratuitos. Además, es una campaña destinada a ayudar a jóvenes con dificultades económicas, por lo que pedirles un gasto previo, sin tener la certeza de que vayan a recibir la subvención, es incluso abusivo y tremendamente injusto”.

Para este joven residente en un piso de 40 metros cuadrados fuera de la M-30 por el que paga unos 725 euros al mes, otro de los grandes problemas que ha habido con esta ayuda ha sido y es el acceso a la información. Explica que por su trabajo él está familiarizado con las herramientas digitales precisas para conseguir toda la documentación, sin embargo, opina que para aquellos que no conocen cómo funciona la Administración puede resultar un proceso excesivamente complejo.

En este sentido, alega que una campaña informativa previa al inicio de la convocatoria habría solucionado muchos de los problemas o, “al menos, mejorar los materiales disponibles en la web, explicando con detalle, paso por paso y con enlaces o vídeos sobre cómo obtener cada uno de los documentos”.

Requisitos “injustos”, según solicitantes

Además de la tasa administrativa de 10 euros para conseguir la Nota de Localización, existen otros elementos que son calificados como “injustos” por parte de algunos de los solicitantes. En primer lugar, se encuentra el requisito de disponer de una fuente regular de ingresos, algo que es contradictorio para muchos de los jóvenes preguntados por este diario.

“Puedes tener un trabajo y que el salario no te dé para pagar el alquiler, pero ¿no necesitaría más esta ayuda una persona que no tiene ingresos regulares?”, se pregunta Alba Cabañero, que no comprende cómo este bono al alquiler está limitado a personas que puedan demostrar ingresos durante los seis meses anteriores a la solicitud. Aquí, cabe destacar que este requisito figura en todas y cada una de las convocatorias de las 17 Comunidades Autónomas, por lo que no es un elemento exclusivo de la Comunidad de Madrid.

Para Alberto Sánchez, en cambio, el requisito menos justo es “la ausencia de un plazo y que el baremo sea el de conceder ayudas según se reciba la solicitud”, en referencia a que las ayudas se conceden por orden de llegada. Sobre este aspecto, considera que “debería estudiarse caso por caso y concederse la ayuda, única y exclusivamente, atendiendo a un criterio económico y de necesidad. La brecha digital no debería ser un impedimento para acceder a una ayuda tan necesaria en una comunidad como Madrid”.

Relacionado con la problemática digital, Silvia Bustamante, otra solicitante de 30 años, sostiene que es “completamente injusto” que no se haya avisado de la exigencia de certificado digital. “Llevo una semana intentando conseguir toda la documentación y aún no lo he logrado”, lamenta esta madrileña que comparte una vivienda con su pareja por 750 euros al mes. Añade que en su círculo cercano “tanto amigos como familiares y compañeros de trabajo no tienen certificado electrónico”, un trámite que conlleva un “tiempo excesivo para un proceso en el que la rapidez es fundamental, pues la ayuda no se concede a todos los que cumplen los requisitos, sino a los 5.000 primeros que llegan”.

Breve mapa de los requisitos por Comunidades

El Bono Joven de Alquiler es una medida implementada y financiada por el Gobierno central que consiste en pagar a los beneficiarios hasta 250 euros al mes durante un máximo de dos años. Sin embargo, son los gobiernos autonómicos los que han regulado los requisitos para acceder a esta ayuda, además de la posibilidad de ampliar la cuantía máxima de renta susceptible de ser subvencionada a los 900 euros por vivienda. De esta manera, cada región ha regulado de una manera diferente el acceso al bono, a excepción de ciertas exigencias comunes a toda España.

Algunos de estos requisitos comunes son tener menos de 36 años, la nacionalidad española o estar en una situación regular, poseer un contrato de alquiler, demostrar una fuente de ingresos regulares y no ganar más de 23.725,80 euros al año (tres veces el IPREM). Más allá de estas cuatro condiciones, son los ejecutivos autonómicos quienes han estimado oportuno que sean los propios interesados los que tengan que aportar o no otros documentos, ya que en la mayoría de las Comunidades se da la opción a que la administración recabe la información fiscal y catastral de los aspirantes.

Esta es la clave principal por la que en la Comunidad de Madrid es necesaria la aportación de un volumen importante de documentos. Destacan algunos como el padrón colectivo e histórico, los justificantes de los pagos del alquiler, la declaración del IRPF de todos los habitantes de la vivienda, el informe de vida laboral y la Nota de Localización del Registro de la Propiedad de todos los residentes del domicilio. Así, se sitúa como una de las regiones que más documentación demanda para acceder a la ayuda.

De esta forma, junto a Madrid se alza Castilla y León como otra región que obliga a los interesados a presentar por su cuenta documentos que la administración recaba en otras autonomías. Casos contrarios son la Región de Murcia, Castilla la Mancha, el Principado de Asturias o Cataluña, que permiten a los beneficiarios dar su consentimiento para que comprueben sus datos fiscales y catastrales mediante sus propios medios.

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