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La Fiscalía discrepa con el juez Llarena y pide que impute a Puigdemont el nuevo delito de 'desórdenes públicos agravados'
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(Foto: JxCat)

La Fiscalía discrepa con el juez Llarena y pide que impute a Puigdemont el nuevo delito de 'desórdenes públicos agravados'

martes 17 de enero de 2023, 14:02h

La Fiscalía del Tribunal Supremo discrepa con el juez de este órgano Pablo Llarena y le ha pedido que impute a Carles Puigdemont el nuevo delito de 'desórdenes públicos agravados'.

Los fiscales recurren así el auto de Llarena, quien en un texto lleno de pullas políticas al Gobierno por la reciente reforma del delito de sedición, asegura que no podía ya imputar estos graves delitos al ex president catalán.

Desde la Fiscalía creen que tanto Puigdemont como sus ex consejeros Toni Comín y Clara Ponsatí podrían ser imputados efectivamente por el nuevo delito de desórdenes públicos agravados. De hecho, pide que sea así en lugar de la imputación del delito de desobediencia.

RTVE ha tenido acceso al escrito de los fiscales, quienes exponen que debería incluir en las órdenes de detención e ingreso en prisión el tipo penal de desórdenes públicos del artículo 557.1 y 2 Código Penal a estos 3 políticos huidos de España. Creen que debe ser así para que en nu futuro proceso judicial figuren para ser enjuiciados.

En su argumentación, la Fiscalía del Supremo considera: "Los hechos constituyen un delito de desórdenes públicos porque se cumplen todos los elementos típicos del artículo 557.2 del Código Penal: actuación en grupo, fin de atentar contra la paz pública, incumplimiento de resoluciones judiciales y realización de actos típicos de violencia, intimidación, obstaculización de vías públicas con riesgo personal o invasión de edificios alterando sus servicios esenciales".

Los desórdenes públicos agravados

El juez Llarena y Puigdemont

Si finalmente Puigdemont y sus ex consellers son acusados de desórdenes públicos agravados se enfrentarían a penas que llegan a 17 años de prisión, siendo casi tan graves como se hablaba en el viejo delito de sedición, ya derogado por el Gobierno y sus socios parlamentarios al considerar que no tenían equivalencia en el resto de ordenamientos jurídicos de los países europeos.

Y es que Llarena, en su controvertido auto judicial, exponía que los hechos de la causa no encajaban en el delito de desórdenes públicos. Argumentaba que la intención de los procesados fue "desbordar el orden constitucional y lograr, directa o indirectamente, pero fuera de las vías legales, un nuevo orden territorial y político", pero sin violencia: "aleja su comportamiento de la transgresión de las ordinarias reglas de convivencia en grupo, que constituyen el bien jurídico protegido en los delitos contra el orden público".

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