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Comisión Legistaliva y de Fiscalización quedó instalada

Comisión Legistaliva y de Fiscalización quedó instalada

domingo 26 de octubre de 2008, 17:27h

Una vez que se agotó la agenda prevista para la sesión 98, que tenía por objetivo designar a los integrantes del Consejo Nacional y el Tribunal Contencioso Electoral y conformar la Comisión Legislativa y de Fiscalización, la Asamblea Constituyente culminó sus funciones y se clausuró.


En aplicación de lo dispuesto en el Art. 17 del Régimen de Transición, la Asamblea Constituyente, a través de un Mandato, con 81 votos a favor, expidió el Estatuto de Funcionamiento de La Comisión Legislativa y de Fiscalización, que cumplirá las competencias de la Asamblea Nacional, previstas en la Constitución, hasta que se elijan y posesionen los asambleístas. A este instrumento jurídico se acompaña, como anexo, la nómina de sus 76 miembros que fueron escogidos sobre la base de los resultados obtenidos en la elección de asambleístas, garantizando la proporcionalidad en la representación política.


Para el efecto, se adecuó la fórmula matemática de manera que en las circunscripciones territoriales que eligieron cinco (5) y tres (3) asambleístas se consideren tres (3) y dos (2) escaños, respectivamente.

 
Según lo preceptuado en las Disposiciones Transitorias Primera y Segunda, el órgano legislativo, en el plazo máximo de 120 días contados desde la entrada en vigencia de esta Constitución aprobará la Ley que desarrolle el Régimen de Soberanía Alimentaria; la Ley Electoral; Ley  Reguladora de la Función Judicial, del Consejo de la Judicatura y la Ley que Regula el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

Así mismo, en un plazo de 30 días, designará con base a un concurso de oposición y méritos, con postulación, veeduría e impugnación ciudadanas, a las consejeras y consejeros del primer Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, quienes permanecerán provisionalmente en sus funciones hasta la aprobación de la Ley correspondiente. En este proceso se aplicarán las normas y principios señalados en la Constitución.

En materia legislativa, aunque la Constitución prevé un plazo máximo de 360 días para aprobar un conjunto de leyes que desarrollan derechos y garantías contempladas en ella, así como viabilizan el trabajo de funciones estatales y organismos públicos, la Comisión Legislativa está facultada para tramitar, entre otras, la Ley que Regule el funcionamiento de la Corte Constitucional y sus procedimientos de control; Ley de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua; Ley de Comunicación; Leyes de Educación, Educación Superior, de Cultura y el Deporte; Ley que Regule el Servicio Público; Ley de Defensoría Pública; Ley de Descentralización Territorial de los distintos niveles de gobierno y sistema de competencias; Ley Penal y de Procedimiento Penal en materia Militar y Policial; y, Ley que Regule la Seguridad Pública y del Estado.

También podrá ejercer las funciones inherentes al control de la acción de gobierno (fiscalización), conforme lo previsto en la Constitución. C

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