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Por orden del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Primera condena a un aeropuerto: Barajas sufrirá un recorte brutal a sus vuelos

Primera condena a un aeropuerto: Barajas sufrirá un recorte brutal a sus vuelos

martes 10 de noviembre de 2009, 14:51h
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenando a AENA reducir con carácter inmediato en un 50% la cifra actual del total de vuelos sobre la urbanización Ciudad Santo Domingo (Algete), ejecutando la sentencia del Tribunal Supremo que reconoció vulnerado el derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos por el ruido que provocan las aeronaves del aeropuerto de Barajas.
En un auto hecho público este martes, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima parcialmente dos recursos de súplica interpuestos contra un auto del 28 de julio de 2009. Los recurrentes impugnaron esta resolución, ya que los datos que incluían ponen de manifiesto que "la situación, en cuanto a nivel de ruido permanece idéntica a la analizada por el Supremo", incluso llegando a aumentar.

El TSJM entiende que la ejecución de la sentencia del Supremo requiere para que cese la lesión del derecho fundamental no sólo una disminución del nivel del ruido, sino también el número y frecuencia de sobrevuelos. "Si no se cumple uno de estos dos requisitos, la lesión del derecho fundamental a la intimidad domiciliaria permanece", recalca la Sala.

Del examen de los datos aportados por los vecinos, los magistrados concluyen que se constata que la entrada en funcionamiento de la nueva pista 18-L no ha supuesto "la mejora sustancial alguna en cuanto al número y frecuencia de vuelos sobre la urbanización, con relación a la situación considerada por el Supremo como lesiva del derecho fundamental de los recurrentes".

La Sala considera razonable la reducción en un 50 por ciento de los vuelos, a instancias de la Fiscalía, "sin perjuicio de mantener las medidas acordadas en el auto impugnado, cuya finalidad es , precisamente, conseguir un nivel de utilización de la pista 18-L que permita mantener, con relación a la pista-R, las cifras anteriores que, en ningún caso, deberán sobrepasarse".

La pasada semana, los vecinos de Ciudad Santo Domingo interpusieron un recurso ante el Supremo para que se ejecute la sentencia que ordenó el cese de sobrevuelos en la zona al afectar a su derecho fundamental a la intimidad.

Los vecinos ya reclamaron la ejecución de la resolución ante el TSJM, encargado de la ejecución, aportando datos de sobrevuelos y mediciones "las más brutales hasta la fecha", según los abogados. Se quejan de que los sobrevuelos han aumentado hasta 250 por ciento el último cuatrimestre hasta Agosto y los picos de ruido han llegado a 84,7 decibelios, conforme a datos de AENA.

Por ello, los vecinos reclaman al Supremo que se declare que persiste la lesión del derecho fundamental a la intimidad reconocida y que se proceda a la ejecución inmediata de la sentencia, acordando la adopción inmediata de las medidas adecuadas para el cese de la causa de dicha lesión.

En concreto, el recurso de casación recurre los autos del TSJM de 23 de abril de 2009 y de 17 de julio de 2009. Los demandantes exponen que "la situación es peor que la que el Tribunal Supremo consideró para estimar la lesión de derechos fundamentales, y deben ser adoptadas medidas mucho más enérgicas y urgentes para que cese la causa de la lesión".

Escenario idéntico

Según los abogados, este recurso trata "de salvaguardar la sentencia del Supremo, a fin de que se lleve a efecto en sus propios términos: número y frecuencia de vuelos, por un lado, y nivel de ruido por ellos causado con especial relevancia para los valores máximos".

"En efecto, la situación descrita se corresponde con un escenario prácticamente idéntico, sino más grave, que aquél examinado por la sentencia del Tribunal Supremo", señalan los letrados de los afectados.

El recurso de casación especifica que la sentencia del Supremo determina que la lesión del derecho a la intimidad domiciliaria se encuentra provocada por una situación de "contaminación acústica global". Su origen es el ruido provocado por las aeronaves que sobrevuelan el núcleo de población.

Los abogados recalcan que "los autos impugnados no sólo modifican el sentido de la sentencia, sino que corrigen su aplicación del Derecho y permiten que persista la violación del derecho fundamental a la intimidad de los habitantes de Ciudad Santo Domingo".

"El auto del TSJM comporta consecuencias prácticas inadmisibles. Permite, en efecto, una consolidación inadmisible de la lesión al derecho fundamental a la intimidad, sin que exista un interés público que lo justifique, pues no existe otro interés público distinto al interés en la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo", señalan los letrados.

La Sección Novena del TSJM dicto un auto el pasado 23 de abril sobre cumplimiento de la sentencia y exigía aportación de número y frecuencia de vuelo. Los demandantes interpusieron recurso de súplica contra el mismo y el TSJM dictó nuevo Auto el 17 de julio de 2009.

Este último auto desestimaba las pretensiones e insistía en que la ejecución de la sentencia no exige el cese absoluto de sobrevuelos, pero requería al Ministerio de Fomento la efectiva implantación de medidas para conseguir una mayor utilización de la pista 18L (Valle del Jarama) y consiguiente reducción de la utilización de la 18R -sobre Ciudad Santo Domingo.
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