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Obras de El Soplao

El TSJC estudiará si Marcano cometió tráfico de influencias al adjudicar la obra

El TSJC estudiará si Marcano cometió tráfico de influencias al adjudicar la obra

jueves 12 de febrero de 2009, 12:01h
El Tribunal ha admitido la querella de un particular, pero ha descartado delitos de prevaricación.
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) estudiará si el consejero de Turismo, Javier López Marcano, cometió un delito de tráfico de influencias en la adjudicación de las obras de El Soplao a la empresa SIEC, tras admitir parcialmente la querella presentada por un particular.

    El TSJC ha descartado, en cambio, otras imputaciones recogidas en la querella, que acusaba a tres directores generales del Gobierno regional y al alcalde de Rionansa de supuestos delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio.

    En el auto de admisión parcial de la querella, la Sala de lo Civil y Penal señala que en este momento procesal no se puede descartar que el consejero y el director de SIEC, Juan Miguel García -también acusado-, hayan podido incurrir en tráfico de influencias.

La Sala entiende que la acusación de tráfico de influencias puede sustentarse "a nivel indiciario" en las copias de las facturas de los trabajos y de la convocatoria para la adjudicación de la gestión de la cueva a SIEC que ha aportado el querellante, Ricardo Puente Antuña.

    Así, los magistrados inciden en diversas facturas recogidas en la querella, que acreditan que el importe de diferentes obras en la cueva de El Soplao se fijó en precios inferiores a 30.000 euros, que es el tope que fija la ley para que los contratos puedan adjudicarse sin concurso.

    En este sentido, la querella adjunta copias de las facturas por importe de hasta 29.990 euros, y varias por valor de 29.950 euros, expedidas por cuatro empresas distintas.

    Siete de ellas están firmadas por el contratista acusado, Juan Miguel García, al que el querellante atribuye una amistad con el consejero que, según denuncia, habría motivado esas adjudicaciones.

    Por otro lado, la Sala de lo Civil y Penal rechaza que en la tramitación del proyecto de El Soplao se haya incurrido en prevaricación, ya que entiende que, en su actuación, los querellados no dictaron ni tampoco influyeron en resoluciones administrativas "con notas de ilegalidad" que sea "patente, flagrante y clamorosa", tal y como indica la ley.



Añade que tampoco puede deducirse que las personas acusadas hayan cometido ilegalidades "a sabiendas de su injusticia" y recuerda que ya en 1999 el Gobierno de Cantabria contemplaba la posibilidad de habilitar una infraestructura de ocio y turística en El Soplao.

    La Sala de lo Civil y Penal considera además que es evidente que los querellados tampoco han cometido ningún delito de malversación ni contra la ordenación del territorio, y señala que la obra obtuvo los permisos de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo una vez que se cumplió con los trámites legales.

    El querellante es un ingeniero de minas que alega tener el derecho de explotación de los recursos mineros en la cueva aunque, pese a ello, la Consejería inició los trámite para llevar a cabo el proyecto turístico de El Soplao. Puente Antuña también denuncia que las obras en esta cueva comenzaron con anterioridad a que se concediera el preceptivo permiso y que esta infraestructura se inauguró dos meses antes de contar con la licencia.

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