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Menores: sentencias ejemplares

Menores: sentencias ejemplares

jueves 10 de septiembre de 2009, 17:18h
Que a los detenidos de Pozuelo les haya impuesto el juez medidas cautelares  como la prohibición de ir a fiestas o ferias después de las diez de la noche durante tres meses, así como 90 días de libertad vigilada, me parece perfecto. Habría que esperar que cuando llegue la sentencia definitiva, que debería ser más pronto que tarde para que sea justicia, la sanción no sea, o no sea sólo, una multa o una reparación económica a los padres por los daños causados, sino, sobre todo,  obligar a estos jóvenes a que paguen los daños con su trabajo o que resarzan el daño hecho con trabajos por la comunidad: atender a enfermos sin compañía, reparar los destrozos que hicieron con sus propias manos, asistir a lugares donde se rehabilitan jóvenes marcados por la droga o el alcohol o explicar a otros jóvenes en los colegios lo que te puede pasar si te conviertes en un salvaje irresponsable. Los jueces tendrían que ser imaginativos, como lo es de hecho más de uno. No sólo deben tener castigo este tipo de acciones; el castigo tiene que ser recuperador.

Otro juez sancionó hace poco a unos padres a pagar una multa por la conducta de su hijo y ahora la Audiencia Provincial de Córdoba ha rebajado ligeramente la multa, pero ha mantenido la sanción y el fondo de la misma. Interesa el hecho y el razonamiento. Un Juzgado de Menores condenó a un menor y a sus padres por las lesiones causadas por aquél en el transcurso de una disputa ocurrida la finalizar un partido oficial de fútbol en el que el menor participaba como integrante de un equipo federado. Aunque la sentencia reconoce que la lesión la produjo en el transcurso de la práctica de una actividad federada, bajo la tutela o la autoridad de los responsables federativos, condena a los padres, como responsables solidarios, a indemnizar a la víctima como culpables “in educando”, en atención a un déficit de formación personal imputable a ellos por una presunción de falta de aplicación en sus labores y deberes educativos.

Lo decisivo, dice el juez, no es la falta de vigilancia que dio lugar a la pelea y a la agresión, sino la carencia formativa del menor en aspectos básicos de la convivencia que propicia groseros comportamientos lesivos de derechos básicos ajenos. Es decir, aunque el delito no fue debido a dolo o negligencia de sus progenitores, éstos son responsables por no haber educado como debían a su vástago. Es un tema complejo y con muchas aristas, pero alguien tiene que ser responsable de estas conductas y poner los medios para que estos menores se responsabilicen de lo que hacen. Los jóvenes de Pozuelo deberán ser evaluados cada semana por técnicos y psicólogos de la Comunidad de Madrid y el chaval de Córdoba no olvidará nunca lo que puede producir una agresión. Todo, una vez más, es una cuestión de educación.
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