El TSJM declaró nulo el último presupuesto de Álvarez del Manzano
miércoles 18 de marzo de 2009, 10:05h
El TSJM declaró nulos los presupuestos aprobados en 2001 por el ex alcalde Álvarez del Manzano y la venta de suelo municipal por valor de 89,4 millones de euros para redondear las cuentas del último ejercicio de Manzano y obliga al actual Ayuntamiento restituir esos terrenos, según publica este miércoles el diario El Mundo.
El Ayuntamiento tendrá que restituir al patrimonio municipal lo terrenos que en su día vendió el anterior alcalde. El fallo judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anula en acuerdo plenario del 20 de diciembre de 2001, cuando se aprobaron los presupuestos.
Según el tribunal, esa enajenación de terrenos se utilizó de forma indebida en inversiones no permitidas por la ley, "provocando una desviación financiera de recursos lo que supone una irregularidad". Además, el TSJM considera que la definición del presupuesto y la determinación de las inversiones eran deficientes, por lo que lo declaró nulo en su totalidad, según El Mundo.
El Ayuntamiento recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo, pero el juez rechazó el recurso, ratificó la sentencia del TSJM e incluso obligó al Consistorio a pagar las costas procesales. El Ejecutivo pidió entonces que el presupuesto fuera declarado anulable y no nulo de pleno derecho, ya que éste ya estaba liquidado. El PSOE, que fue quien llevó la decisión de venta de los terrenos públicos a los tribunales, entiende que aunque el presupuesto ya no esté en vigor, eso no es motivo para no cumplir la sentencia. El TSJM ratificó esa decisión el pasado día 5 de marzo.
El portavoz municipal de Hacienda del PSOE, Pablo García Rojo, aseguró que "el Ayuntamiento ha de estar del lado del principio de legalidad" y que la fórmula más razonable de acatar esa sentencia judicial es "reincorporar el valor del suelo, 89,4 millones de euros".
El grupo socialista llevó el asunto al Pleno de noviembre. El delegado de Hacienda, Juan Bravo, aseguró entonces la imposibilidad del Ayuntamiento de acatar la sentencia porque los presupuestos ya estaban ejecutados.