www.diariocritico.com

Pasará en la cárcel 3 años menos

El Supremo rebaja la condena por traición impuesta al espía Flórez

El Supremo rebaja la condena por traición impuesta al espía Flórez

lunes 20 de diciembre de 2010, 19:35h
El Tribunal Supremo ha rebajado desde los 12 a los 9 años de prisión la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid al ex agente del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Roberto Flórez por un delito de traición, según ha informado la cadena SER.
Durante la vista celebrada el pasado día 30 ante el alto tribunal, la Fiscalía había pedido la confirmación de la pena inicial basándose en el "abrumador y contundente material probatorio" que, a su juicio, obra en la causa.

   En dicha vista, el abogado defensor de Flórez, Manuel Ollé, defendió su recurso de casación a la sentencia de instancia, que consideró probado que entre 2001 y 2004 el espía reveló a agentes rusos información sobre los servicios secretos españoles a cambio de 200.000 dólares.

   La fiscal, que se ha opuesto a todos los motivos de casación esgrimidos por la defensa, sostuvo en su informe que el fallo de la Audiencia de Madrid está "justificado" porque se basa en "datos objetivos, externos y constatados" que se derivan de documentos que se obtuvieron tras registrar la vivienda del agente.

   En ella se encontraron una lista de personal del CNI que había sido fotocopiada y posteriormente actualizada, un organigrama completo de este organismo, un plan de seguridad e información sobre la Dirección de Contravigilancia. Todos estos documentos, según ha dicho la representente del Ministerio Público, estaban "clasificados como reservados" porque podían poner en riesgo "la seguridad y la defensa nacional".

Ley reguladora del CNI

   De igual modo, la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que ejerce la acusación particular, destacaron el valor probatorio del testimonio ofrecido durante el juicio por varios agentes del CNI, entre ellos su director, Alberto Saiz, así como de dos cartas escritas por el espía en 2001 y 2002 en las que se dirigía a un agente ruso identificado como 'Melnikov' al que trasladaba su "disposición a colaborar con los servicios del país" al que representaba.

   Flórez alegó durante el juicio y su defensa lo ha reiterado este martes durante la vista de casación que estas cartas formaban parte de un supuesto práctico correspondiente a una monografía encargada por el Servicio de Contrainformación mediante la que el agente quería poner de manifiesto "la falta de seguridad en la custodia de documentos".

   El abogado del espía también esgrimió la "inconstitucionalidad" de la ley que regula el control judicial previo del Centro Nacional de Inteligencia (Ley Orgánica 2/2002) y ha señalado que el derecho al secreto de las comunicaciones y la inviolabilidad del domicilio de su cliente se pudo vulnerar durante la investigación, al no conocer si la entrada y registro en su domicilio había sido judicialmente autorizado por el Supremo. Según indicó en la vista en el Supremo, tanto los autos del juez instructor como la denuncia de la Fiscalía "pivotaban sobre una investigación del CNI en la que no se especificaba ni aclaraba en qué ha consistido".

   La fiscal, sin embargo, defendió que "no cabe oponer tacha de constitucionalidad" a esta ley por la propia "naturaleza" de los servicios de inteligencia, que tienen la misión de "facilitar al Gobierno información que pudiera prevenir cualquier peligro para la seguridad y la defensa nacional".

   La abogada del Estado, por su parte, destacó la necesidad de "salvaguardar la independencia y la soberanía nacional ante las amenazas del terrorismo nacional e internacional", y señaló que la existencia de información clasificada "no es contraria a la Constitución y es un elemento común en los países democráticos de nuestro entorno". "Se ha contestado todo lo que se podía contestar y se ha llegado hasta donde se podía llegar", defendió.

   Tras subrayar que el delito de traición no exige que la información llegara a una potencia extranjera ni la existencia de una contraprestación económica, las acusaciones utilizaron el argumento de la seguridad nacional para apoyar también que el juicio en la Audiencia de Madrid se celebrara a puerta cerrada. "Se analizaron documentos clasificados como secretos que hubo que desclasificar a petición judicial y cuya trascendencia pública podría haber comprometido el bien jurídico a proteger", ha dicho la fiscal.

El juicio celebrado contra Flórez fue el primero que en España sentó en el banquillo y condenó a alguien por la infracción penal de traición, recogida en el artículo 584 del Código Penal. El único antecedente similar se encuentra en el caso del ex coronel Juan Alberto Perote por las escuchas del CESID, al que se juzgó por un delito de utilización de artificios técnicos de escucha y grabación del sonido.


Hechos probados

   En los hechos acreditados, la sentencia de instancia considera probado que Flórez, durante el tiempo que prestó servicio al CNI desde el 20 de marzo de 1991 hasta el 25 de marzo de 2004, se fue apoderando de numerosa documentación perteneciente al CNI, tratándose de información legalmente clasificada como secreta, con "la intención de ofrecérsela a los servicios secretos de Rusia".

    Además de apoderarse de documentación e información, el procesado se la ofreció a los servicios secretos de Rusia mediante dos cartas de ofrecimiento, poniendo "en grave peligro la Seguridad y Defensa Nacional" para beneficiarse económicamente. Las cartas estaban dirigidas al 'Sr. Melnikov', habiendo sido certificado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, que fue consejero de la Embajada de Rusia en España entre el 28 de agosto de 2000 y el 3 de octubre de 2003.

   En la carta, ofrecía información sobre "quién es quién" en el CNI; su estructura y organización; procedimientos de trabajo contra Rusia y países terceros; y sobre los intereses y temores de España, entre otros aspectos. Además, se ofrecía a facilitar la penetración de agentes del servicio de Rusia en el CNI.  En una segunda misiva, el acusado exponía que una de las razonas por las que remitía esta segunda comunicación era "la conveniencia de mejorar la seguridad y disminuir la vulnerabilidad del sistema de comunicación" que sugirió en la primera carta. "Además, la información más importante a la que tengo acceso tendría para ustedes de un gran interés estratégico", añadía.

Lea también:

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios