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Luz verde al plan de Interior para alertar a las mujeres de los antecedentes de su agresor
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(Foto: Comunidad de Madrid)

Luz verde al plan de Interior para alertar a las mujeres de los antecedentes de su agresor

jueves 09 de febrero de 2023, 14:55h

Tras el repunte de casos de violencia machista que se ha vivido en los últimos meses, el Gobierno inició un gabinete de crisis con los ministerios implicados para intentar mejorar el protocolo y la estrategia.

Una de las ideas, liderada por el Ministerio de Interior, fue la de alertar a las mujeres que conviviesen con maltratadores especialmente peligrosos.

Ahora ya se ha hecho oficial con la nueva instrucción aprobada y desde este mismo viernes Interior podrá alertar a las mujeres que denuncien casos de violencia machista sobre los antecedentes de su agresor.

El secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, ha firmado este jueves la Instrucción 1/2023, que incluye esta medida como refuerzo de las iniciativas adoptadas por el departamento contra los denominados ‘agresores persistentes’ que reinciden en actos de violencia machista.

La iniciativa, que fue anunciada el pasado mes de diciembre por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, incorpora los criterios expresados en sus respectivos informes favorables por la Fiscalía de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía General del Estado y la Abogacía General del Estado.

La comunicación no será generalizada, sino que dependerá del riesgo de cada caso

Acorde con esas pautas, la Instrucción 1/2023 establece que los agentes de Policía Nacional o Guardia Civil encargados de ejecutar el plan de seguridad personalizado previsto en cada caso activado en el Sistema Viogén informarán a la mujer a proteger si su agresor ha sido denunciado por otra u otras víctimas de violencia de género anteriores si ésta circunstancia constituye un factor de riesgo especial para ella y para las personas que de ella dependan.

En ningún caso esa comunicación podrá realizarse con carácter sistemático o generalizado, sino que los agentes encargados de elaborar la valoración del riesgo deberán examinar cada caso concreto y evaluar diversos aspectos, entre ellos el grado de riesgo que los antecedentes del agresor suponen para su actual pareja o la necesidad de que ésta y su entorno los conozcan para mejorar su percepción del peligro que corren.

Por lo que a los antecedentes se refiere, los agentes policiales solo valorarán conductas de carácter violento o que hubieran implicado un riesgo cierto para la seguridad de la mujer agredida o su entorno denunciadas por víctimas precedentes durante los 5 años anteriores.

Y quedan excluidos de esta valoración aquellos hechos prescritos o sobre los que conste en el Sistema Viogén la existencia de una sentencia absolutoria o de sobreseimiento libre del procedimiento judicial.

Si el análisis de estos factores y el resto de los indicadores utilizados para realizar la valoración policial del riesgo lo aconseja, la comunicación de los antecedentes del denunciado a su víctima se producirá en aquellos casos considerados de riesgo medio de especial relevancia, así considerados porque combinan circunstancias que aumentan de manera significativa la probabilidad de que el agresor ejerza sobre la mujer una violencia muy grave o letal, alto o extremo.

En todo caso, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, la comunicación a la víctima se limitará a señalar que su agresor tiene antecedentes por violencia machista en el Sistema Viogén, sin facilitarle mayores precisiones sobre los hechos anteriores que se le atribuyen.



La instrucción también ordena que, en el momento de informar al denunciado por violencia de género de que está sometido a control y seguimiento policial, le comuniquen también que las medidas acordadas en su caso se podrán extender a otras víctimas previas de su acción agresora.

Presos reincidentes

Esta iniciativa se reproducirá en el supuesto de agresores reincidentes presos que, por un permiso o por extinción de la condena, puedan abandonar el centro penitenciario.

Los agentes deberán extremar también le verificación del cumplimiento de las medidas judiciales de protección dictadas contra un agresor reincidente, como las órdenes de alejamiento, y en los supuestos en los que opten por solicitar a la Fiscalía la asignación de una pulsera telemática de control para mantenerle vigilado, en el atestado destacarán que contra él constan denuncias de víctimas anteriores en el Sistema VioGén y que esta circunstancia supone un notable riesgo específico de reiteración delictiva.

Además, cuando el agresor reincidente esté inmerso en un caso de especial relevancia con nivel de riesgo medio, alto o extremo, los especialistas policiales actualizarán la valoración del riesgo que corren sus anteriores víctimas con casos activos en el Sistema Viogén, y se pondrán en contacto con aquellas mujeres que ya fueron agredidas por el mismo sujeto pero su caso lleva inactivo un máximo de 90 días, para que incrementen sus precauciones.

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