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Fueron detenidos en Francia

El Gobierno acuerda la solicitud y la ampliación de extradición de dos etarras

El Gobierno acuerda la solicitud y la ampliación de extradición de dos etarras

viernes 13 de abril de 2007, 16:57h
El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, ha acordado tramitar el expediente de la cuarta ampliación de extradición activa de María Soledad Iparraguirre Guenechea, la integrante del “Comando Araba” de ETA, detenida en Francia el 3 de octubre de 2004.

 El 26 de junio de 1985, la reclamada, junto a otros tres miembros del grupo, esperaron el paso del cartero de Amurrio (Álava) que iba en bicicleta y sin mediar palabra, le dispararon causándole la muerte inmediata, mientras esta y otro sujeto cubrían la acción.

 Los hechos descritos constituían, en el momento de su comisión, un delito de asesinato, que se corresponde con un delito de asesinato terrorista por el vigente Código Penal español. Por estos hechos, el Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional dictó auto decretando el procesamiento y prisión para Iparraguirre, que fue detenida en Francia el 3 de octubre de 2004.

El 30 de marzo de 2007 tuvo entrada en el Ministerio de Justicia el expediente remitido por el citado juzgado interesando nuevamente a Francia la ampliación de extradición, conforme a las disposiciones del Convenio de Dublín de 27 de septiembre de 1996.

El Gobierno español ya solicitó a Francia la extradición el 18 de febrero de 2005, pero la Corte de Apelación de Toulouse la denegó el 10 de octubre de 2006 por prescripción de los hechos conforme al Derecho francés.

Sin embargo, desde julio de 2005, Francia forma parte del Convenio establecido sobre la base del art. K 3 del Tratado de la Unión Europea relativo a la extradición entre los estados miembros de la UE, celebrado en Dublín el 27 de septiembre de 1996.

El art. 8.1 de dicho convenio establece que no se podrá denegar la extradición cuando la acción o la pena hayan prescrito con arreglo a la legislación del Estado miembro requerido. Es por este motivo, por lo que, a solicitud del Juzgado Central de Instrucción nº 4, se presenta nuevamente demanda de extradición sobre los mismos hechos.

En estos momentos, Iparraguirre se encuentra en Francia cumpliendo condena por responsabilidades pendientes en aquel país, por lo que aún no se ha efectuado la entrega.

Solicitud de extradición

El acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros también comprende la tramitación del expediente de extradición activa de Miguel María Ibáñez Oteiza, detenido en Francia el pasado 9 de marzo. Ibáñez realizó labores de localización y vigilancia de una persona residente en Elgoibar (Guipúzcoa) con la intención de acabar con su vida. El 6 de julio de 1988 miembros del “Comando Eibar”, utilizando los datos recibidos, esperaron a la víctima en las proximidades de su domicilio y uno de ellos efectuó dos disparos a quemarropa, que produjeron su muerte casi inmediata.

Los hechos constituían, en el momento de su comisión, un delito de atentado frustrado en relación con un delito de asesinato y un delito de pertenencia a organización terrorista, con arreglo al Código Penal Texto Refundido de 1973. Estos actos se corresponden con un delito de asesinato terrorista en grado de tentativa y otro de pertenencia a banda terrorista por el Código Penal español vigente.

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