En una resolución dictada el pasado martes, el TC decidió dar traslado de la demanda y los documentos presentados al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno de la Nación, a través del ministro de Justicia, y a la Junta de Andalucía y al Parlamento andaluz para que "
en el plazo de 15 días puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones" que estimen convenientes.
La Junta de Extremadura formalizó el pasado 5 de junio el recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 43, 50.1.a, 50.2 y 51 del nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía por considerar que "incumple" la Constitución en lo relativo a las competencias sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir. En su opinión, el texto andaluz "altera el régimen constitucional de distribución de competencias, por lo que rompe el bloque de constitucionalidad", al tiempo que infringe la normativa europea que establece que la unidad mínima de gestión es la cuenca.
El artículo 51 del nuevo Estatuto andaluz establece que "la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22 de la Constitución".