El Gobierno no acata las sentencias del Tribunal de Derechos Humanos
Zapatero y Rubalcaba se niegan a indemnizar a los ex inspectores Hens y Corujo
Fueron condenados por el secuestro de Segundo Marey
martes 05 de abril de 2011, 13:53h
Dicen que se está celebrando el ‘último juicio’ por el ‘caso GAL’: el de los disparos contra los bares franceses 'Batxoki' y 'Consolation' reinvidicados por esa asociación terrorista. Pero no es verdad: el Gobierno socialista tiene sobre su mesa una patata caliente con la sentencia del Tribunal de Derechos de la ONU condenando al Estado español por el caso de los ex inspectores Luis Hens y José María Corujo por el secuestro de Segundo Marey. Después de dos años, Zapatero y Rubalcaba se niegan a cumplir la sentencia y dejan abierto así un caso no exento de gran polémica. Hens y Corujo irán ahora a la vía contencioso-administrativa.
Luis Hens y Juan Ramón Corujo eran inspectores de la Brigada de Información de la Jefatura de Bilbao cuando recibieron la orden de sus superiores de ‘custodiar’, entre el 4 y el 14 de diciembre de 1983 y en una cabaña de Colindres (Cantabria), al ciudadano francés Segundo Marey, al que les presentaron como un ‘peligroso etarra’ y que, en realidad, había sido secuestrado.
Aquel secuestro, llevado a cabo en Francia, pero trasladado a España, fue la primera de las acciones de los que luego se conocerían como Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL), que siguieron actuando hasta el asesinato, en 1987, de Juan Carlos García Goena. Según el sumario de ese caso, Hens y Corujo jugaron el papel de peones en ese secuestro.
El secuestro de Marey dio lugar en su día a un voluminoso sumario que finalizó con una condena por el Tribunal Supremo en julio de 1998 a Hens y Corujo a cinco años de prisión y ocho años de inhabilitación por un delito de detención ilegal. Junto a ellos fueron condenados a penas de entre cinco y diez años de cárcel otros diez procesados en el ‘caso Marey’: los cargos políticos José Barrionuevo, Rafael Vera, Julián Sancristóbal y Ricardo García Damborenea y los policías Francisco Álvarez, Miguel Planchuelo, José Amedo, Michel Domínguez, Francisco Sáiz y Julio Hierro.
Ejecutando sentencia, Hens y Corujo entraron en la cárcel en septiembre de 1998, hasta que en 1999 el Tribunal Constitucional la suspendió de forma cautelar al admitir a trámite un recurso de los policías y en diciembre el Gobierno de José María Aznar les concedió un indulto parcial. Pese a ese indulto, Hens y Corujo siguieron pleiteando en instancias cada vez más elevadas.
El Constitucional les quitó la razón
Tanto Hens como Corujo mantenían no sólo que eran meros peones siguiendo órdenes superiores, sino que, además, al ser juzgados directamente por el Tribunal Supremo, dado que Barrionuevo era diputado y, por tanto, aforado, no tuvieron el mismo derecho que el resto de los ciudadanos a poder interponer recurso ante un tribunal superior.
Sin embargo, en marzo de 2001, el Tribunal Constitucional rechazó el recurso de ambos, alegando que el hecho de que hubieran sido juzgados sólo en el Supremo no menoscaba derecho alguno, ya que habrían tenido un juicio justo y no habría habido indefensión.
Hens y Corujo siguieron pleiteando, esta vez ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estraburgo. Pero en una sentencia de noviembre de 2004, este tribunal tampoco vio irregularidades en el proceso, dado que –argüía- el recurso de amparo que ambos interpusieron ante el Constitucional ya fue una revisión en segunda instancia.
La posición de las Naciones Unidas
Ante ese nuevo varapalo, Hens y Corujo acudieron al Tribunal de Derechos Humanos de la ONU con las mismas alegaciones que llevaron a Estrasburgo. Hace ahora tres años, este tribunal internacional les dio la razón y le dijo a España que el Tribunal Constitucional no es un órgano judicial y que, por tanto, no imparte justicia, sino que sólo revisa la legalidad del proceso y la vulneración de derechos fundamentales.
El dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU exigía a España hace ya tres años que revisara de inmediato aquel proceso, y le daba un plazo de seis meses –que debería finalizar a primeros de octubre de 2008- para que informara a la ONU de las medidas adoptadas.
En resumen, la sentencia establecía que el Ministerio del Interior debería readmitir a los policías Luis Hens y Juan Ramón Corujo y a pagarles, como compensación, todos los atrasos desde once años atrás –ahora sería de 14 años-. La sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Naciones Unidas constituía un auténtico varapalo contra el sistema judicial español.
Silencio administrativo
La situación que se creaba era realmente conflictiva para el Gobierno de Rodríguez Zapatero, que optó por no acatar la sentencia. La abogada de Hens y Corujo, Pilar García González, pidió ejecución de sentencia, pero el Gobierno de Zapatero respondió con el ‘silencio administrativo’.
Ahora sólo les queda la vía de la denuncia pública y la contencioso-administrativa. Pero el tema va para largo. El resumen es que el Gobierno socialista no acata las sentencias de la ONU contrarias al Estado, dado que el ‘caso GAL’, cuyo último episodio se está juzgando ahora en la Audiencia Nacional: el ataque a los bares franceses 'Batxoki' y 'Consolation' en 1986, atentados de los que responde el ex jefe de la Brigada de Información de Bilbao, Miguel Planchuelo, en calidad de inductor.
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