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Las parcelas deben estar inscritas en el Registro Vitícola

Agricultura quiere regular el viñedo no autorizado

Agricultura quiere regular el viñedo no autorizado

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de junio de este año

martes 14 de abril de 2009, 18:40h
La consejería de Agricultura y Desarrollo Rural ha publicado una orden para regular las parcelas de viñedo plantadas sin autorización antes de 1998. Todos los que decidan acogerse a esta medida deberán cumplir unos requisitos determinados y deberán pagar una compensación de 4.000 euros por hectárea.

La consejería de Agricultura y Desarrollo Rural ha hecho público este martes el anuncio de la Orden por la que regula el procedimiento de regularización de las parcelas de viñedo plantadas sin autorización administrativa antes del mes de septiembre de 1998.

La Orden establece las condiciones de admisibilidad de las superficies a regular y que deberán cumplir determinados requisitos, según la información recogidas hoy, martes, en el Diario Oficial de la Región.

Entre los requisitos que deben cumplir está el que dichas parcelas estén inscritas en el Registro Vitícola a nombre del solicitante a fecha de presentación de solicitud, que el viñedo en cuestión esté plantado antes del 1 de septiembre de 1998, fecha en la que figurará inscrito en el Registro Vitícola a nombre del solicitante y que cumpla normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo de vinificación.      

El valor medio del derecho de replantación de viñedo en Castilla-La Mancha queda fijado en 1.800 euros/hectárea y todos los viticultores que se acojan al proceso de regularización pagarán una compensación de 4.000 euros por hectárea de cultivo a regularizar. La compensación se deberá hacer efectiva una vez resuelta la solicitud de regularización.

Los viticultores que quieran acogerse al procedimiento de regularización deberán presentar su solicitud ante la Dirección General de Producción Agropecuaria, en cualquier punto de la Administración que recoge la Orden.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2009. Únicamente se acepará una solicitud por titular, en la que éste deberá indicar todas las parcelas ubicadas en la región para las que se solicita la regularización del viñedo.          

La Orden también recoge que en tanto no se resuelva el proceso de regularización, las uvas y los productos elaborados a partir de las producciones de dichas parcelas únicamente podrán ponerse en circulación con destino a la destilación.

Los productos resultantes no podrán utilizarse para la elaboración de un alcohol con un grado alcohólico volumétrico adquirido igual o inferior al 80 por ciento.       

No obstante, para las cosechas de 2009 y siguientes, el viticultor podrá solicitar la destrucción de la producción antes de que finalice la maduración de las uvas, o que dicha producción se destine a consumo familiar si el tamaño de la superficie total es inferior a 0,1 hectáreas.

Sobre las superficies no regularizadas la Orden establece que la que no lo hayan sido antes del 1 de enero de 2010 deberán ser arrancadas por el explotador de la plantación ilegal o en su defecto por el propietario de las parcelas.

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