La Fiscalía ha rechazado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de prorrogar otros 6 meses la investigación contra la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez. En su opinión, la causa no se encuentra sujeta "a las limitaciones de los plazos" de instrucción al poder ser juzgada por un jurado popular. Junto a ello, han afirmado que la "discrepancia" se debe a una cuestión "exclusivamente procesal".
Así lo ha dado a conocer el Ministerio Público a través de un recurso que ha salido este jueves, en el que el fiscal mantiene que el tribunal del jurado "tiene sus propias especialidades y secuencias probatorias de acuerdo a la ley reguladora".
Por lo que cree que no es procedente ni "necesario" prorrogar hasta abril de 2026 la instrucción contra Gómez porque "este tipo de procedimiento no se halla sujeto a las limitaciones de los plazos máximos de instrucción y sus prórrogas".
Peinado prorrogó la causa por las "numerosas diligencias pendientes"
La Fiscalía ha sacado este recurso después de que el juez Peinado decidiera ampliar 6 meses más la causa que encabeza contra la mujer de Pedro Sánchez por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca, intrusismo y malversación, aclarando que tiene "numerosas diligencias pendientes de resolver".
En su auto, el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid manifestó la causa "prorrogada" 6 meses más, "a contar del próximo 16 de octubre". Por tanto, la investigación puede alargarse hasta mediados de abril del próximo año, justo cuando se van a cumplir dos años de la apertura del caso Begoña Gómez y a pocos meses de que el juez llegue a los 72 años, edad a la que se verá obligado a jubilarse.
Barrabés recurre la transformación del procedimiento
Por su parte, el empresario Juan Carlos Barrabés ha decidido recurrir ante la Audiencia Provincial de Madrid la transformación del procedimiento al del tribunal del jurado. La defensa dice ser consciente de que el delito de tráfico de influencias es competencia del tribunal del jurado y puede llevar a los otros que no lo son, en este caso corrupción en los negocios, intrusismo y apropiación, cuando hay "conexidad" entre ellos. Pero ha rechazado que "este sea el caso".
Junto a esto, ha remarcado que "la incorporación al procedimiento del jurado de los delitos conexos no deja de ser una excepción". Por lo que "debe ser tomada con cautela y de manera restrictiva y no con carácter expansivo, aplicando el procedimiento a otros supuestos que no están en el espíritu de la norma".