El rector toma como punto de partida el artículo 71 de la Carta Magna que establece lo siguiente:
Artículo 71. Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral.
También podrán ser sometidas a referendo consultivo las materias de especial trascendencia parroquial, municipal y estadal. La iniciativa le corresponde a la Junta Parroquial, al Concejo Municipal o al Consejo Legislativo, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; al Alcalde o Alcaldesa, o al Gobernador o Gobernadora de Estado, o a un número no menor del diez por ciento del total de inscritos en la circunscripción correspondiente, que lo soliciten.
Díaz recordó que lo que pedirán los representantes del Consejo Legislativo del Zulia será un referendo consultivo y no uno abrogatorio de la citada ley, lo cual rebatiría el argumento ofrecido por la presidente de la Asamblea Nacional, Cilia Flores, quien aseguró que no es procedente la consulta por tratarse de una ley nacional.
Como una medida para expresar su rechazo a la centralización de puertos aeropuertos y carreteras, el Consejo Legislativo del Zulia presentará una solicitud de referendo consultivo al CNE.